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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

AYUNTAMIENTO DE PALMA DE MALLORCA

Núm. 7085
Departamento de Movilidad. Sección de Transportes. Resolución sobre reubicación del estacionamiento de vehículos del servicio de tracción animal (galeras) de la zona de la avenida de Antoni Maura-Parc de la Mar

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Texto

El regidor del Área de Movilidad, por delegación de la Alcaldía, ha adoptado el Decreto número 08897 de 20 de Mayo de  2016:

Decreto

l. Modificar la ubicación de los estacionamientos del servicio de transporte de tracción animal en la zona de la Avda. Antoni Maura y Parc de la Mar, adoptando al respecto siguientes determinaciones:

a. Establecer el estacionamiento principal en ubicación coincidente con aparcamiento del Passeig Sagrera, con capacidad para seis galeras, en muelle viejo anexo al paso de peatones situado en el núm. 1 de dicho paseo, lateral del mar, según plano de ubicación incorporado al procedimiento, con zona grafiada en color azul.

b. Complementariamente, establecer un segundo estacionamiento en posición avanzada con capacidad para dos vehículos de tracción animal, en la Av. Antoni Maura, en el lado opuesto al núm. 28. Ambos estacionamiento estarán funcionalmente vinculados, accediendo los usuarios del servicio preferentemente desde este estacionamiento, reponiendo su capacidad a partir de los vehículos ubicados en el estacionamiento principal. Pudiendo colocarse  los vehículos directamente en este estacionamiento avanzado cuando el principal esté vacío. Permitiéndose, no obstante el acceso directo al servicio en el estacionamiento principal cuando así resulte de la afluencia de usuarios.

2. Serán instalados los correspondientes dispositivos técnicos adecuados para la protección atmosférica contra los efectos del sol y la lluvia, así como la dotación de tomas de agua e imbornales necesarios para mantener la higiene requerida por el funcionamiento de los estacionamientos.

3. Considerándose amparada la instalación de dispositivo de sombra en el estacionamiento avanzado para dos galeras previsto en la Av. Antoni Maura, en virtud del informe favorable emitido por la Comissió de centre historic i catalogació de fecha 07/05/2013 obrante en el correspondiente procedimiento. Quedando condicionada la presente decisión a la autorización de ocupación temporal para el estacionamiento de seis galeras, para el que resulta competente la Autoridad Portuaria.

4. Dejar sin efecto, parcialmente, las resoluciones municipales reguladoras de los estacionamientos de galeras de la zona afectada por la presente resolución. No obstante, permanecerán vigentes las determinaciones de ordenación circulatoria y sobre parada de vehículos de tracción animal contemplados en los puntos 2º, 3º y 4º del decreto núm. 12057 adoptado por delegación de la Alcaldía el 4 de Julio de 2013 publicado en el BOIB núm. 98 de 13/07/2013, mediante los que se establecen restricciones a la circulación de galeras en expectativa de servicio, procedentes de estacionamientos ubicados en las proximidades de la Catedral y de la C/ Conquistador,  por  determinadas vías del centro de la ciudad, reiterándose la prohibición de efectuar paradas irregulares fuera de los estacionamientos autorizados y señalizados, conforme al artículo 45 del Reglamento municipal regulador del servicio, con prohibición de que los vehículos de tracción animal asignados a cualquier estacionamiento acudan o efectúen cualquier parada en la zona de la escollera.

5. Subordinado a la efectividad de la reubicación de los estacionamientos de la zona afectada, dejar sin efecto el Decreto núm. 6 150 de fecha 06/05/2005, regulador del estacionamiento de galeras de la C/Conquistador, sin perjuicio de otras resoluciones que deban adoptarse en aplicación de la vigente Ordenanza municipal de Circulación.

6. La presente decisión corresponde  a la necesidad de establecer una ubicación alternativa para el estacionamiento inicialmente previsto en la zona de la avenida de Antoni Maura- Parc de la Mar, actuando en coherencia con las potestades ostentadas por la Autoridad Portuaria de Baleares en la zona de ubicación del pretendido estacionamiento de galeras, accediendo en consecuencia a las pretensiones de la referida Autoridad, a fin de evitar los perjuicios circulatorios y funcionales reflejados en escrito aportado día 28/10/2015.

7. Notificar la presente resolución a los interesados, procediendo así mismo  su publicación en razón de la amplitud de sus efectos, de conformidad con el artículo 60.1 de la Ley 30/1992.

Contra este acto administrativo, que agota la vía administrativa, se puede presentar recurso de reposición ante el mismo órgano que lo ha dictado, de acuerdo con el artículo 116 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común. El plazo para interponerlo es de un mes a contar desde el día siguiente  al de la publicación.  En este caso no se podrá interponer recurso contencioso administrativo hasta que se haya resuelto el de reposición. El recurso de reposición potestativo se tendrá que presentar en el Registro General de este Ayuntamiento o en las dependencias a que se refiere el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, antes mencionada, y se entenderá desestimado cuando no se haya resuelto y notificado la resolución, en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente de su interposición, y en este caso quedará expedita la vía contencioso-administrativa. Si no se utiliza el recurso potestativo de reposición, se puede interponer directamente recurso contencioso administrativo, de acuerdo con el artículo 116 antes citado y lo que dispone la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contenciosa administrativa,  ante el Juzgado Contencioso-Administrativo o la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia, según las competencias determinadas por los artículos 8 y 10 de la Ley 29/98, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente  al de la publicación. Todo ello sin perjuicio de cualquier otro recurso o acción que se considere conveniente.

 

Palma, 14 de juny de 2016

 

El regidor del Area de Movilidad

p.d. Decreto de Alcaldía núm. 2751, de 18/02/2016

(BOIB núm. 29, de 03/03/2016)

Joan Ferrer Ripoll

p.d. Decreto de Alcaldía núm. 10931, de 15/06/2015

(BOIB núm. 92, de 23/06/2015)