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Boletín Oficial de las Illes Balears

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, AGRICULTURA Y PESCA

Núm. 7227
Acuerdo del Pleno de la Comisión de Medio Ambiente de las Illes Balears sobre la explotación y adecuación del proyecto de restauración de la cantera El Puente, TM de Son Servera. (54A / 16)

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Texto

En relación con el asunto de referencia, y de acuerdo con el artículo 42 de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental, se publica el Acuerdo del Pleno de la CMAIB, en sesión de 2 de junio de 2016,

"1.Actuacions previas

El promotor no solicitó la elaboración de un documento de alcance del estudio de impacto ambiental.

a.Fase de información pública y consultas

El 24 de noviembre de 2015 se publicó en el BOIB núm. 173 la información pública del proyecto y estudio de impacto ambiental.

El 7 de abril de 2016 el Servicio de Minas de la Dirección General de Política Industrial señala que "no tiene constancia de la presentación de alegaciones durante el trámite de exposición pública".

El 24 de noviembre de 2015, el órgano sustantivo, la Dirección General de Política Industrial solicitó la consulta de las administraciones siguientes:

-Servicio de Aguas Subterráneas, Servicio de Estudios y Planificación y Servicio de Aguas Superficiales de la Dirección General de Recursos Hídricos.

-Servicio de Planificación de la Dirección General de Espacios Naturales y Biodiversidad.

-Departamento de Territorio e Infraestructuras del Consell de Mallorca.

-Ayuntamiento de Son Servera.

En la documentación presentada a la CMAIB únicamente se presenta el informe del Servicio de Aguas Superficiales de la Dirección General de Recursos Hídricos de 7 de marzo de 2016 y que indica lo siguiente:

El ámbito de las actuaciones se encuentra en zona de policía de cauce público.

La actividad objeto del informe, actualmente ya iniciada, es compatible con las limitaciones previstas en zona de policía.

Se informa favorablemente la documentación aportada a los efectos del artículo 37 de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de Evaluación Ambiental.

Aún así, hay que informar al promotor de las actuaciones, que cualquier obra o trabajo en la zona de afección de torrentes requiere de autorización administrativa emitida por la Dirección General de Recursos Hídricos, que será independiente de cualquier otra que haya sido otorgada por los distintos órganos de las Administraciones Públicas

El 24 de mayo de 2016 se emitió el informe referente al cumplimiento de la Revisión del PDS de Canteras de las Illes Balears (Decreto 61/1999):

"CONSIDERANDO

1. Que el objeto de los proyectos es la adecuación de la explotación y la restauración de la cantera el Puente (140) se localiza en zona de recurso de interés minero delimitado en el anexo 8 del PDS de canteras, Decreto 61/1999.

2. Que los proyectos de explotación y plan de restauración se adecuan a lo establecido en el artículo 7º. Determinaciones para la ubicación de nuevas canteras // .. la ubicación de nuevas canteras en las zonas incluidas dentro de las de localización de recursos de interés minero ..// Anexo 8 de este Plan, salvo que se trate de una ampliación de una cantera activa ..//. También en el artículo 8º. Criterios de prioridad para la ubicación de nuevas canteras.

3. Que la fianza de restauración se adecua a lo establecido en el artículo 16 del Decreto 61/1999, el artículo 40 de la LOMIB y del RD 975/2009.

4. Que la explotación y restauración de la ampliación se realizará simultáneamente en fases con terraplenado de las superficies y plataformas y recortada de frentes.

5. Que el material de terraplenado será con estériles de aportación externa. En caso de materiales inertes procedentes de excavación o RCD deben proceder de planta de selección autorizada.

6. Que se ha realizado el trámite de información pública y se han realizado las consultas a las administraciones afectadas.

Se propone informar favorablemente la adecuación del proyecto de explotación y plan de restauración de la cantera e instala • instalaciones de la cantera activa "El Puente", autorización minera 140, promovido por Gravillera El Puente, S.A. en parcelas • las 15,28,29,30,31,32,33,34,35 y 97 del polígono 9 del T.M. de Son Servera, cuando el cumplimiento de la Revisión del PDS de canteras de las Islas Baleares Decreto 61/1999, y las siguientes condiciones:

1.El presupuesto de restauración de las fases 1R, 2R, R3, (120.453, € 05), debe servir como fianza de restauración, dado que la superficie de explotación actualmente, ya supone más de las 2/3 partes de la superficie autorizada de la cantera. Sí es el caso debe presentar e incorporar en el proyecto un plano a escala adecuada de las zonas restauradas.

2.En los trabajos de restauración de la cantera, sólo se podrán utilizar los estériles de la propia explotación. Los materiales de excavación pétreos y terrígenos de aportación externa deben proceder de actuaciones realizadas de acuerdo con la normativa urbanística. En caso de que se utilicen residuos de construcción y demolición (RCD) deben proceder de plantas de tratamiento autorizadas. "

b.Alegaciones

No se han efectuado alegaciones durante la información pública del proyecto y del Estudio de Impacto Ambiental.

Integración de la evaluación

1.Alternatives

Tanto el documento "Adecuación del proyecto de restauración de la cantera El Puente 140 - 07 2015" como en el Estudio de Impacto Ambiental (octubre 2015) se analizan varias alternativas:

-Alternativa 0 - No hacer nada, significaría empeorar la situación dado que no se realizaría la integración ambiental. Esta alternativa se descarta.

-Alternativa 1 - La restauración consistente en el relleno completo del vacío, actualmente es "técnicamente inviable", dado que en Mallorca no se generan materiales inertes de demolición y obras suficientes para conseguir los objetivos. Por otra parte se alargaría la restauración a un plazo de 70-80 años. El estudio de impacto ambiental presentado no lo considera como la mejor alternativa.

Mantener el proyecto de restauración actual en todos sus términos es actualmente inviable, dado que los volúmenes de relleno en la actualidad serán el doble de los previstos inicialmente.

Por otra parte resulta insatisfactoria la elección de especies vegetales de chumberas originariamente previstas en las plantaciones.

-Alternativa 2 - Es la contemplada y elegida por el proyecto. La fase de restauración plantea el relleno parcial y la realización de bancales. Consiste en la recuperación mixta del terreno, realizando bancales y recortando los bancales resultantes, mediante el relleno de diferentes taludes.

Esta alternativa permite que la restauración y explotación sean simultáneas. El estudio de impacto ambiental considera que es una alternativa viable, preferente y sostenible desde el punto de vista ambiental.

2.Principales impactos de la alternativa escogida y su corrección

a.Población y salud humana

La cantera se encuentra aproximadamente a medio km del núcleo urbano de Son Servera. Hay varias casas en los alrededores de la cantera ubicadas en diferentes fincas del entorno.

Se establecen una serie de medidas de seguridad. Deben extremarse las precauciones al realizar voladuras para no afectar a las viviendas y los vecinos cercanos.

b.Flora y fauna

La mayor parte del ámbito de estudio, la ocupada por la cantera, falta de vegetación. El estudio de impacto ambiental señala que no se ha observado ninguna especie catalogada en la zona.

En los bordes de la cantera hay vegetación de pinar y matorral fuertemente antropizada. Entre las especies mencionadas en los alrededores aparece el Rhamnus alaternus, si bien se encuentra fuera del ámbito. Se señala que el ejemplar observado "no se vería afectado directamente por el proyecto".

El estudio de impacto ambiental señala que no se ha observado la presencia de Chamaerops humilis en la zona.

No aparece ningún hábitat singular en la zona. Desde el punto de vista faunístico, durante los muestreos no se han observado ejemplares de Testudo hermani.

Visto el alto grado de alteración del medio, se espera un bajo nivel de diversidad faunística.

Parte del ámbito del proyecto presenta una zona con "riesgo de incendio" según calificación municipal.

c.Suelo y subsuelo (residuos y contaminación)

Los terrenos objeto de estudio se encuentran en la Unidad dolomíticos de Felanitx. Los depósitos constituyen excelentes materiales para la obtención de áridos.

Se presenta el Anexo 3 al proyecto de estudio de geotecnia y estabilidad de taludes. En este estudio se concluye que "su desestabilización parece improbable", se proponen una serie de recomendaciones que se deben tener en cuenta. En julio de 2015 se realizó una supervisión de los frentes de la cantera, del informe que se desprende se concluye que "el riesgo de las áreas estudiadas es bajo y aceptable para las condiciones de trabajo". La supervisión realizada ratifica "el pronóstico de estabilidad favorable". El riesgo de deslizamiento de bloques es de "bajo riesgo". La zona 3 de frente activo presenta un nivel de "seguridad aceptable".

La totalidad de los materiales empleados para relleno serán inertes, procedentes de excavaciones y desmontes de la propia cantera y también de origen externo. Específicamente se indica que no se podrán verter otros tipos de residuos y los que sean de origen externo deberán ser tratados por un gestor autorizado.

Respecto de los residuos generados se señala que se entregarán a un gestor de residuos. En relación a los estériles que se obtienen en el proceso productivo se utilizan en la restauración de la cantera.

No se contempla Plan de gestión de residuos mineros, dado que no se ha previsto que se produzcan.

Respecto de la aportación de inertes y de tierra vegetal serán procedentes de obras con las oportunas licencias. La tierra vegetal aportada deberá tener las características edáficas apropiadas para la realización de la revegetación que se propone.

d.Aire y factores climáticos

La extracción de material se diseña para limitar vibraciones, ruido y polvo. La actividad no genera malos olores.

Las posibles vibraciones provienen básicamente de las voladuras efectuadas. Deben extremarse las precauciones para evitar impactos negativos en las viviendas cercanas.

En la documentación presentada se proponen una serie de medidas correctoras, protectoras y compensatorias dirigidas a la reducción de ruidos, vibraciones y polvo.

En el estudio de impacto ambiental se destaca que "las emisiones acústicas y vibraciones serán inferiores a las máximas legales permitidas".

Respecto de la posible contaminación atmosférica, se señala que, en el momento en que se efectúan las mediciones, la concentración de partículas en suspensión es inferior a la permitida por la ley.

e.Paisaje

Uno de los impactos de la cantera es el impacto visual y paisajístico. Los puntos de observación más reseñables son la propia carretera adyacente a la cantera y el núcleo urbano de Son Servera (extremo occidental y norte).

El valor paisajístico de la zona es "alto". Se señala en el propio estudio de impacto ambiental que desde el punto de vista paisajístico los impactos son "posiblemente significativos".

La documentación aportada presenta medidas para minimizar el impacto visual, al respecto se incluyen medidas correctoras y compensatorias dirigidas a potenciar el crecimiento de las plantaciones realizadas en la restauración de la cantera, especialmente en los puntos de mayor visibilidad.

f.Hidrologia

En base al informe del Servicio de Aguas Superficiales de la Dirección General de Recursos Hídricos, el ámbito de las actuaciones se encuentra en zona de policía de cauce público, si bien la actividad es compatible con las limitaciones previstas en zona de policía. Las actuaciones en zona de afección de torrentes requieren autorización administrativa de la Dirección General.

La cantera está ubicada en la masa de agua 18.17 m2. La profundidad del nivel freático es de 22m. El terreno presenta una gran capacidad de infiltración. La vulnerabilidad de acuíferos es "moderada".

Para evitar que las aguas de escorrentía perjudiquen la explotación, en los casos en que sean necesarios se construirán cunetas.

Afecta a APR de vulnerabilidad de acuífero (calificación municipal).

Cabe señalar que deben extremarse las precauciones para evitar vertidos incontrolados y actuaciones que puedan ocasionar posible contaminación.

g.Patrimonio

Desde el punto de vista de patrimonio histórico, hay varios molinos de harina en los alrededores, pero ninguno de ellos se ve afectado por el proyecto.

3.Seguimiento ambiental

El estudio de impacto ambiental incluye un programa de vigilancia ambiental que tiene como objetivos garantizar la correcta ejecución y cumplimiento de las medidas preventivas y correctoras propuestas y comprobar su eficacia, detectar impactos, y ver la evolución de los elementos del medio más significativos.

Conclusiones

Se propone formular la declaración de impacto ambiental favorable a la realización del proyecto de explotación y adecuación del proyecto de restauración de la cantera El Puente (140) en las parcelas 15, 28, 29, 30, 31, 32, 33 , 34, 35 y 97 del polígono 9 del Término Municipal de Son Servera, al concluirse que previsiblemente no se producirán impactos adversos significativos, con las medidas preventivas, correctoras incluidas en los anexos del proyecto y en el estudio de impacto ambiental, y las siguientes condiciones:

1.Se tienen que extremar las precauciones al realizar las voladuras, para que no puedan afectar a vecinos y viviendas cercanas.

2.Si se detectara la presencia de especies protegidas, mientras se llevan a cabo los trabajos de explotación-restauración, se estará a lo dispuesto por el Servicio de Protección de Especies.

3. Se deben extremar las precauciones para evitar actuaciones y vertidos incontrolados que puedan producir posible contaminación.

4.En los trabajos de restauración de la cantera, sólo se podrán utilizar los estériles de la propia explotación. Los materiales de excavación pétreos y terrígenos de aportación externa deben proceder de actuaciones realizadas de acuerdo con la normativa urbanística. En caso de que se utilicen residuos de construcción y demolición (RCD) deben proceder de plantas de tratamiento autorizadas.

5.El presupuesto de restauración de las fases 1R, 2R, R3, (120.453, € 05), debe servir como fianza de restauración, dado que la superficie de explotación actualmente, ya supone más de las 2/3 partes de la superficie autorizada de la cantera. En su caso, debe presentar e incorporar en el proyecto un plano a escala adecuada de las zonas restauradas.

Se recomienda seguir las indicaciones que figuran en el estudio de "geotecnia y estabilidad de taludes" presentado.

Se recuerda lo siguiente:

• Cualquier obra o trabajo en la zona de afección de torrentes requiere de autorización administrativa emitida por la Dirección General de Recursos Hídricos, que será independiente de cualquier otra que haya sido otorgada por los distintos órganos de las Administraciones Públicas.

• Según la normativa municipal, el ámbito del proyecto está afectado por zona con riesgo de incendios y de vulnerabilidad de acuíferos."

 

Palma, 15 de junio de 2016

 

El presidente de la CMAIB

Antoni Alorda Vilarrubias