Torna

BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

CONSEJERÍA DE INNOVACIÓN, INVESTIGACIÓN Y TURISMO

Núm. 6748
Adenda al convenio de colaboración de 13 de agosto de 2009, suscrito entre el Instituto de Turismo de España y la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, en materia de Turismo

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

En Madrid, a 29 de abril de 2016

REUNIDOS

De una parte, Doña Isabel María Borrego Cortes, Secretaria de Estado de Turismo, nombrada por Real Decreto 2008/2011, de 30 de diciembre, (Boletín Oficial del Estado de 31 de diciembre), actuando en virtud de la Orden IET/556/2012, de 15 de marzo, por la que se delega la competencia que para la suscripción de convenios corresponde al titular del departamento, y de conformidad con el artículo 6 del Real Decreto 344/2012, de 10 de febrero, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Industria, Energía y Turismo, en la redacción dada al mismo por el Real Decreto 425/2013, de 14 de junio.

Y de otra, D. Gabriel Barceló i Milta, Vicepresidente y Consejero de Innovación, Investigación y Turismo del Gobierno de las Illes Balears, nombrado por Decreto 9/2015, de 2 de julio, de la Presidenta de las Illes Balears, actuando en nombre y representación de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, en el ejercicio de las competencias que le atribuye el artículo 11.c) en relación con el artículo 80.2 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de Régimen Jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, y el Decreto 25/2003, de 24 de noviembre del Presidente de las Illes Balears por el que se delega en los titulares de las consejerías la firma de los convenios que se formalicen con la Administración General del Estado y suscriban los ministros.

Ambos comparecen en virtud de la representación que ostentan y a tal efecto,

EXPONEN

Primero.- El 13 de agosto de 2009, el Instituto de Turismo de España (TURESPAÑA) y la Comunidad Autónoma de las Illes Balears suscribieron un Convenio de colaboración en materia de turismo, publicado en el BOE de 25 de enero de 2010, cuyo objeto es llevar a cabo “acciones de fomento y desarrollo turístico mediante la realización de actuaciones y obras que se relacionan en el anexo del Convenio orientadas a la reestructuración, modernización y diversificación del sector turístico.” (Cláusula Primera).

Segundo.- En virtud de las cláusulas Tercera, Cuarta y Quinta del mismo, TURESPAÑA transfirió a la Comunidad Balear 30 millones de euros para financiar proyectos en las islas de Mallorca (7,4 millones), Menorca (12 millones), Ibiza (9,1 millones) y Formentera (1,5 millones).

Por lo que respecta a la isla de Mallorca, los proyectos concretos a ejecutar originariamente son los siguientes:

- Adquisición y rehabilitación de Ca´n Weyler, 3.100.000,00.

- Centro Internacional de Fotografía Toni Catany, 4.300.000,00.

Tercero.- Por su parte, los epígrafes 6 y 7 de la Cláusula Quinta prevén que las actuaciones podrán ser ejecutadas en un plazo tres años y justificadas en un plazo máximo de cuatro años, ambos contados desde la fecha de firma del Convenio.

Mediante Resolución de la Secretaria de Estado de Turismo de fecha 18 de octubre de 2013 se ampliaba el plazo de ejecución y justificación para las actuaciones financiadas en Mallorca con cargo al Convenio de 13 de agosto de 2009, hasta el 31 de diciembre de 2016 y 31 de diciembre de 2017, respectivamente.

Cuarto.- El 3 de diciembre de 2015 se ha firmado un Protocolo de Intenciones entre la Administración General del Estado (Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas) y la Comunidad Autónoma de Illes Balears para el Impulso Financiero de Actuaciones Inversoras.

En el Acuerdo Primero se establece que, a la vista de la situación financiera general de la Comunidad Autónoma, ambos firmantes coinciden en considerar oportuno y adecuado a los intereses generales del Estado y de la Comunidad Autónoma la adaptación de los calendarios previstos de ejecución y/o justificación de los convenios detallados en el Anexo I del citado Protocolo de Intenciones. En el párrafo segundo se establece que “A tal finalidad, se considera conveniente impulsar, en el marco de los procedimientos que resultan aplicables en la gestión económico-financiera de los expedientes de tales convenios, incluyendo sus posibles adendas, las actuaciones necesarias que corresponda a los respectivos ámbitos de gestión de cada Administración para materializar, antes de su vencimiento, una efectiva y razonable ampliación de plazos en los términos descritos en el párrafo anterior, de conformidad con la normativa que resulte de aplicación, incluyendo la normativa que subsidiariamente corresponda en cada caso.”

En el Anexo I del Protocolo de Intenciones de 3 de diciembre de 2015 figura el Convenio Estatutario CIE-5 de 13 de agosto de 2009 (MALLORCA Adquisición y rehabilitación de Ca´n Weyler/Centro Internacional de Fotografía Toni Catany).

Quinto.- Con fecha 17 de noviembre la Directora General de Turismo del Govern de les Illes Balears solicita prórroga de ejecución y justificación de las actuaciones del Convenio de colaboración de 13 de agosto de 2009 (Ca´n Weyler y Toni Catany) hasta el 31 de diciembre de 2018 y 31 de diciembre de 2019, respectivamente.

Sexto.- La presente Adenda ha sido informada favorablemente por el Servicio Jurídico de la Secretaría de Estado de Turismo; informada favorablemente por la Secretaría de Estado de Presupuestos y Gastos, con fecha 29 de febrero de 2016, conforme prevé la Disposición Adicional Primera de la Ley 48/2015, de 29 de octubre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2016, y el artículo 20.3 de la Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera; autorizada provisionalmente su suscripción con fecha 2 de marzo de 2016 por la Secretaría de Estado de Administraciones Públicas (Secretaría General de Coordinación, Autonómica y Local), conforme al Acuerdo del Consejo de Ministros de 2 de marzo de 1990, sobre Convenios de colaboración entre la Administración del Estado y las Comunidades Autónomas (BOE de 16 de marzo de 1990).

En consecuencia, las partes firmantes

ACUERDAN

Uno.- Modificar la Cláusula Decimotercera del Convenio de 13 de agosto de 2009, cuya redacción queda así:

“Vigencia y Duración. El presente Convenio entrará en vigor a partir de la fecha de su firma y mantendrá su vigencia hasta el 31 de diciembre de 2019.”

Dos.- Incorporar al Convenio de 13 de agosto de 2009 una cláusula Adicional con el siguiente contenido: “El plazo establecido para la ejecución de las actuaciones en la isla de Mallorca detalladas en el Anexo de este Convenio será hasta el 31 de diciembre de 2018 y el de justificación hasta el 31 de diciembre de 2019.”

Tres.- La presente Adenda modificativa será publicada en el “Boletín Oficial del Estado” y en el “Boletín Oficial de las Illes Balears”.

Y, en prueba de conformidad las partes suscriben la presente Adenda en el lugar y fecha arriba indicados.

La Secretaria de Estado de Turismo

Fdo.: Isabel Mª Borrego Cortés

El Vicepresidente y Consejero de Innovación, Investigación y Turismo

Gabriel Barceló i Milta