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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

AYUNTAMIENTO DE SANT JOSEP DE SA TALAIA

Núm. 7252
Anuncio delegación de atribuciones y competencias de la Alcaladia en la Junta de Gobierno Local

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

Esta alcaldía emitió en fecha 17 de junio de 2016, el Decreto núm. 1067/16, que a continuación se transcribe:

“ASUNTO: DELEGACIÓN DE ATRIBUCIONES Y COMPETENCIAS DE LA ALCALDIA EN LA JUNTA DE GOBIERNO LOCAL

Mediante Decreto de la Alcaldia  de fecha 19 de junio de 2015, núm. 943/2015, tal como establece el artículo 52.5 del Reglamento de Organización y Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, se hizo en la misma resolución el nombramiento de los miembros de la Junta de Gobierno Local y la delegación de atribuciones en los concejales.

Atendido el cambio y nombramiento de nuevos tenientes de Alcalde que se ha hecho por Decreto de la Alcaldia 969/2016, se hace necesario aclarar, al haber dejado sin efecto las delegaciones a concejales, las competencias que corresponden a la Junta de Gobierno Local.

Por todo ello, haciendo uso de las competencias del artículo 23 de la Ley 7/85, de 02 de abril, HE RESUELTO:

- DELEGAR en la Junta de Gobierno las siguientes competencias:

- Las del artículo 21.1 j), n) de la Ley 7/85, de 2 de abril.

- El otorgamiento de las licencias a que se refiere el artículo 134.1.d) f) I) de la Ley 2/2014 (LOUS)

- Expedición de certificados de final de obra de edificios de viviendas plurifamiliares.

- La resolución de expedientes de disciplina urbanística, actividades y sancionadores con multa superior a 30.000 euros.

- La aprobación del Plan Estacional de licencias de Taxi.

Corresponderá a  la Junta de Gobierno la asistencia al alcalde en el ejercicio de sus atribuciones, así como ejercer las atribuciones que en virtud  de lo dispuesto en el art. 43 y 51 del Real Decreto 2568/86, de 28 de noviembre y la vigente Ley 7/85, puedan ser o estén delegadas por el alcalde o por el Pleno, en concreto la Alcaldia.

- Que se de cuenta en el próximo Pleno Ordinario.

- Publicar en el BOIB.  

Lo manda y firma el Sr. Alcalde, en Sant Josep de sa Talaia, en la fecha que figura en el encabezamiento. = Firmado: El Alcalde, Josep Marí Ribas.= ante mí, La Secretaria, María Domingo García”

Lo que se publica para general conocimiento.

Sant Josep de sa Talaia, 21 de junio de 2016.

EL ALCALDE,

Josep Marí Ribas