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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección II. Autoridades y personal

Subsección segunda. Oposiciones y concursos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y UNIVERSIDAD

Núm. 7183
Resolución por la que se corrigen los errores advertidos en la Resolución de la Directora General de Personal Docente de día 7 de abril de 2016 por la que se aprueba la convocatoria pública para formar bolsas de aspirantes a funcionarios interinos docentes con la finalidad de cubrir, durante el curso 2016-2017 y a todas las islas, vacantes y sustituciones de todas las especialidades o funciones en centros públicos de enseñanza no universitaria dependientes de la Consejería de Educación y Universidad del Gobierno de las Illes Balears

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Texto

Hechos

1. En el Boletín Oficial de las Illes Balears nº. 46, de 12 de abril de 2016 se publicó la Resolución de la Directora General de Personal Docente de día 7 de abril de 2016 por la que se aprueba la convocatoria pública para formar bolsas de aspirantes a funcionarios interinos docentes con la finalidad de cubrir, durante el curso 2016-2017 y a todas las islas, vacantes y sustituciones de todas las especialidades o funciones en centros públicos de enseñanza no universitaria dependientes de la Consejería de Educación y Universidad del Gobierno de las Islas Baleares.

2. Revisada la Resolución mencionada, se han advertido unos errores que se tienen que enmendar.

Fundamentos de derecho

1. El artículo 105.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, establece que las administraciones públicas pueden rectificar en cualquier momento de oficio o a instancia de las personas interesadas, los errores materiales, de hecho o aritméticos existentes en sus actos.

2. La Directora General de Personal Docente de acuerdo con el apartado 1.a) de la Resolución del Consejero de Educación y Universidad de 29 de octubre de 2015 de delegación de determinadas competencias en materia de gestión de personal en la directora general de Personal Docente (BOIB nº. 163, de 5 de noviembre de 2015), es competente para dictar la siguiente

Resolución

1. Corregir los errores advertidos en la Resolución de la directora general de Personal Docente de día 7 de abril de 2016 por la que se aprueba la convocatoria pública para formar bolsas de aspirantes a funcionarios interinos docentes con la finalidad de cubrir, durante el curso 2016-2017 y a todas las islas, vacantes y sustituciones de todas las especialidades o funciones en centros públicos de enseñanza no universitaria dependientes de la Consejería de Educación y Universidad del Gobierno de las Illes Baleares. (BOIB nº. 46, de 12 de abril de 2016).

A. En el punto 2.1.1 del anexo 3 del baremo de méritos de la Resolución

Donde dice:

2.1.1. De 5,001 a 5,999 puntos (de 1,000 en 1,499*)

Puntos: 2,500

Debe decir:

2.1.1. De 5,001 a 5,999 puntos (de 1,001 en 1,499*)

Puntos: 2,500

B. En el punto 2.1.1 del anexo 3 del baremo de méritos de la Resolución

Donde dice:

2.1.4. Las notas medias expresadas del 0 al 4 en los certificados académicos presentados se convierten en una nota expresada del 5 al 10 mediante una conversión matemática hecha informáticamente a efectos de valorar el expediente académico como mérito o de ordenar en las bolsas a los aspirantes a que se refiere el punto 9.2 del anexo 1.

Debe que decir:

2.1.4. Las notas medias expresadas del 1 al 4 en los certificados académicos presentados se convierten en una nota expresada del 5 al 10 mediante una conversión matemática hecha informáticamente a efectos de valorar el expediente académico como mérito o de ordenar a las bolsas a los aspirantes a que se refiere el punto 9.2 del anexo 1.

2. Publicar esta Resolución en el Boletín Oficial de las Illes Balears.

Interposición de recursos

Contra esta Resolución, que agota la vía administrativa, se puede interponer un recurso potestativo de reposición ante la Directora General de Personal Docente en el plazo de un mes contador desde el día siguiente del día en que se publique en el BOIB, de acuerdo con los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y los artículos 25.5 y 57 de la Ley 3/2003,de 26 de marzo, de Régimen Jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

También se puede interponer directamente un recurso contencioso administrativo ante el Juzgado Contencioso Administrativo de Palma en el plazo de dos meses contadores desde el día siguiente de la publicación en el BOIB, de acuerdo con los artículos 8 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contenciosa Administrativa.

Palma, 20 de junio de 2016

La Directora General de Personal Docente

Rafaela Sánchez Benítez