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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección IV. Procedimientos judiciales

JUZGADOS DE MANACOR

JUZGADO DE 1A. INSTANCIA NÚM. 2 DE MANACOR

Núm. 6988
Procedimiento ordinario 454/2015 sobre otras materias

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Texto

En este órgano judicial se tramita PROCEDIMIENTO ORDINARIO 0000454 /2015, seguido a instancias de SANTANDER CONSUMER FINANCE S.A. representado por la Procuradora Dña. Pilar Perelló Amengual, contra D. ANTONIO DAGOBER ESCANDELL BARNES y en el que se ha dictado la resolución del tenor literal siguiente:

SENTENCIA

En la Ciudad de Manacor, a Nueve de Mayo de 2.016. VISTOS por Dña. Margarita Bosch Ferragut, Juez Ssta. Del Juzgado de Primera Instancia nº Dos de esta ciudad los presentes autos de juicio Ordinario, seguidos con el número 454/15 a instancias de la entidad Santander Consumer Finance S.A. y en su representación la Procurador de los Tribunales Dña. Pilar Perelló Amengual, y en su defensa la Letrado Dña. Concepción Villalonga Trujillo contra D. Antonio Dragober Escandell Barnes, en estos autos en rebeldía. Se procede adictar la presente resolución

FALLO

Que debo estimo íntegramente la demanda interpuesta por la Procurador de los Tribunales Dña. Pilar Perelló Amengual en representación de la entidad Santander Consumer Finance S.A. Contra D. Antonio Dagober Escandell Barnes y debo condenar y condeno al citado demandado a que abone a la parte actora, la suma de Seis mil setecientos veintidós euros, con cinco céntimos de euro (6.722,05 euros), más intereses legales desde la fecha de la interpelación judicial. Se declara la nulidad de las cláusula relativa a los intereses moratorios del 24% y la comisión de devolución, del contrato de préstamo de fecha 27 de enero de 2.014.

Se hace expresa imposición de costas procesales causadas a la parte demandada.

Contra esta sentencia cabe interponer recurso de Apelación de conformidad con lo prevenido en el artículo 455 de la L.E.C.

Así por esta mi Sentencia, la pronuncia, manda y firma Dña. Margarita Bosch Ferragut, Juez Ssta del Juzgado de Primera

Instancia número Dos de la ciudad de Manacor y de su partido.

Y como consecuencia del ignorado paradero de D. ANTONIO DAGOBER ESCANDELL BARNES, se extiende el presente edicto para que sirva de notificación.

En MANACOR, a diez de Junio de dos mil dieciséis.

EL/LA LETRADO DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA,