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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

AYUNTAMIENTO DE SANT LLORENÇ DES CARDASSAR

Núm. 6848
Bases reguladoras de las ayudas para animales de compañia del municipio de Sant Llorenç des Cardassar

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

En sesión ordinaria celebrada el día 2 de junio de 2016, la Junta de Gobierno del Ayuntamiento de Sant Llorenç des Cardassar ha aprobado las bases reguladoras de ayudas para animales de compañía.

De acuerdo con el artículo 9.3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, por medio del presente Edicto se publican las bases referidas.

 

BASES REGULADORAS DE LAS AYUDAS PARA ANIMALES DE COMPAÑÍA DEL MUNICIPIO DE SANT LLORENÇ DES CARDASSAR

1. Objeto

El objeto de estas bases es la regulación de unas ayudas que consisten en las siguientes actuaciones:

- Administrar la vacuna antirrábica y la colocación del microchip a los perros,

- Someter al proceso de esterilización a los felinos, de los propietarios empadronados en el municipio de Sant Llorenç des Cardassar.

Para esta finalidad existe crédito adecuado y suficiente para otorgar ayudas a los primeros 100 animales que lo soliciten.

2. Normativa reguladora

La normativa municipal reguladora es la Ordenanza municipal que regula la tenencia de animales en el entorno humano (BOIB núm. 127 14 de septiembre de 2013)

3. Beneficiarios

Pueden ser beneficiarios de estas ayudas las personas físicas que cumplan los requisitos:

  • Estar empadronado y residir en el término de Sant Llorenç des Cardassar.
  • Tener perros bajo su tutela
  • Estar al corriente de las obligaciones fiscales con el Ayuntamiento de Sant Llorenç des Cardassar.

4. Solicitud y documentación

Las personas interesadas que cumplan los requisitos que determinan estas bases deben presentar la solicitud, de acuerdo con el modelo adjunto como anexo 1.

5. Plazo y lugar de presentación de las solicitudes

Las solicitudes de ayuda se dirigirán al departamento de Medio Ambiente del Ayuntamiento de Sant Llorenç des Cardassar y deben presentarse en el Registro General Municipal del Ayuntamiento o en las delegaciones de Son Carrió y de Sa Coma o en cualquiera de los lugares previstos en el apartado 4 del artículo 38 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre.

El plazo de presentación de solicitudes es a partir de la fecha de publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de las Islas Baleares y hasta que se agoten las ayudas.

6. Órganos competentes para iniciar, instruir y resolver el procedimiento

La iniciación del procedimiento de concesión de ayudas se produce de oficio, mediante Resolución del Alcalde de aprobación de estas bases, que luego serán publicadas en el tablón de anuncios del Ayuntamiento.

Se creará una comisión de seguimiento de las ayudas integrada por el interventor, Antoni Crespí Serra, el policía local, Guillem Galmés Riera y la técnica de Medio Ambiente, Juana Cardell Vich. A la comisión le corresponde examinar las solicitudes presentadas y las comunicaciones emitidas por los veterinarios y emitir el informe que debe servir de base para elaborar la propuesta de resolución por parte del concejal de Medio Ambiente, Mateu Frau Barceló, de acuerdo con los criterios de valoración y los requisitos establecidos en estas Bases.

El importe de las ayudas será:

- 23 € por cada perro que se tenga que poner vacuna y microchip.

- 10 € por cada gato macho que deba someterse a esterilización.

- 20 € por cada gato hembra que deba someterse a esterilización.

Cada persona física podrá solicitar un máximo de 3 ayudas para tres individuos caninos diferentes.

En cualquier caso, la Comisión de seguimiento puede realizar cuantas actuaciones considere necesarias para la determinación, conocimiento y comprobación de los datos en virtud de los cuales deba pronunciarse la resolución y solicitar todos los informes y la documentación que considere pertinentes para resolver.

Una vez evaluadas las solicitudes, a la vista del informe correspondiente, el concejal de Medio Ambiente formulará la correspondiente propuesta de resolución al Alcalde o la Junta de Gobierno.

El plazo máximo para resolver es de quince días desde el día siguiente a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes.

7. Procedimiento

Los beneficiarios de las ayudas recibirán una comunicación con la Resolución de Alcaldía que determinará el otorgamiento o no de la ayuda. Con esta documentación, el beneficiario podrá dirigirse a los siguientes veterinarios para que pongan la vacuna antirrábica y el microchip a su perro y tendrá de plazo hasta el 1 de octubre de 2016. Los veterinarios colaboradores son:

  • Joan Gili Pascual, Núm. Colegiado: 376, DNI: 43041428X, responsable de la Clínica Veterinaria Juan Gili, ubicada en la Avda. Costa y Llobera, 15 (Artà) Teléfono: 971 835 889

  • Francisco Javier Crende Casanegra, Núm. Colegiado: 422, DNI: 43.113.552-Y, responsable de la Clínica Veterinaria Sa Coma, ubicada en la Avda. Palmeres 155 Sa Coma, teléfono 971 81 27 44/609 977 471

  • Hans Georg Schimming, Núm. Colegiado: 663, DNI X3600359P, responsable de la clínica veterinaria GEORG SCHIMMING HANS, ubicada en la Avda. Bon Temps S / N (Cala Millor), teléfono 650 87 00 82

Dado el acuerdo de fecha 15 de julio de 2015 de los tres veterinarios antes mencionados en el que se fija una cuantía máxima de

  • 48 € por vacuna y microchip,
  • 25 € por esterilización de los gatos machos,
  • 45 € por esterilización de los gatos hembras,

Dada la ayuda otorgada por parte del Ayuntamiento de 23 € / unidad canina, el beneficiario deberá pagar en cada caso los siguientes importes:

  • 25 € / unidad canina al veterinario.
  • 15 € / unidad para esterilización de los gatos machos
  • 25 € / unidad para esterilización de los gatos hembras.

Una vez finalizado el periodo establecido para la vacuna y microchip, los veterinarios dispondrán de 15 días naturales para comunicar al Ayuntamiento el número de perros y gatos intervenidos.

Una vez comunicado y revisado por la comisión de seguimiento, el Ayuntamiento ingresará a cada veterinario los siguientes importes:

  • 23 € / unidad canina intervenida por cada uno de los veterinarios.
  • 10 € por cada gato macho intervenido.
  • 20 € por cada gato hembra intervenida.
 

Segundo.- Proceder a la convocatoria del procedimiento para la presentación de solicitudes relativas a las presentes subvenciones, y a dicho efecto exponer este acuerdo en el Boletín Oficial de las Islas Baleares y en la página web y tablón de anuncios del Ayuntamiento.

 

Sant Llorenç des Cardassar, 9 de junio de 2016

El alcalde,
Mateu Puigròs Sureda