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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

CONSEJO INSULAR DE MENORCA

Núm. 7036
Presidencia - Modificación de la estructura inerna de determinados departamentos

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Texto

Se hace público que la Sra. Presidenta del Consejo Insular de Menorca, mediante DP núm. 203/2016, de 16 de junio, ha resuelto lo siguiente:

PRIMERO. Aprobar la modificación de la organización interna de los diferentes departamentos en las direcciones insulares que a continuación se detallan, con la indicación que las áreas y los servicios que no se incluyan en el ámbito de gestión respectiva los gestionará directamente el consejero ejecutivo o la consejera ejecutiva jefe del departamento:

Departamento de Presidencia:

a) Dirección Insular de Presidencia y Comunicación: llevará a cabo la coordinación de las acciones propias de la presidencia y de las relaciones institucionales, además de la comunicación interna y externa de la acción de gobierno del Consejo Insular.

b) Dirección Insular de Promoción Turística: gestionará los servicios de información turística y promoción turística.

Departamento de Ocupación, Proyección Económica, Juventud y Deportes:

Dirección Insular de Juventud, Ocupación, e Innovación: gestionará los servicios de juventud y ocio, formación para la ocupación, orientación laboral y el servicio de tutorización para personas emprendedoras y colectivos vulnerables. Así mismo, gestionará las actuaciones que se lleven a cabo en materia de proyectos de innovación y nuevas tecnologías.

Departamento de Servicios Generales, Participación Ciudadana y Vivienda:

Dirección Insular de Servicios Generales y Participación: gestionará los servicios jurídicos, los servicios económicos, contratación, recursos humanos, mantenimiento, informática, el servicio de atención ciudadana, el servicio insular de prevención de riesgos laborales, el servicio de prevención y extinción de incendios y salvamento y las actuaciones en materia de emergencias y protección civil. Así mismo, implementará las políticas de transparencia y participación ciudadana, el plan contra la exclusión social, el servicio de atención social a los juzgados y las actuaciones que lleve a cabo el Consejo Insular en materia de vivienda.

Departamento de Movilidad:

Direcció Insular de Movilidad: gestionará el servicio de carreteras y caminos y los servicios de transportes e inspección técnica de vehículos.

Departamento de Bienestar Social y Familia:

a) Dirección Insular de Familia: gestionará el servicio insular de familia, que incluye las actuaciones en materia de tutela, acogimiento y adopción de menores; el servicio de atención a la mujer; el servicio de inmigración; el servicio de promoción de la salud; la red de apoyo a los equipos municipales de intervención familiar y políticas de género.

b) Dirección Insular de Bienestar Social: gestionará el resto de materias y servicios propios del departamento que no estén atribuidas a la dirección insular de familia.

SEGUNDO. Derogar todas las disposiciones de rango igual o inferior que se opongan a lo establecido en este decreto.

TERCERO. Que se publique el contenido de este decreto en el Boletín Oficial de las Illes Balears para que sea efectivo desde el día en que se publique.

CUARTO. Que se dé cuenta al Pleno en la primera sesión que se celebre.

 

Maó, a 16 de junio de 2016

  LA SECRETARIA INTERINA

Rosa Salord Olèo