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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección IV. Procedimientos judiciales

JUZGADOS DE EIVISSA

JUZGADO DE LO SOCIAL NÚM. 1 DE EIVISSA

Núm. 6364
Despido/ceses en general 559/2015

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

D/Dª MARIA ALZIRA ABAD ROLLAND, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Social nº 001 de IBIZA/EIVISSA, HAGO SABER:

Que en el procedimiento DESPIDO/CESES EN GENERAL 0000559 /2015 de este Juzgado de lo Social, seguidos a instancia de YOUNES BEN ALLAL , contra JUAN NICOLAS LOPRETE TURI, sobre DESPIDO, se ha dictado la siguiente resolución, cuyo FALLO se adjunta:

FALLO

Estimo la demanda interpuesta por D. YOUNES BEN ALLAL contra D. JUAN NICOLÁS LOPRETE TURI, declarando la improcedencia del despido del actor de 31.07.2015, y condeno a D. JUAN NICOLÁS LOPRETE TURI, a estar y pasar por la anterior declaración, y a optar, o bien por la readmisión del actor, con abono de los salarios de tramitación a razón de 75,52 euros diarios, desde la fecha del despido hasta la notificación de esta sentencia, o bien le indemnice en la cuantía de 41.573,76 euros.

Se condena igualmente a la demandada D. JUAN NICOLÁS LOPRETE TURI, al abono de las costas a la parte actora, por un importe de 300 euros.

Notifíquese esta resolución a las partes haciéndoles saber que contra la misma cabe interponer recurso de suplicación ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Baleares, anunciándolo ante este Juzgado por comparecencia o por escrito en el plazo de los cinco días hábiles siguientes al de la notificación del presente fallo.

Y para que sirva de notificación en legal forma a JUAN NICOLAS LOPRETE TURI , en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Provincia de las Islas Baleares.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la Oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.

En IBIZA/EIVISSA, a veintisiete de Mayo de dos mil dieciséis.

EL/LA LETRADO DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA