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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

AYUNTAMIENTO DE MAÓ

Núm. 7188
Bases y convocatoria de subvenciones para rehabilitación de fachadas y / o mejoras en accesibilidad y habitabilitat- campaña 'millorant ca teva, milloram Maó'

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Texto

La Junta de Gobierno Local, en sesión realizada el día 6 de junio de 2016, adoptó los siguientes acuerdos:

1.- Aprobar las Bases redactadas en fecha mayo de 2016, con los tres anexos correspondientes, que regirán la concesión de subvenciones destinadas a rehabilitación de fachadas y / o mejoras en accesibilidad y habitabilidad durante el año 2016 en régimen de concurrencia competitiva dentro de la campaña 'MILLORANT CA TEVA, MILLORAM MAÓ" destinada a la mejora de las condiciones de seguridad, mantenimiento y estética de las fachadas visibles desde la vía pública y / o de accesibilidad y habitabilidad de los edificios en el casco urbano de Maó.

2.- Aprobar simultáneamente la convocatoria que se regirá por las Bases a las que se ha hecho referencia en el punto anterior.

3.- Las subvenciones concedidas serán con cargo a la partida presupuestaria y con el importe máximo que se indica a continuación:

  • Partida: 2016 CM2 1511 7800311
  • Cuantía máxima: € 140.000

De conformidad con el artículo 5 de las bases (plazo de presentación de solicitudes), se publica para que a partir del día siguiente a la fecha de publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial de las Islas Baleares se puedan presentar solicitudes.

La convocatoria aprobada se transcribe a continuación para público conocimiento.

CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES DESTINADAS A REHABILITACIÓN DE FACHADAS Y/O MEJORAS EN ACCESIBILIDAD Y HABITABILIDAD. CAMPAÑA 'MILLORANT CA TEVA, MILLORAM MAÓ'

La presente convocatoria —basada en los principios de publicidad, concurrencia, objetividad, igualdad y no discriminación, transparencia, eficacia y eficiencia— tiene por objeto la concesión de ayudas a la rehabilitación de fachadas y/o la introducción de mejoras en el campo de la accesibilidad y habitabilidad de los edificios, durante el año 2016, en el marco de la campaña Millorant ca teva, milloram Maó. Se trata de una actuación destinada a la mejora de las condiciones de seguridad, mantenimiento y estética de las fachadas visibles desde la vía pública y/o de la accesibilidad y habitabilidad de los edificios del casco urbano de Mahón.

La convocatoria se realiza en un régimen de concurrencia competitiva y en ejecución de lo dispuesto en la Ordenanza General de Subvenciones del Ayuntamiento de Mahón, publicada en el BOIB núm. 101, de 20 de julio de 2013.

En todo lo no previsto en la presente convocatoria, serán de aplicación la Ordenanza General de Subvenciones del Ayuntamiento de Mahón, la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y el reglamento que la desarrolla.

1. PRESUPUESTO

La presente convocatoria tendrá una consignación presupuestaria máxima de 140.000 €, que podrá ser atendida con la aplicación de la partida presupuestaria CM2-1511-7800311 del presupuesto municipal del año 2016.

2. OBJETO, CONDICIONES, FIN DE LA SUBVENCIÓN Y OBLIGACIONES DE LOS BENEFICIARIOS

1. El objeto y la finalidad de la presente convocatoria es subvencionar a las personas propietarias de inmuebles de Mahón, para que, mediante las intervenciones objeto de la presente convocatoria, garanticen las condiciones de seguridad, mantenimiento y ornamento en las partes de sus edificios que afecten a la vía pública, y/o mejoren las condiciones de accesibilidad y habitabilidad de sus viviendas.

La ayuda que regula esta subvención es compatible con otras ayudas para la misma finalidad que pueda conceder cualquier otra Administración, entidad u organismo público, nacional o internacional. El importe de la ayuda no puede ser, en ningún caso, de una cuantía que, aislada o conjuntamente con otras subvenciones o ayudas, supere el coste total de la actuación.

2. Los inmuebles a subvencionar deberán cumplir los siguientes requisitos:

a) Estar situados en las calles detalladas en el anexo I de la presente convocatoria.

b)  Ser edificios con una antigüedad igual o superior a 25 años.

c) Para ejecutar en ellos la actuación, no debe ser necesario tramitar un proyecto técnico.

d)  Las subvenciones relativas a fachadas deberán  afectar a todas las fachadas del inmueble que den a la vía pública.

e) Las subvenciones en materia de habitabilidad y accesibilidad deberán justificar las mejoras efectuadas en el interior del inmueble.

3. Serán obligaciones de las personas beneficiarias:

a) Ejecutar las obras objeto de la subvención.

b)  Justificar el cumplimiento de los requisitos y  condiciones que determinan la concesión de la subvención.

c) Someterse a las actuaciones de comprobación a efectuar por el Ayuntamiento, así como a cualesquiera otras de comprobación y control financiero que puedan realizar los órganos de control competentes, aportando cuanta información les sea requerida en el ejercicio de las actuaciones anteriores y que no figure en los archivos municipales.

d)  Comunicar la obtención de otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos que financien las actividades subvencionadas. Esta comunicación deberá efectuarse tan pronto como se conozca y, en todo caso, con anterioridad a la justificación de la aplicación dada a los fondos percibidos.

e) Acreditar, antes de que sea dictada la propuesta de resolución de concesión, que se encuentra al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias. La comprobación de estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias con el Ayuntamiento de Mahón se efectuará de oficio.

f) Conservar los documentos justificativos de la aplicación de los fondos recibidos, incluidos los documentos electrónicos, en tanto puedan ser objeto de las actuaciones de comprobación y control.

g)  Proceder al reintegro de los fondos percibidos en los supuestos previstos en esta convocatoria, así como en los demás previstos en la Ordenanza General de Subvenciones.

4. La cuantía de las subvenciones, en el caso de rehabilitación de fachadas, será de un 50% del presupuesto de ejecución material de las obras, con un máximo de 55 € por metro cuadrado de superficie de fachada a rehabilitar. El Ayuntamiento se reserva la posibilidad de revisar los presupuestos presentados y requerir la subsanación de las deficiencias, en caso de que no se consideren correctos. La cuantía máxima de la subvención será de 3.500,00 € si no se sustituye la carpintería y de 5.500,00 si se sustituye la carpintería.

5. La cuantía de las subvenciones en obras de mejora de habitabilidad y accesibilidad será de un 50% del presupuesto de ejecución material de las obras, con un máximo de 500,00 € por metro cuadrado de actuación. El Ayuntamiento se reserva la posibilidad de revisar los presupuestos presentados y de requerir la subsanación de las deficiencias, en caso de que no se consideren correctos. La cuantía máxima de la subvención será 4.500,00 €.

3. REQUISITOS PARA SOLICITAR LA SUBVENCIÓN

Podrán solicitar la subvención las personas físicas y jurídicas que reúnan los siguientes requisitos:

a) Ser propietarias de algún inmueble que cumpla las condiciones del punto 2.2 de la presente convocatoria.

b)  Estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones fiscales.

c) No estar incluidas en ninguna de las causas de prohibición establecidas en la Ordenanza General de Subvenciones del Ayuntamiento de Mahón.

Los edificios que obtengan una subvención mediante la presente convocatoria no podrán presentarse a una nueva convocatoria de subvenciones del Ayuntamiento de Mahón, por el mismo concepto, durante los siguientes 5 años.

4. VALORACIÓN Y RESOLUCIÓN DE LAS SUBVENCIONES

El órgano competente para la instrucción del procedimiento de subvenciones será la Concejalía de Urbanismo, que realizará de oficio cuantas actuaciones considere necesarias para la determinación, conocimiento y comprobación de los datos en virtud de los cuales se formule la propuesta de resolución.

La propuesta de resolución será formulada por la Comisión de Valoración, a la vista del expediente, y trasladada al órgano competente, para que éste resuelva.

La resolución del procedimiento para la concesión de subvenciones corresponderá a la Junta de Gobierno Local.

La Comisión de Valoración estará integrada por los siguientes miembros:

Presidenta: tenienta de Alcaldía de Urbanismo o persona en quien delegue.

1º vocal: Xavier Tolós Petrus, arquitecto municipal, o persona en quien delegue.

2º vocal: Félix Fernández Terrés, abogado de Urbanismo, o persona en quien delegue.

3º vocal: Francisco Olives Manent, técnico municipal de Gestión, o persona en quien delegue.

Hará las funciones de secretario el primer vocal o persona en quien delegue.

La presidenta de la Comisión de Valoración podrá invitar a sus sesiones a cualquier otro miembro de la corporación, con voz y sin voto.

5. PLAZO Y LUGAR DE PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES

1. La solicitud se ajustará al modelo normalizado que figura en el anexo II y deberá acompañarse con la documentación que figura en el punto 7 de esta convocatoria.

2. El plazo de presentación de solicitudes será de un mes, a contar desde el día siguiente a la publicación de la presente convocatoria en el BOIB. El plazo de presentación de solicitudes será improrrogable.

3. Si la solicitud no reúne los requisitos establecidos en la convocatoria, se requerirá a la persona interesada para que la subsane en el plazo máximo e improrrogable de cinco días, indicándole que, si no lo hace, se considerará que desiste de su solicitud, previa resolución que deberá ser dictada en los términos previstos en el artículo 71 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Las solicitudes podrán presentarse en cualquiera de los registros siguientes:

a) Oficina de Atención Ciudadana (OAC) del Ayuntamiento de Mahón.

b) Por cualquiera de los medios previstos en el artículo 38.4 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

6. PLAZO DE RESOLUCIÓN Y DE NOTIFICACIÓN

El plazo máximo para resolver y notificar la resolución será de seis meses. El plazo se computará a partir de la publicación de la presente convocatoria en el BOIB.

Transcurrido este plazo sin que se haya dictado resolución expresa, la persona interesada podrá entender desestimada su solicitud, de acuerdo con lo previsto en el artículo 17 de la Ordenanza General de Subvenciones.

7. DOCUMENTOS E INFORMACIONES QUE DEBEN ACOMPAÑAR LA SOLICITUD

1. La petición se realizará mediante la presentación de la documentación requerida, correctamente cumplimentada, según el modelo que figura en el anexo II de estas bases:

a) Descripción y datos de las obras a realizar:

  •  Especificación de si la fachada está catalogada o no
  •  Descripción de la intervención, de acuerdo con los supuestos de valoración del art. 8 de las presentes bases
  •  Color de la fachada y de la carpintería exterior
  •  Superficie de intervención
  •  Presupuesto de las obras

b) Documentación:

  •  Fotocopia del NIF o CIF de la persona solicitante y de quien la represente
  •  Fotografía de la fachada y del inmueble objeto de actuación
  •  Presupuesto de las obras a realizar, redactado por el constructor
  •  Modelo de alta de acreedor, procedimiento de pago y modificación de datos bancarios

c) Declaración responsable de la persona solicitante sobre:

  •  Reunir los requisitos exigidos en la presente convocatoria
  •  Estar al corriente de las obligaciones con la Administración tributaria y no tener deudas con el Ayuntamiento de Mahón
  •  No incurrir en ninguna de las causas de prohibición enumeradas en la Ley General de Subvenciones o en la Ordenanza General de Subvenciones del Ayuntamiento de Mahón
  •  No haber solicitado otras subvenciones para la misma finalidad

2. La persona solicitante podrá acogerse a lo establecido en el párrafo F) del artículo 35 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en relación al hecho de no presentar documentos que ya obren en poder del Ayuntamiento, siempre que se haga constar la fecha, el órgano o dependencia donde se presentaron o aquel que los emitió, sin que, en ningún caso, hayan transcurrido más de cinco años desde la finalización del procedimiento.

3. En los supuestos de imposibilidad material de obtener el documento por parte de este Ayuntamiento, y con anterioridad a la formulación de la propuesta de resolución, podrá requerirse a la entidad para que lo presente o, en su defecto, para que acredite por otros medios los requisitos a los que se refiere el documento.

8. CRITERIOS OBJETIVOS DE VALORACIÓN DE LAS SOLICITUDES

En la valoración de la solicitud de subvención presentada y en la determinación de la cuantía de la ayuda, la Comisión de Valoración tendrá en cuenta los siguientes aspectos de las obras a realizar, a los que asignará la puntuación que corresponda según los criterios que se indican, hasta un total de 40 puntos:

1.Fachada incluida en el Catálogo de Protección del Patrimonio Arquitectónico: 2 puntos

2.Obras de conservación, reparación o consolidación de elementos de la fachada (cornisas, molduras, voladizos, elementos salientes, etc.): hasta un máximo de 4 puntos

3.Intervención en canales y recogidas de pluviales en la fachada:

3.1. Reparación y/o reposición: 1 punto

3.2. Reconducción de pluviales bajo la acera, hasta la calzada: 1 punto

4.Reparación y restauración (no sustitución) de la carpintería de fachada ya existente: 1 punto

5.Sustitución de carpintería: hasta un máximo de 3 puntos

6.Obras de reparación o reposición de revoques, revestimientos, aplacados, etc.: hasta un máximo de 2 puntos

7.Pintura de fachadas: 1 punto

8.Ocultación del cableado de la fachada: 2 puntos

9.Supresión de barreras de acceso al inmueble: hasta un máximo de 3 puntos

10. Obras de supresión de barreras en el interior del inmueble, en la misma planta: hasta un máximo de 2 puntos

11. Instalación de aparato salva plantas: hasta un máximo de 3 puntos

12. Obras de mejora de habitabilidad para el traslado al interior de un cuarto higiénico exterior: hasta un máximo de 10 puntos.

13. Obras de mejora de baño en el interior: hasta un máximo de 5 puntos.

Una vez valoradas todas las propuestas, se elaborará una lista de las solicitudes presentadas, ordenadas por la puntuación obtenida, de mayor a menor, con indicación del presupuesto a subvencionar, calculado de acuerdo con los puntos 2.4 y 2.5 de la presente convocatoria.

El reparto de la cantidad prevista para las subvenciones en el presupuesto del 2016 entre las solicitudes presentadas se hará comenzando por la propuesta que haya obtenido una mayor puntuación, en sentido descendente de la lista elaborada, hacia las de menor puntuación, hasta que se agote el presupuesto previsto. En caso de que la última subvención asignada sea inferior a la que le correspondería según los puntos 2.4 y 2.5, la persona propietaria del inmueble sólo estará obligada a ejecutar y justificar la parte proporcional del presupuesto subvencionado.

9. NOTIFICACIÓN Y PUBLICACIÓN

La resolución de concesión, que pondrá fin a la vía administrativa, será notificada a las personas solicitantes de conformidad con lo prescrito en los artículos 58 y 59 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

La resolución de la concesión será publicada en el BOIB, con expresión de la convocatoria, el programa y el crédito presupuestario al que se impute, la persona beneficiaria, la cantidad concedida y la finalidad de la subvención.

La publicación no será necesaria cuando los importes de las subvenciones concedidas, individualmente consideradas, sean de cuantía inferior a 3.000 €. En este supuesto, la publicación en el Boletín Oficial de las Illes Balears se sustituirá por su publicación en el tablón de anuncios del Ayuntamiento y por la publicación de su extracto en la página web municipal.

10. PAGO DE LAS SUBVENCIONES

1. Con objeto de facilitar a las personas adjudicatarias la realización de las obras subvencionadas, se realizará un pago anticipado de la subvención otorgada, como financiación necesaria para poder llevar a cabo las actuaciones inherentes a la subvención.

2. Los pagos se realizarán de acuerdo con los siguientes términos y cantidades:

a) Primer pago, del 60% del importe: tras el acuerdo de concesión de la subvención.

b)  Segundo pago, del 40% restante: una vez presentada la justificación de las obras realizadas, según lo establecido en la base 11 de esta convocatoria.

No podrá realizarse el pago de la subvención hasta que la persona beneficiaria no esté al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias o mientras sea deudora por resolución de procedencia de reintegro. En este caso, el Ayuntamiento podrá proceder de oficio a saldar previamente las deudas pendientes de cobro de las personas beneficiarias de las subvenciones, mediante compensación de estas subvenciones, o de parte de ellas, con las cantidades adeudadas.

11. PLAZO DE EJECUCIÓN Y JUSTIFICACIÓN

Las obras objeto de la subvención deberán ejecutarse en un plazo de 3 meses a contar a partir del cobro del primer pago de la subvención. La ampliación del plazo de obras sólo será posible en el caso de que, por circunstancias de interés público o privado, debidamente justificadas, no hayan podido ejecutarse en el plazo inicial previsto.

La justificación del cumplimiento de las condiciones impuestas y de la consecución de los objetivos previstos en el acto de la concesión de la subvención revestirá la forma de rendición de cuentas justificativa del gasto realizado.

Las personas beneficiarias están obligadas a justificar los gastos producidos por la totalidad de las obras objeto de la subvención. La justificación de la ejecución de las obras se presentará según el modelo que figura en el anexo III de esta convocatoria, acompañada con las facturas y otros documentos de valor probatorio equivalente, con validez en el tráfico jurídico mercantil o con eficacia administrativa, que permitan acreditar el cumplimiento del objeto de la subvención.

El Ayuntamiento de Mahón podrá solicitar los justificantes de los gastos que se estimen oportunos y que permitan la comprobación de la adecuada aplicación de la subvención.

El plazo de justificación de la subvención concedida y, por tanto, de la presentación de la documentación justificativa será de un mes, contado a partir de la finalización de las obras subvencionadas.

12. REINTEGRO DE LAS SUBVENCIONES

Las subvenciones de carácter público no pueden suponer, en ningún caso, lucro; por ello, la obtención concurrente de otras subvenciones para realizar las mismas obras podrá determinar el reintegro de su importe.

Cualquier alteración de las condiciones tenidas en cuenta para la concesión de la subvención y, en todo caso, la obtención concurrente de subvenciones o ayudas otorgadas por otras administraciones, personas o entes públicos o privados, no notificadas con anterioridad, podrá dar lugar a la modificación de la resolución de concesión.

Si, en el plazo de tres meses, a contar a partir del cobro de la primera parte de la subvención, no se hubieran iniciado las obras de rehabilitación de la fachada, sin justificación adecuada, según lo dispuesto en el apartado 11, podrá requerirse el reintegro de la parte cobrada de la subvención.

La resolución del reintegro de la subvención será adoptada por el Ayuntamiento, previa instrucción de expediente de acuerdo con la legislación general aplicable.

Las cantidades a reintegrar tendrán la consideración de ingresos de derecho público; es aplicable para su cobro lo dispuesto en la normativa vigente de recaudación.

13. LICENCIA DE OBRAS

Para la ejecución de las obras objeto de subvención, siempre que se realicen y se cumplan los términos previstos en la presente convocatoria, no será necesaria la solicitud de licencia de obras, ya que se trata de obras amparadas en los artículos 117 (deberes legales de los propietarios de bienes inmuebles) y 136 (actos sujetos a comunicación previa) de la Ley 2/2014, de 25 de marzo, de Ordenación y Uso del Suelo de las Illes Balears, y el artículo 52 de la Ordenanza Municipal de Policía y Buen Gobierno.

Igualmente, la subvención incluye el importe de la tasa correspondiente, de acuerdo con la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, el Texto Refundido de la Ley de Haciendas Locales, 2/2014, la Ordenanza General de Subvenciones del propio Ayuntamiento (BOIB núm. 101, de 2013), las bases de ejecución del Presupuesto para el año 2016 y las propias bases de esta convocatoria.

Sin embargo, deberá realizarse la oportuna notificación al departamento de Movilidad del Ayuntamiento antes de iniciar las obras.

14. RÉGIMEN DE RECURSOS

Contra la presente convocatoria, las bases y las resoluciones administrativas que se adopten en ejecución de las mismas, podrán interponerse los siguientes recursos:

a) Recurso de reposición, ante el mismo órgano municipal autor del acto administrativo, en el plazo de un mes a partir del día siguiente a la notificación o, en su caso, publicación del acto que se recurra.

b)  Recurso contencioso administrativo, ante el Juzgado Contencioso Administrativo de las Illes Balears, en el plazo de dos meses a partir del día siguiente a la notificación o, en su caso, publicación del acto que se recurra.

Maó-Mahón, 7 de junio de 2016

LA TENIENTA DE ALCALDIA DE URBANISMO, OBRA PÚBLICA Y MOVILIDAD,
DOLORES ANTONIO FLORIT

 

ANNEX I 
LLISTAT DE CARRERS CAMPANYA "MILLORANT CA TEVA, MILLORAM MAÓ" 2016

Alaior

Alba

Alfons III

Àngel

Anuncivay

Arraval

Arravaleta, s’

Bastió

Bastió, pl.

Bonaire

Bruixes

Camí de ses Vinyes, fins a 43 i 44

Camí des Castell, fins a 201 i 216

Campament, fins a 29 i 6

Carme, fins a 99 i 120

Carme, pl.

Ciutadella, fins 45 i 70

Claustre del Carme

Colon, pl.

Comerç

Concepció

Conquesta, pl.

Constitució, pl.

Cós de Gràcia

Dalt Vilanova, a partir del 21 i 6

Deià

Espanya, pl.

Església

Esplanada, pl., de l’1 al 21 i del 30 al final

Estrella

Forn

Frares

Governador Ramírez

Gràcia, fins 169 i 170

Hannover

Infanta,

Isabel II

Lluna

Marítim, passeig, des del 43

Mercadal, fins a 13 i 26

Mirador de ses Monges

Mirador de sa Plaça

Miranda, pl.

Montanyés

Moreres, ses

Negres

Nord

Nou

Padronet, es

Pau, passatge

Pla des Monestir

Plana

Pi

Pont des Castell

Pont de l’Àngel

Portal de Mar

Príncep, pl.

Rector Mort

Reial, pl.

Reina

Roig

Rosari

Rovellada de Baix

Rovellada de Dalt

San Fernando, fins 61 i 78

Sant Albert

Sant Antoni

Sant Bartomeu

Sant Carles

Sant Ciril, fins 29 i 16

Sant Crist

Sant Elies

Sant Guillem

Sant Jaume

Sant Jeroni

Sant Joan

Sant Jordi

Sant Josep

Sant Llorenç

Sant Lluís Gonçaga, fins a 51 i 66

Sant Manuel, fins a 29 i 6

Sant Nicolau

Sant Pau

Sant Roc, pl.

Sant Roc

Sant Sebastià, fins a 71 i 30

Santa Anna

Santa Caterina

Santa Cecília

Santa Escolàstica

Santa Eulàlia

Santa Rosa

Santa Teresa

Santa Victòria, fins a 35 i 18

Santiago Ramón y Cajal

Sol

Voltes, costa

 

CONVOCATÒRIA DE SUBVENCIONS PER A REHABILITACIONS DE FAÇANES  I/O MILLORES EN ACCESSIBILITAT I HABITABILITAT. CAMPANYA "MILLORANT CA TEVA, MILLORAM MAÓ", ANY 2016

CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES PARA REHABILITACIONES DE FACHADAS Y/O MEJORAS EN ACCESIBILIDAD Y HABITABILIDAD. CAMPAÑA "MILLORANT CA TEVA, MILLORAM MAÓ", AÑO 2016

1. DADES DE LA PERSONA SOL·LICITANT / DATOS DE LA PERSONA SOLICITANTE

Nom / Nombre:

DNI / NIF:

Domicili / Domicilio:

Telèfon / Teléfono:

Mòbil / Móvil

Fax:

Població / Población

CP:

Adreça electrònica / Correo electrónico:

2. DADES DE LA PERSONA REPRESENTANT / DATOS DE LA PERSONA REPRESENTANTE

Nom i llinatges / Nombre y apellidos:

DNI:

Domicili / Domicilio:

Telèfon / Teléfono:

Mòbil / Móvil:  

Fax:

Població / Población

CP:

Adreça electrònica / Correo electrónico:

Com a persona sol·licitant, en qualitat de

de l’edifici situat a,

SOL·LICIT una subvenció de rehabilitació de façanes i/o millores en accessibilitat i habitabilitat, en el marc de la convocatòria de la campanya "Millorant ca teva, milloram Maó".

Como persona solicitante, en calidad de

del edificio situado en,

SOLICITO una subvención de rehabilitación de fachadas y/o mejoras en accesibilidad y habitabilidad, en el marco de la convocatoria de la campaña "Millorant ca teva, milloram Maó".

3. DADES DE LES OBRES PER A LES QUALS SE SOL·LICITA LA SUBVENCIÓ

  DATOS DE LAS OBRAS PARA LAS CUALES SE SOLICITA LA SUBVENCIÓN

Descripció de les obres / Descripción de las obras:

(  ) 1. Façana inclosa en el Catàleg de protecció del patrimoni arquitectònic

Fachada incluida en el Catálogo de protección del patrimonio arquitectónico

(  ) 2. Obres de conservació, reparació o consolidació d’elements de la façana (cornises, motllures, voladissos, elements sortints, etc.) / Obras de conservación, reparación o consolidación de elementos de la fachada (cornisas, molduras, voladizos, elementos salientes, etc.)

(  ) 3. Intervenció en canals i recollida de pluvials a la façana

 Intervención en canales y recogidas de pluviales en fachada

3.1  Reparació i/o reposició / Reparación y/o reposición

3.2  Reconducció de pluvials sota la vorera fins a la calçada

  Reconducción de pluviales bajo la acera hasta la calzada

(  )  4. Reparació i restauració (no substitució) de la fusteria de façana existent

 Reparación y restauración (no sustitución) de la carpintería de fachada existente

(  ) 5. Substitució de la fusteria de façana existent

 Sustitución de la carpintería existente de fachada

(  ) 6. Obres de reparació o reposició d’arrebossats, revestiments, aplacats, etc.

  Obras de reparación o reposición de revocos, revestimientos, aplacados, etc.

(  ) 7. Pintura de façanes / Pintura de fachadas

  Color:

(  ) 8. Ocultació de cablejats de façana / Ocultación de cableados de fachada

(  ) 9. Supressió de barreres d'accés a l'immoble / Supresión de barreras de acceso al inmueble

(  ) 10. Obres de supressió de barreres a l'interior de l'immoble, a la mateixa planta

Obras de supresión de barreras en el interior del inmueble, en la misma planta

(  ) 11. Instal·lació d'aparell salvaplantes / Instalación de aparato salva plantas

(  ) 12. Obres de millora d'habitabilitat per al trasllat a l'interior d'una cambra higiènica exterior

 Obras de mejora de habitabilidad para el traslado al interior de un cuarto de baño exterior

(  ) 13. Obres de millora d'habitabilitat a l'interior

  Obras de mejora de habitabilidad en el interior

Superfície de façana a rehabilitar / Superficie de fachada a rehabilitar:

Superfície de millora d'habitabilitat i/o accessibilitat: 

Superficie de mejora de habitabilidad y/o accesibilidad

Pressupost de façana/ Presupuesto de fachada:

Pressupost d'accessibilitat i/o habitabilitat:

Presupuesto de accesibilidad y/o habitabilidad

4. DOCUMENTACIÓ QUE S’ACOMPANYA / DOCUMENTACIÓN QUE SE ACOMPAÑA

(Marcau amb una x / marque con una x)

 (  )Fotocòpia NIF/CIF persona sol·licitant i representant / Fotocopia NIF/CIF: persona solicitante y representante

(  ) Fotografia de la façana / Fotografía de la fachada

 (  )Fotografies de l'interior de l’immoble/ Fotografías del interior del inmueble

 (  )Pressupost de les obres a realitzar a la façana, redactat pel constructor

  Presupuesto de las obras a realizar en fachada, redactado por el constructor

(  ) Pressupost de les obres a realitzar a l'interior de l'immoble, redactat pel constructor

  Presupuesto de las obras a realizaren el interior del inmueble, redactado por el constructor

 (  )Model d’alta de creditor / Modelo de alta de acreedor

5. DECLARACIÓ RESPONSABLE / DECLARACIÓN RESPONSABLE

(Marcau amb una x / marque con una x)

(  ) Complesc tots els requisits exigits a la present convocatòria

 Cumplo todos los requisitos exigidos por la presente convocatoria

(  )L’entitat a la qual represent es troba al corrent de les seves obligacions amb l’Administració tributària i no té deutes amb l’Ajuntament de MaóLa entidad a la que represento se encuentra al corriente de sus obligaciones con la Administración tributaria y no es deudora del Ayuntamiento de Mahón

 (  )No em trob incurs/a en els supòsits d’incapacitat o incompatibilitat establerts a l’art. 13 de la Llei 38/2003, de 17 de novembre, general de subvencions, ni en cap de les causes de prohibició establertes a l’Ordenança general de subvencions de l’Ajuntament de Maó

  No estoy incurso/a en los supuestos de incapacidad o incompatibilidad establecidos en el art. 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, ni en ninguna de las causas de prohibición establecidas en la Ordenanza General de Subvenciones del Ayuntamiento de Mahón

(  ) No he sol·licitat cap subvenció o ajuda per a la mateixa finalitat a altres administracions públiques, ni a entitats públiques o privades

  No he solicitado ninguna otra subvención o ayuda para el mismo fin a otras administraciones públicas, ni a entidades públicas o privadas

FIRMA

Maó - Mahón,  dede

D’acord amb la Llei orgànica 15/1999, de 13 de desembre, de protecció de dades de caràcter personal, i la normativa que la desenvolupa, us informam que les dades de caràcter personal facilitades en el present imprès s’utilitzaran exclusivament per a la gestió d’aquesta convocatòria i seran incorporades als fitxers que conformen la base de dades de l’Ajuntament de Maó, davant el qual podreu exercitar els drets d’accés, rectificació, cancel·lació i oposició, adreçant-vos als registres municipals.

De conformidad con la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, y su normativa de desarrollo, le informamos que los datos de carácter personal facilitados en el presente impreso se utilizarán exclusivamente para la gestión de esta convocatoria y serán incorporados a los ficheros que conforman la base de datos del Ayuntamiento de Mahón, ante el que podrá ejercitar los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición, dirigiéndose a los registros municipales.

CONVOCATÒRIA DE SUBVENCIONS PER A REHABILITACIONS DE FAÇANES I/O MILLORES EN ACCESSIBILITAT I HABITABILITAT. CAMPANYA "MILLORANT CA TEVA, MILLORAM MAÓ", ANY 2016

CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES PARA REHABILITACIONES DE FACHADAS Y/O MEJORAS EN ACCESIBILIDAD Y HABITABILIDAD. CAMPAÑA "MILLORANT CA TEVA, MILLORAM MAO", AÑO 2016

1. DADES DE LA PERSONA SOL·LICITANT / DATOS DE LA PERSONA SOLICITANTE

Nom / Nombre: 

DNI / NIF:

Domicili / Domicilio:

Telèfon / Teléfono:

Mòbil / Móvil

Fax:

Població / Población

CP:

Adreça electrònica / Correo electrónico:

2. DADES DE LA PERSONA REPRESENTANT / DATOS DE LA PERSONA REPRESENTANTE

Nom i llinatges / Nombre y apellidos:

DNI:

Domicili / Domicilio:

Telèfon / Teléfono:

Mòbil / Móvil:  

Fax:

Població / Población

CP:

Adreça electrònica / Correo electrónico:

Com a persona sol·licitant, en qualitat de

de l’edifici situat a,

EXPÒS

Que vaig obtenir una subvenció de rehabilitació de façanes i/o millores en accessibilitat i habitabilitat, en el marc de la convocatòria de la campanya "Millorant ca teva, milloram Maó" de l’any 2016.

Una vegada finalitzades les obres,

SOL·LICIT

El pagament del segon termini de la subvenció corresponent.

Como persona solicitante, en calidad de

del edificio situado en,

EXPONGO

Que obtuve una subvención de rehabilitación de fachadas y/o mejoras en accesibilidad y habitabilidad en el marco de la convocatoria de la campaña "Millorant ca teva, milloram Maó" del año 2016.

Una vez finalizadas las obras,

SOLICITO

El pago del segundo plazo de la subvención correspondiente.

DOCUMENTACIÓ QUE S’ACOMPANYA / DOCUMENTACIÓN QUE SE ACOMPAÑA

(Marcau amb una x / marque con una x)

 Fotografia de la façana / Fotografía de la fachada

 Fotografia de l'interior de l'immoble / Fotografía del interior del inmueble

 Factura justificativa de les obres realitzades / Factura justificativa de las obras realizadas

FIRMA

Maó - Mahón,  dede 

D’acord amb la Llei orgànica 15/1999, de 13 de desembre, de protecció de dades de caràcter personal, i la normativa que la desenvolupa, us informam que les dades de caràcter personal facilitades en el present imprès s’utilitzaran exclusivament per a la gestió d’aquesta convocatòria i seran incorporades als fitxers que conformen la base de dades de l’Ajuntament de Maó, davant el qual podreu exercitar els drets d’accés, rectificació, cancel·lació i oposició, adreçant-vos als registres municipals.

De conformidad con la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, y su normativa de desarrollo, le informamos que los datos de carácter personal facilitados en el presente impreso se utilizarán exclusivamente para la gestión de esta convocatoria y serán incorporados a los ficheros que conforman la base de datos del Ayuntamiento de Mahón, ante el que podrá ejercitar los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición, dirigiéndose a los registros municipales.