Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
CONSEJERÍA DE TRABAJO, COMERCIO E INDUSTRIA
Núm. 7334
Resolución del consejero de Trabajo, Comercio y Industria, de 23 de junio de 2016, por la cual se amplía el plazo para presentar solicitudes en el marco de la convocatoria de subvenciones destinadas a fomentar la incorporación del comercio electrónico a las microempresas comerciales minoristas con establecimiento de venta presencial
Hechos
1. Mediante la Resolución del consejero de Trabajo, Comercio y Industria de 19 de mayo de 2016 se aprobó la convocatoria de subvenciones destinada a fomentar la incorporación del comercio electrónico a les microempresas comerciales minoristas con establecimiento de venta presencial (BOIB nº. 67, de 28 de mayo).
2. De acuerdo con el punto séptimo de la Resolución de convocatoria, el plazo para presentar les solicitudes es de un mes a partir del día siguiente a la publicación de la Resolución en el BOIB. Dado que se publicó el pasado día 28 de mayo, el plazo de presentación acaba el día 28 de junio de 2016.
3. Considerando que los posibles beneficiarios de estas ayudas, en este caso las microempresas comerciales minoristas con establecimiento de venta presencial, han manifestado la dificultad para preparar los proyectos con todos los requisitos exigidos en el punto segundo apartado primero de la Resolución de convocatoria y presentarlos dentro del plazo establecido, resulta conveniente ampliar el plazo de presentación, dado que no existe precepto en contra ni se perjudican en ningún caso los derechos de terceras personas.
Fundamentos de derecho
1. El Texto refundido de la Ley de subvenciones, aprobado por Decreto legislativo 2/2005, de 28 de diciembre, que tiene por objeto determinar el régimen jurídico de les subvenciones cuyo establecimiento o gestión corresponde a la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears o a les entidades públicas dependientes.
2. La Resolución del consejero de Trabajo, Comercio y Industria de 19 de mayo de 2016 aprueba la convocatoria de subvenciones destinadas a fomentar la incorporación del comercio electrónico a les microempresas comerciales minoristas con establecimiento de venta presencial.
3. La Orden de la consejera de Comercio, Industria y Energía de 8 de abril de 2008, por la cual se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en materia de comercio y servicio (BOIB núm. 52, de 17 de abril) fija les bases para esta convocatoria de ayudas, todo ello de acuerdo con el texto refundido de la Ley de subvenciones, aprobado por Decreto legislativo 2/2005, de 28 de diciembre.
4. De acuerdo con el artículo 49 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de les Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se podrá hacer una ampliación de los plazos establecidos, que no exceda de la mitad, si las circunstancias lo aconsejan y no se perjudican derechos de terceras personas. En ningún caso se podrá ampliar un plazo expirado.
Por todo ello, dicto la siguiente
RESOLUCIÓN
Primero.
Ampliar el plazo de presentación de solicitudes en 15 días, es decir, la mitad del plazo establecido en la Resolución de convocatoria. De esta manera el plazo finalizará el próximo día 15 de julio, de acuerdo con las normas del cómputo de los plazos expresados en días del artículo 48.1 de la Ley 30/1992.
Segundo.
Ordenar la publicación de esta Resolución en el Boletín Oficial de las Illes Balears
Palma, 23 de junio de 2016
El consejero de Trabajo, Comercio e Industria
Iago Negueruela Vázquez