Sección V. Anuncios
Subsección segunda. Otros anuncios oficiales
CONSEJO INSULAR DE EIVISSA
Núm. 7092
Exposición pública del padrón fiscal y lista cobratoria de la tasa por los servicios prestados por el Departamento de Sanidad, Bienestar Social, Igualdad y Relaciones con entidades y asociaciones en el Hospital Residencia Asistida de Cas Serres correspondiente al mes de abril de 2016
Exposición pública del padrón fiscal y lista cobratoria de la tasa por los servicios prestados por el Departamento de Sanidad, Bienestar Social, Igualdad y Relaciones con entidades y asociaciones en el Hospital Residencia Asistida de Cas Serres correspondiente al mes de abril de 2016.
El Consell Insular de Eivissa, mediante resolución del conseller de Economía y Hacienda núm. 2016000059, de 31 de mayo de 2016, ha resuelto aprobar las liquidaciones de las Tasas por los servicios prestados por el Departamento de Sanidad, Bienestar Social, Igualdad y Relaciones con entidades y asociaciones en el Hospital Residencia Asistida de Cas Serres durante el mes de abril de 2016.
El citado padrón aparecerá expuesto al público en el tablón de anuncios del Hospital Residencia Asistida de Cas Serres, durante el período de 20 días hábiles, a contar desde el día siguiente de esta publicación. A partir de la finalización del plazo anterior y durante un período de un mes, los interesados podrán interponer contra el mismo, recurso de reposición ante el Departamento de Economía y Hacienda del Consell Insular de Eivissa.
Así mismo, podrán utilizar cualquier otro medio de defensa que estimen oportuno para la defensa de sus intereses.
Mediante este documento, y según lo que se dispone en la Ordenanza fiscal reguladora de la tasa por los servicios prestados por el Departamento de Sanidad, Bienestar Social, Igualdad y relaciones con entidades y asociaciones, aprobada en fecha 22 de julio de 2005, y publicada en el BOIB núm.131 ext. de 5 de septiembre de 2005, pongo en conocimiento la apertura del período voluntario de cobro del padrón anteriormente referenciado, que comprenderá el período de dos meses a partir del día siguiente de la publicación en el BOIB.
Pasado el citado período se incoará la vía de apremio, en la cual los deudores tendrán que abonar, además del importe de la cuota, los costes del procedimiento y los siguientes recargos: del 10 %, si el pago se efectúa en los plazos señalados en la provisión de apremio, o del 20 %, si el pago es posterior a los plazos referidos, y los intereses de demora correspondientes. El recargo será del 5 % si el pago se realiza antes de la notificación de la provisión de apremio.
El pago podrá realizarse todos los días laborales, excepto el sábado, entre las 09:00 horas y las 13:30 horas, en la caja del Consell Insular de Eivissa (Tesorería, 1ª planta), ubicada en la avda. España, nº 49, 07800, Ibiza.
El pago se podrá realizar en efectivo, mediante cheque bancario conformado, por ingreso en las entidades colaboradoras, previa solicitud de la liquidación en el Hospital Residencia Asistida Cas Serres, calle Cosme Vidal Llàser, 27, 07800, Ibiza, o por domiciliación bancaria.
Eivissa, 13 de junio de 2016
La secretaria técnica de Medio Ambiente, Agricultura, Cultura, Educación, Patrimonio, Deportes y Juventud
por sustitución del secretario técnico de Transparencia, Buen Gobierno, Tic, Bienestar Social, Sanidad y Participación Ciudadana (DP 2016000673).
Maria Catalina Tur Torres