Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
CONSEJO INSULAR DE MALLORCA
DEPARTAMENTO DE ECONOMIA Y HACIENDA
Núm. 6721
Convocatoria de la V Edición de los Premios de Artesanía de Mallorca 2016 y bases que la rigen
BDNS (Identif.): 308552 http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index
El consejero ejecutivo de Economía y Hacienda, el 23 de mayo de 2016, dictó la siguiente resolución:
"Antecedentes
1. El Plan Estratégico de Subvenciones del Consell de Mallorca de 2016 prevé que el Departamento de Economía y Hacienda realice la convocatoria pública de la V edición de los Premios de Artesanía de Mallorca 2016, con el objetivo de dar reconocimiento institucional a aquellos productos y proyectos reconocidos, como excelentes y ejemplares, en el campo de la artesanía, de modo que se fomente su desarrollo y se mejore la competitividad de este sector.
2. El presupuesto de gastos del Consejo de Mallorca para el ejercicio 2016, publicado en el BOIB núm. 187, de 26.12.2015, contempla la realización de la indicada convocatoria pública de premios, con las finalidades definidas en el Plan Estratégico de Subvenciones de 2016.
3. El día 22 de marzo de 2016, la directora insular de Turismo, Promoción Económica y Artesanía ha emitido un informe justificativo sobre la necesidad y la idoneidad de llevar a cabo la indicada convocatoria pública de la V edición de los premios de artesanía de Mallorca 2016, dado que se ajusta plenamente a los fines del Departamento de Economía y Hacienda, y permitirá alcanzar los objetivos definidos en el Plan Estratégico de Subvenciones y en el presupuesto gastos del Consell de Mallorca para el 2016.
4. El día 22 de marzo de 2016, el consejero ejecutivo de Economía y Hacienda ha dictado la resolución de inicio del expediente correspondiente para aprobar las bases y la convocatoria pública de la V Edición de los Premios de Artesanía de 2016.
5. El día 18 de abril de 2016, la Tag de la Dirección Insular de Turismo, Promoción Económica y Artesanía ha emitido informe jurídico favorable sobre los aspectos jurídicos de las bases y la convocatoria pública de los premios que nos ocupan.
6. En el presupuesto de gastos del Consejo de Mallorca de 2016 se ha previsto el crédito adecuado y suficiente para hacer frente al gasto que se deriva de la presente convocatoria de premios, por un importe total de 7.000,00 €, con cargo a la aplicación presupuestaria 70.43900.48100, denominada "Premios, becas de estudio e investigación" (RC núm. 220160003987).
7. La Intervención General del Consejo de Mallorca, el día 12 de mayo de 2016 ha emitido informe de fiscalización de conformidad sobre el presente expediente.
Fundamentos de derecho
1. El artículo 6, letra h) del Decreto de organización del Consejo de Mallorca de 10 de julio de 2015 (BOIB núm. 109 de 07.18.2015), modificado por el Decreto de 9 de marzo de 2016 (BOIB núm. 35 de 17.03.2016) establece que el Departamento de Economía y Hacienda tiene atribuidas las competencias en materia de artesanía, y específicamente, fomentar la competitividad, la capacitación y el desarrollo de las empresas artesanas y crear canales para comercializar la artesanía.
2. El artículo 2, letra g) del Decreto de organización, en relación con la base 23.5 de las de ejecución del presupuesto de gastos vigente del Consejo de Mallorca dispone, entre otros, que los consejeros ejecutivos tienen la competencia para aprobar y resolver las convocatorias de ayudas y subvenciones a particulares o entidades públicas o privadas, así como para autorizar y disponer gastos de cuantía igual o inferior a doscientos cincuenta mil euros (250.000,00 €). Estos preceptos junto con el invocado en el punto anterior determinan que el consejero ejecutivo de Economía y Hacienda es el competente para aprobar las bases y la convocatoria de los premios, así como para autorizar el correspondiente gasto que se deriva.
3. La presente convocatoria se ajusta a la normativa que le es de aplicación, y específicamente, a los preceptos de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones (BOE núm. 176, de 25.07.2006), así como a lo establecido en el Reglamento de subvenciones y ayudas económicas del Consejo de Mallorca, aprobado por el Pleno de 26 de julio de 2001 (BOIB 03.11.2001) y en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común.
4. La convocatoria se adecua a las bases 33, 34, 35.1 y 35.2 de las de ejecución del presupuesto de gastos del Consejo de Mallorca por 2016, relativas a la regulación de la percepción y la justificación de las subvenciones.
Por todo ello, dicto la siguiente
RESOLUCIÓN
1. Aprobar la convocatoria pública de la V Edición de los Premios de Artesanía de Mallorca 2.016.
2. Aprobar las bases que han de regirla, las cuales se adjuntan a la presente resolución.
3. Autorizar un gasto por un importe total de siete mil euros (7.000,00 €), a cargo de la aplicación 70.43900.48100 del vigente presupuesto de gastos del Consell de Mallorca, para llevar a cabo la convocatoria pública de la V edición de los Premios de Artesanía de Mallorca 2016 (RC núm. 220160003987).
4. Ordenar la publicación de las bases y la convocatoria pública de la V Edición de los Premios de Artesanía de Mallorca de 2016 por conducto de la Base de Datos Nacional de Subvenciones.
Contra esta resolución, que no pone fin a la vía administrativa, puede interponerse el recurso de alzada ante la presidencia del Consejo de Mallorca, en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial de las Islas Baleares.
Contra la desestimación expresa de este recurso de alzada se puede interponer el recurso contencioso administrativo ante el Juzgado Contencioso Administrativo de Palma que corresponda, en el plazo de dos meses, contados a partir del día siguiente de recibir la notificación de la desestimación de la dicho recurso de alzada
Si han transcurrido tres meses desde la interposición del recurso de alzada y no habéis recibido la notificación de la resolución expresa, se entenderá desestimada por silencio y puede interponer el recurso contencioso administrativo, ante el Juzgado Contencioso Administrativo de Palma que corresponda en el plazo de seis meses, contados a partir del día siguiente de la desestimación presunta.
No obstante lo anterior, se puede interponer, en su caso, cualquier otro recurso que se estime pertinente. Todo ello de conformidad con la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contenciosa Administrativa, y con la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.”
Palma, 8 de junio de 2016
El secretario técnico de Economía y Hacienda
(por delegación del consejero ejecutivo de Economía y Hacienda,
Resolución de 21 de julio de 2015, BOIB núm. 113, de día 25 de julio)
Joan Ignasi Morey Marquès
CONVOCATORIA Y BASES REGULADORAS DE LA V EDICIÓN DE LOS PREMIOS DE ARTESANÍA DE MALLORCA 2016
El artículo 70.14 del Estatuto de Autonomía de las Islas Baleares establece que la materia de artesanía es una competencia propia de los consejos insulares.
El Departamento de Economía y Hacienda tiene atribuidas las competencias en materia de artesanía, y específicamente, fomentar la competitividad, la capacitación y el desarrollo de las empresas artesanas y crear canales para comercializar la artesanía, de acuerdo con lo dispuesto en artículo 6, letra h) del Decreto de organización del Consejo de Mallorca, de 10 de julio de 2015 (BOIB núm. 109 de 18 de julio de 2015), modificado por el Decreto de 9 de marzo de 2016 (BOIB núm. 35 de 17 de marzo de 2016), en el marco del Decreto 80/2010, de 18 de junio (BOIB núm. 95 de 24 de junio de 2010).
El Plan Estratégico de Subvenciones del Consell de Mallorca para el 2016 prevé que el departamento mencionado lleve a cabo la convocatoria pública de la V Edición de los premios de artesanía de Mallorca de 2016, con el fin de reconocer institucionalmente y poner en valor aquellos productos, proyectos y actuaciones reconocidos, como excelentes y ejemplares, en el campo de la artesanía, de manera que se incentive su desarrollo y se mejore la competitividad de este sector.
El presupuesto de gastos del Consejo de Mallorca, para el ejercicio 2016, publicado en el BOIB núm. 187, de 26 de diciembre de 2015, contempla la realización de la V Edición de los premios de artesanía de Mallorca de 2016 con las finalidades definidas en el Plan Estratégico de Subvenciones del 2016.
El sector artesano de Mallorca incluye un número considerable de oficios y especialidades. La artesanía que se elabora en la isla de Mallorca es de calidad y destaca por su diseño e innovación. Fruto de ello han sido los recientes reconocimientos obtenidos por nuestra artesanía, tanto a nivel nacional como regional.
Por todo lo expuesto, el Departamento de Economía y Hacienda del Consejo de Mallorca, en apoyo a estas nuevas tendencias y de acuerdo con nuestra tradición convoca los "V Premios de Artesanía de Mallorca 2016", para dar soporte institucional a aquellos productos y proyectos reconocidos, como excelentes y ejemplares, en el campo de la artesanía, y de esta manera, impulsar el desarrollo y la competitividad de las pequeñas y medianas empresas artesanas, incentivando la innovación, el diseño y la capacidad de adaptación al mercado.
1. OBJETO
Se convocan los "V Premios de Artesanía de Mallorca 2016", las bases reguladoras de este premio son las que figuran en los apartados siguientes.
2. CREDITO PRESUPUESTARIO
El presupuesto de gastos del Consell de Mallorca para el año 2016 ha asignado la cantidad de 7.000,00 € para llevar a cabo los premios objeto de esta convocatoria, con cargo a la aplicación presupuestaria 70.43900.48100, denominada "Premios, becas de estudio e investigación "
3. CATEGORÍAS, OBJETO, CRITERIOS DE VALORACIÓN Y PREMIOS
Categoría A: Premio Diseño Mallorca 2016: Elaboración de proyectos de artesanía competitivos y originales que estimulen la creatividad y el talento en el campo de la artesanía.
Criterios de Valoración:
-Capacidad de proponer soluciones a necesidades utilitarias y / o estéticas
-Calidad Técnica y formal del proyecto
-Innovación Técnica y / o en materiales
-Utilidad del producto, es decir, que por sus características de alguna manera se intenta hacer la vida del consumidor mejor o más fácil
-Adopción de los criterios de diseño y respeto medioambientales
-Posibilidades o expectativas de producción del objeto, es decir, viabilidad del producto al proceso de fabricación.
-Planteamiento de presentación del producto, embalaje, argumentos del producto, factores que justifiquen el "valor añadido" de los objetos o elementos
-Argumentos de potencialidad de comercialización en el mercado y expectativas de producción
-Viabilidad del proyecto: se valorará especialmente la materialización del proyecto caso de que se haya llevado a cabo.
Premio: 2.000 euros. El ganador deberá ceder al Consejo Insular de Mallorca la propiedad de la pieza premiada. En caso de que las características del producto imposibiliten la donación, se sustituirá por su documentación gráfica y / o visual.
Categoría B: Premio Producto Mallorca 2016: Presentación de un producto o una colección de fabricación artesanal, ya sea de carácter utilitario, decorativo o artístico.
Criterios de Valoración:
-La calidad técnica, formal y de diseño
-La adaptación al mercado y la potencialidad comercial.
-La capacidad para transmitir a la sociedad valores positivos relacionados con la artesanía contribuyendo a su promoción y valorización
-La responsabilidad social y medio ambiental
-La creatividad e innovación aplicadas a los valores conceptuales, formales y técnicos
-La adaptación o reinterpretación de un diseño tradicional en los aspectos formales, funcionales o ambos conjuntamente.
Premio: 2.000 euros. El ganador deberá ceder al Consejo Insular de Mallorca la propiedad de la pieza premiada
Categoría C: Premio Trayectoria Artesana Mallorca 2016: reconocimiento a la obra consolidada y a la trayectoria profesional. La empresa artesana o el artesano debe contar con más de 20 años de experiencia profesional.
Criterios de Valoración:
-Trayectoria
-Calidad técnica y formal
-Utilidades del producto
-Innovación Técnica y en materiales
-Adaptación al mercado
-Compromiso con la artesanía y su difusión
Premio: 1.500 euros. El ganador deberá ceder al Consejo Insular de Mallorca la propiedad de una de las obras incluidas en el dossier. En caso de que las características del producto imposibiliten la donación, se sustituirá por su documentación gráfica y / o visual
Categoría D: Premio Impulso Mallorca 2016: El objeto es incentivar a aquellas personas que intentan abrirse un camino en el sector de la artesanía, potenciar el trabajo de los artesanos y empresas artesanas constituidas recientemente, así como estimular la creatividad de los estudiantes y titulados de escuelas e instituciones educativas del sector que busquen un desarrollo personal y profesional, en el mundo de la artesanía y el diseño.
Criterios de Valoración:
-El proyecto en conjunto que se presente.
-El producto individual
-La calidad técnica y formal
-La innovación en el desarrollo de nuevos productos (materiales, técnicas de producción, tecnologías aplicables, embalajes)
-La adaptación al mercado, es decir, la capacidad de dar soluciones a necesidades utilitarias y / o estéticas
-La presentación del producto, incluyendo los argumentos de comunicación y de promoción.
Premio: 1.500 €. El ganador deberá ceder al Consejo Insular de Mallorca la propiedad de la pieza premiada. En caso de que las características del producto imposibiliten la donación, se sustituirá por su documentación gráfica y / o visual.
4. REQUISITOS DE LAS OBRAS
Las obras y / o proyectos presentados, excepto las de la categoría C, premio "Trayectoria Artesana", deberán cumplir los siguientes requisitos:
a. Las obras y / o proyectos deben haber sido hechos, en los dos últimos años desde la publicación de esta convocatoria
b. Las obras y / o proyectos no deben estar firmadas, ni deben llevar ningún signo identificativo. Lo podrán hacer una vez finalizado el concurso.
c. Las obras y / o proyectos deben ser piezas y / o proyectos únicos y no pueden haber sido premiados en otros concursos anteriores
d. Las dimensiones de las obras planas presentadas no pueden exceder de 120 x 120 x 5 cm., Y si son tridimensionales, no deben exceder de 80 x 80 x 80 cm; asimismo el peso de las mismas no será superior a 25 KG.
e. Las obras y / o proyectos deberán estar debidamente embalados.
f. Los gastos de transporte, tanto en la presentación como en la devolución, correrán a cargo de los concursantes. El Consejo Insular de Mallorca no se hace responsable de fracturas, pérdidas, desperfectos o daños de las piezas y / o proyectos durante el desarrollo del concurso, ni de las producidas por motivos del transporte.
5. REQUISITOS LOS CANDIDATOS
a. Personas físicas o jurídicas con domicilio fiscal, sucursal, delegación o establecimiento en la isla de Mallorca.
b. Estar en posesión de la carta de artesano, maestro artesano, maestro artesano honorífico, documento de calificación artesanal en vigor, y excepcionalmente, aunque no tengan estos distintivos, podrán tener la condición de candidatos de la convocatoria si disponen del documento administrativo que acredite la condición de "pendiente visita", expedido antes de la entrada en vigor de la presente convocatoria.
Se exceptúa de este requisito, en su caso, a los participantes en la categoría D "Premio Impulso"
c. Certificado acreditativo del alta en el IAE del año en curso y / o en el Régimen de la Seguridad Social, en su caso.
d. En la categoría C "Premio Trayectoria" el candidato puede presentar su propia candidatura, o bien, puede ser propuesto por las personas y / o entidades: un Ayuntamiento (hay que aportar certificado del acuerdo del Pleno, en este sentido), una asociación y / o cooperativa que cuente entre sus asociados, con un mínimo de 5 maestros artesanos o artesanos (hay que aportar certificado del acuerdo del correspondientes órgano de gobierno, en este sentido y acreditar la condición de artesanos de al menos 5 de sus asociados), y un grupo formado por al menos 5 maestros artesanos, artesanos o empresas de calificación artesanal, (en este último caso, se debe presentar un escrito o documento firmado por los miembros del grupo, en el sentido de avalar la candidatura y justificar que al menos 5 de sus miembros disponen de las correspondientes acreditaciones artesanas.)
e. Asimismo, en la categoría C "Premio Trayectoria" se deberá acreditar que el candidato cuenta con más de 20 años de experiencia profesional
6. PLAZO Y LUGAR DE PRESENTACIÓN DE LAS SOLICITUDES
1. El plazo de presentación de las solicitudes y toda la documentación será hasta el día 15 de julio de 2016 (incluido), a contar desde el día siguiente de la publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial de las Islas Baleares.
2. Las instancias se presentarán dentro del plazo establecido, en cualquier terminal del Registro General del Consejo Insular de Mallorca (plaza del Hospital, 4, Palacio Real, 1, General Riera, 111, y General Riera, 113), y se dirigirán a la Dirección Insular de Turismo, Promoción Económica y Artesanía (Sección de Artesanía) del Departamento de Economía y Hacienda del Consejo de Mallorca
3. Asimismo, también se podrán presentar en cualquier otro punto, de conformidad con lo establecido en el apartado 4 del artículo 38 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común. Cuando las solicitudes se presenten en lugares diferentes a las oficinas del Registro General del Consejo Insular de Mallorca, se comunicará esta circunstancia a la Dirección Insular de Turismo, Promoción Económica y Artesanía, en el mismo día, mediante fax (971 219788) o por e-mail a la dirección electrónica siguiente: artesania@conselldemallorca.net, con el objeto de que el órgano instructor tenga conocimiento de la presentación de la solicitud
4. A los efectos de determinar la fecha de la presentación, en la solicitud deberá figurar el sello de entrada en la oficina del registro correspondiente.
7. FORMALITZACIÓ DE LAS SOLICITUDES Y DOCUMENTACIÓN
Las solicitudes acompañadas de la obra debidamente embalada o del proyecto, en su caso, deben presentarse respetando estrictamente las normas referentes al anonimato de los concursantes, excepto para el caso del Premio Trayectoria Artesana, en lo que no es aplicable este requisito de anonimato.
Se debe presentar la documentación requerida en dos sobres (A y B) cerrados y separados:
SOBRE A
Figurará la inscripción "V EDICIÓN PREMIOS DE ARTESANÍA DE MALLORCA 2016", la categoría a la que se presenta, el seudónimo y el título de la obra y / o proyecto. Este sobre contendrá, en formato digital (CD) la siguiente documentación:
1. Para la categoría A, se presentará un dossier explicativo con suficientes fotografías y / o dibujos ejemplificativos, una memoria detallada del proyecto (descriptiva y conceptual), ficha técnica (peso, medidas, técnica de producción, materiales, etc. ), intencionalidad, fondos de inspiración y en su caso, una maqueta o similar, así como cualquier otra información que pueda ser necesaria para que el jurado entienda y comprenda el proyecto que se presenta. Las fotografías deberán tener una resolución mínima de 300 ppp y un tamaño mínimo de 10 x10 cm. El soporte digital de las fotografías deben ser en formato jpg. y caso de presentar una maqueta no podrá exceder los 25 kg de peso ni de un metro cúbico.
2. Para las candidaturas a las categorías B y D: Ficha técnica del producto o colección: título, peso, medidas, técnica de producción, materiales empleados, fondos de inspiración. Memoria descriptiva y gráfica del proceso productivo y memoria conceptual. Además, un mínimo de tres fotografías de la pieza presentada, con una resolución mínima de 300 ppp y un tamaño mínimo de 10 x 10cm. En soporte digital, las fotografías deben ser en formato jpg
3. Para las candidaturas a la categoría C, premio Trayectoria Artesana, un completo dossier explicativo justificativo de la propuesta y, en su caso, imágenes de un mínimo de 15 piezas con una resolución mínima de 300 ppp y un tamaño mínimo de 10cm x10 cm. En soporte digital las fotografías deben ser en formato .jpg
SOBRE B
Figurará la inscripción "V EDICIÓN PREMIOS DE ARTESANÍA DE MALLORCA 2016", la categoría a la que se presenta, el seudónimo y el título de la obra. Este sobre debe contener:
1. Solicitud de participación con el seudónimo y título de la obra, junto con los datos identificativos del candidato (véase el anexo I).
2. Currículum o historia de la empresa.
3.Declaración responsable ante autoridad administrativa de no incurrir en ninguna de las prohibiciones establecidas en los apartados 2 y 3 del artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones (véase el anexo II)
4. Declaración jurada y firmada por la persona interesada, que acredite que la obra o proyecto es de su autoría y que no ha sido premiado en ningún concurso (véase el anexo II).
5. Certificado bancario de la libreta o cuenta corriente de la entidad, donde debe constar el sello de la entidad bancaria en la que se debe hacer, en su caso, el pago del premio (véase el anexo III)
6. Fotocopia del DNI, CIF o NIF, según corresponda.
7. Fotocopia de la carta de artesano, maestro artesano, maestro artesano honorífico o documento de calificación artesanal, según corresponda, o excepcionalmente el documento administrativo que acredite la condición de "pendiente visita", expedido antes de la entrada en vigor de esta convocatoria.
8. Fotocopia de la escritura constitución y / o estatutos de la entidad, y / o alta del IAE, si procede.
9. Certificado expedido por la Tesorería General de la Seguridad Social que acredite que la entidad solicitante está al corriente de las obligaciones con la Seguridad Social o autorización expresa para que el Consejo Insular de Mallorca lo pueda pedir telemáticamente en su lugar (ver anexo V)
10. Certificado de la Agencia Tributaria (AEAT) de estar al corriente de las obligaciones tributarias, o autorización expresa para que el Consejo de Mallorca lo pueda pedir telemáticamente en su lugar (ver anexo IV).
11. En caso de presentar candidatura para la Categoría C, deben acreditarse un mínimo de 20 años de experiencia profesional del candidato y presentar, según el caso, bien un certificado del acuerdo del Pleno del Ayuntamiento, en el sentido de proponer la candidatura, bien, un certificado del correspondiente órgano de gobierno de la asociación i/o cooperativa, en el sentido de aprobar la candidatura y acreditar la condición de artesanos, de al menos 5 de sus asociados, o bien , un escrito o documento firmado por los miembros del grupo en el sentido de avalar la candidatura y justificar que al menos 5 de sus miembros disponen de las correspondientes acreditaciones artesanas.
12. En caso de presentar candidatura para la Categoría D "Premio Impulso" se debe acreditar que se es alumno de la Escuela Oficial de Diseño o de otros centros de formación, relativa a oficios artesanos, o bien, que ha estado matriculado en los centros mencionados en los dos años anteriores.
La instrucción del expediente administrativo de esta convocatoria corresponde a la Secretaría Técnica del Departamento de Economía y Hacienda que realizará de oficio todas las actuaciones necesarias para la determinación, conocimiento y comprobación de los datos, en virtud de las cuales, se resolverá la V edición de los premios de Artesanía de Mallorca.
El órgano instructor pedirá de oficio el certificado de estar al corriente de las obligaciones tributarias con el Consejo Insular de Mallorca, así como, que no es deudor por un procedimiento de reintegro con el Consejo de Mallorca
Si la solicitud o la documentación fueran incorrectas o incompletas, el órgano instructor requerirá a los interesados, la rectificación o la mejora de la documentación presentada. Si en el plazo de diez días hábiles, contados desde el día siguiente a la recepción del requerimiento de enmienda de la solicitud, el interesado no hace la rectificación o no presenta la documentación requerida, se entenderá que ha desistido de la petición, de conformidad con el artículo 71.1 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común y el artículo 71 del Real decreto 887/2006, de 21 de julio , por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre General de Subvenciones.
8. JURADO CALIFICADOR
Existirá un único jurado para todos los premios con la siguiente composición:
Presidencia:
Vocales
Secretaría
El jurado se reunirá el día 21 de septiembre de 2016
La secretaría del jurado levanta acta de las reuniones, y tiene voz pero no voto. En todo caso, el régimen jurídico del jurado se ajusta a las normas y contenidos del capítulo II del título II de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
El día del veredicto, el jurado elige por mayoría simple la candidatura galardonada para cada premio. En caso de empate, decidirá el voto de la presidenta.
El jurado puede declarar desiertos los premios, si considera que las candidaturas presentadas no reúnen los méritos suficientes.
El jurado puede cambiar la categoría de una obra si considera, previa motivación, que el interesado no lo ha presentado en la adecuada.
El órgano instructor elevará como propuesta de la Dirección Insular de Turismo, Promoción Económica y Artesanía, el veredicto del jurado para dictar, en su caso, la correspondiente Resolución que especificará nombre, apellido y DNI del ganador de cada una de las categorías, título de las obras ganadoras y el importe económico de cada una de las categorías de los premios. La resolución del concurso se publicará en el BOIB.
9. EXPOSICIÓN
Las obras que se presenten se podrán exponer en el espacio habilitado al efecto por el Departamento de Economía y Hacienda.
El Departamento de Economía y Hacienda podrá confeccionar un catálogo en el que figuren, las obras seleccionadas, así como, los datos y nombre de cada autor, sin necesidad de requerir autorización específica.
El Departamento de Economía y Hacienda, no se hace responsable del posible deterioro o pérdida que puedan sufrir las obras, desde que el concursante las deposita hasta que las retira.
10. ABONO DE LOS PREMIOS
Los premios se adjudican tras la decisión del jurado.
La resolución del concurso juntamente con el acta del jurado tendrán todos los efectos administrativos en cuanto a la justificación de los premios, junto con la documentación que a continuación se indica:
-Certificado Expedido por la Tesorería General de la Seguridad Social que acredite que el candidato está al corriente de sus obligaciones con la Seguridad Social.
-Certificado de la Agencia Tributaria (AEAT) que acredite que el candidato está al corriente de sus obligaciones tributarias con la AEAT.
El órgano instructor pedirá de oficio el certificado de estar al corriente de las obligaciones tributarias con el Consejo Insular de Mallorca y que no es deudor por un procedimiento de reintegro con el Consejo de Mallorca
La resolución de la concesión de los premios se publicará en el BOIB
11. OBLIGACIONES
Presentar la solicitud, implica que el participante acepta estas bases reguladoras, así como las normas complementarias que se puedan dictar para desplegarlas
Es obligatorio para presentarse a las categorías A, B y D, presentar la obra físicamente al concurso, la cual permanecerá custodiada en las dependencias del Consejo Insular de Mallorca.
Los gastos de transporte son a cargo del autor.
Los participantes deben pasar a recoger las obras presentadas en la Sección de Artesanía. En el caso de los no premiados, la recogida se llevará a cabo una vez finalizada la exposición, en su caso, y de lo contrario, en el plazo máximo de un mes desde la publicación en el BOIB del premio. Los gastos de transporte de la obra serán a cargo del autor.
El incumplimiento, la inexactitud, la omisión o el falseamiento de las obligaciones establecidas en estas bases, dará lugar a la pérdida de los beneficios de los premios otorgados, sin perjuicio de otras responsabilidades, además del reintegro regulado en el artículo 37 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre General de Subvenciones, así como la imposibilidad de participar en la siguiente convocatoria y otras actividades artesanas programadas por el Consejo Insular de Mallorca.
El beneficiario deberá acreditar, antes de la propuesta definitiva de adjudicación, y en el momento del pago de los premios que se encuentra al corriente de sus obligaciones tributarias con la Agencia Tributaria, la Seguridad Social y el Consejo Insular de Mallorca, así como que no es deudor por un procedimiento de reintegro de subvenciones, con el Consejo de Mallorca el órgano instructor solicitará de oficio el certificado de estar al corriente de las obligaciones tributarias con el Consejo de Mallorca y que no es deudor por un procedimiento de reintegro con el Consejo de Mallorca
El beneficiario debe cumplir los requisitos del artículo 14 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre General de Subvenciones y del artículo 10 del Reglamento de subvenciones y ayudas económicas del CIM, aprobado por el Pleno de día 26-06-2001.
12. PUBLICACIÓN DE LA CONVOCATORIA
La convocatoria se publica en el BOIB, se expone en el tablón de anuncios del Consejo Insular de Mallorca (c / Palau Reial, 1. Palma) y se cuelga en la página web del Consejo de Mallorca, www.conselldemallorca.net
13 COMUNICACIÓN DE DATOS A LA BASE DE DATOS NACIONAL DE SUBVENCIONES
El Consejo de Mallorca, en cumplimiento de lo previsto en los artículos 17, 18 y 20 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones remitirá a la base de datos nacional de subvenciones información de esta convocatoria y de las resoluciones de concesión que se deriven y se publicará en el BOIB por conducto de esta base de datos.
14. FISCALIZACIÓN PREVIA
La aprobación de la convocatoria y la adjudicación de los premios se someterán a la fiscalización previa de la Intervención General del Consejo Insular de Mallorca
15. RECURSOS
Contra la resolución de la presente convocatoria, que no pone fin a la vía administrativa, se puede interponer directamente el recurso de alzada ante la Presidencia del Consejo de Mallorca, en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente de publicarse en el Boletín Oficial de las Islas Baleares.
Contra la desestimación expresa del recurso de alzada, se puede interponer el recurso contencioso administrativo, en el plazo de dos meses, contados a partir del día siguiente de recibir la notificación de la desestimación del mencionado recurso
Contra la desestimación por silencio del recurso de alzada, se puede interponer el recurso contencioso administrativo, en el plazo de seis meses, a partir del día siguiente de la desestimación presunta (tres meses desde la interposición del recurso sin que se n ' haya notificado la resolución). No obstante lo anterior, se puede ejercitar, en su caso, cualquier otro recurso que estime pertinente. Todo ello de conformidad con la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contenciosa administrativa, y de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común.
ANEXO I (SOLICITUD)
SOLICITUD DE PARTICIPACIÓN EN LA V EDICIÓN DE LOS PREMIOS DE ARTESANÍA DE MALLORCA 2016
DATOS DE LA PERSONA SOLICITANTE
Nombre y apellidos / Nombre o razón social:
DNI / CIF:
Domicilio (para notificaciones):
Calle o plaza: Nº: Piso:
Localidad: CP:
Teléfono de persona de contacto: Fax:
Correo electrónico:
DATOS DEL REPRESENTANTE LEGAL / PERSONA AUTORIZADA
Nombre y apellidos:
DNI / NIE:
Teléfono:
Represento la entidad solicitante en calidad de:
DECLARO BAJO MI RESPONSABILIDAD
1) Que conozco la Convocatoria Pública del Consejo Insular de Mallorca de la V edición de los Premios de Artesanía de Mallorca para el año 2016;
2) Que acepto lo previsto en sus bases y estoy de acuerdo;
3) Que adjunto la documentación exigida.
Y por todo ello,
SOLICITO
Participar en la modalidad (indicar con una X la modalidad del premio al que desea concursar. Sólo puede presentar una solicitud por modalidad):
( )Categoría A: Premio Diseño Mallorca 2016
( )Categoría B: Premio Producto Mallorca 2016
( )Categoría C: Premio Trayectoria Artesana Mallorca 2016
( )Categoría D: Premio Impulso Mallorca 2016
Indicar el seudónimo: _________________________________________________
Indicar el título de la obra: ________________________________________________
CLÁUSULA INFORMATIVA SOBRE LOS DATOS DE CARÁCTER PERSONAL
1. Los datos contenidos en la solicitud de admisión, la documentación que se adjunta o la documentación que se genera a partir de esta convocatoria se incorporan en un fichero de datos personales, inscrito en la Agencia Española de Protección de Datos, del que es responsable el Consejo Insular de Mallorca. Este archivo sirve, por un lado, para conceder las subvenciones previstas en esta convocatoria para alcanzar los objetivos y las finalidades recogidos en la base primera y, por otro, en su caso, para llevar a cabo la tramitación de los expedientes sancionadores por haber -se cometido las infracciones recogidas en la normativa de subvenciones.
2. Cesiones de los datos previstos: las publicaciones previstas en la convocatoria (BOIB, tablón de anuncios del Centro Cultural la Misericordia, página web del Consejo Insular de Mallorca www.conselldemallorca.net); según lo previsto en el artículo 59.6 b) de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, del régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común; los interesados en los términos previstos en la Ley 30/1992; ya la Intervención General del Estado en los términos previstos en el artículo 20 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, básica de subvenciones.
3. El órgano administrativo ante el que puede ejercitar, en su caso, los derechos de acceso, rectificación, cancelación, oposición y los otros que reconozca la ley orgánica mencionada es la Secretaría Técnica del Departamento de Economía y Hacienda del Consejo Insular de Mallorca (C/ Palau Reial,1. 07001. Palma).
(Rúbrica)
_________________________, _______ de ____________________ de 2016
DEPARTAMENTO DE ECONOMÍA Y HACIENDA
ANEXO II (DECLARACIÓN RESPONSABLE)
DECLARACIÓN RESPONSABLE DE NO INCURRIR EN NINGUNA DE LAS PROHIBICIONES LEGALMENTE ESTABLECIDAS PARA OBTENER LA CONDICIÓN BENEFICIARIA DEL PREMIO
DATOS DE LA PERSONA SOLICITANTE
Nombre y apellidos / Nombre o razón social:
DNI / CIF:
Domicilio (para notificaciones):
Calle o plaza: Nº .: Piso:
Localidad: CP:
Teléfono de persona de contacto: Fax:
Correo electrónico:
DATOS DEL REPRESENTANTE LEGAL / PERSONA AUTORIZADA (SI PROCEDE)
Nombre y apellidos:
DNI / NIE:
Teléfono:
Represento la entidad solicitante en calidad de:
DECLARO
bajo mi responsabilidad, para que el órgano que concede el premio tenga conocimiento:
A.Que no incurro en ninguna de las prohibiciones establecidas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, General de Subvenciones.
B. Que la obra o pieza denominada ____________________________________ presentada en la V Edición de los Premios de Artesanía de Mallorca 2016, organizado por la Sección de Artesanía del Departamento de Economía y Hacienda del Consejo Insular de Mallorca, es única, de autoría propia y no ha sido premiada o galardonada en ningún otro concurso o premio.
Y, para que conste, lo firmo.
La persona solicitante El secretario técnico del
(Rúbrica) Departamento de Economía y Hacienda
_______________________
(Nombre y apellidos) Joan Ignasi Morey Marquès
________________________, _______ de ____________________ de 2016
DEPARTAMENTO DE ECONOMÍA Y HACIENDA
ANEXO III
(SOLICITUD DE TRANSFERENCIA BANCARIA PARA PAGOS)
DATOS DEL PERCEPTOR:
N.I.F. PERCEPTOR |
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APELLIDOS I NOMBRE / RAZÓN SOCIAL |
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DIRECCIÓN |
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LOCALIDAD |
C.POSTAL |
PROVÍNCIA |
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TELÉFONO |
FAX |
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DATOS BANCARIOS:
ENTIDAD BANCARIA / SUCURSAL |
BIC |
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IBAN |
BANCO |
OFICINA |
NÚMERO DE CUENTA |
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Bajo mi responsabilidad declaro que estos datos corresponden a la C/C o a la libreta abierta a mi nombre.
Palma, a
CERTIFICADO DE CONFORMIDAD
DE LA ENTIDAD BANCARIA
Estos datos coinciden con las
que constan en esta oficina.
El Director / El Delegado El Perceptor
Firmado: ..........................
(Sello de la Entidad Bancaria)
De acuerdo con lo dispuesto en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de protección de datos de carácter personal BOE num. 298, de 14 de diciembre), los datos facilitados en este documento se incorporan en ficheros propiedad del Consejo Insular de Mallorca. El órgano administrativo ante el que se pueden ejercitar los derechos de acceso, rectificación, cancelación, oposición y otros que reconozca la Ley, es la Secretaría Técnica del Departamento de Economía y Hacienda de la Corporación.
ANEXO IV (AUTORIZACIÓN AEAT)
AUTORIZACIÓN DE LA ENTIDAD BENEFICIARIA DE UN PREMIO PARA QUE EL CONSEJO DE MALLORCA, MEDIANTE EL DEPARTAMENTO DE ECONOMÍA Y HACIENDA, PUEDA SOLICITAR A LA AGENCIA TRIBUTARIA LOS CERTIFICADOS ADECUADOS SOBRE EL CUMPLIMIENTO DE SUS OBLIGACIONES TRIBUTARIAS
(Este anexo es voluntario, la autorización es revocable y sólo hace referencia al premio de la convocatoria que recoge)
DATOS DE LA PERSONA SOLICITANTE
Nombre y apellidos / Nombre o razón social:
DNI / CIF:
Domicilio (para notificaciones):
Calle o plaza: Nº .: Piso:
Localidad: CP:
Teléfono de persona de contacto: Fax:
Correo electrónico:
DATOS DEL REPRESENTANTE LEGAL / PERSONA AUTORIZADA (SI PROCEDE)
Nombre y apellidos:
DNI / NIE:
Teléfono:
Represento la entidad solicitante en calidad de:
AUTORIZO:
Si la entidad mencionada debe ser beneficiaria de un Premio en el seno de la V edición de los Premios de Artesanía de Mallorca del año 2016, que el Consejo Insular de Mallorca, mediante el Departamento de Economía y Hacienda, solicite a la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT) los certificados adecuados sobre el cumplimiento, por parte de esta entidad, de las obligaciones tributarias que le corresponden.
Esta autorización se otorga para obtener la condición de beneficiario de una subvención (artículo 14.1e) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, BOE núm.276, de 18/11/2003) y de recibir, en su caso, el pago de la subvención correspondiente (artículo 34.5 del mismo texto legal), de acuerdo con lo establecido en el artículo 95.1 k) de la Ley 58/2003, General Tributaria, que permite, previa autorización de la persona física o jurídica interesada, la cesión de los datos tributarios que precisen las administraciones públicas para llevar a cabo sus funciones.
Nota: Esta autorización que otorga la persona firmante se puede revocar en cualquier momento, mediante escrito dirigido al Departamento de Economía y Hacienda (Servicio Jurídico Administrativo) de la persona que ocupa la presidencia de la entidad o de la persona autorizada.
(Firma)
_________________________ , _______ de ____________________ de 2016
DEPARTAMENTO DE ECONOMÍA Y HACIENDA
ANEXO V - AUTORIZACIÓN SEGURIDAD SOCIAL –
AUTORIZACIÓN DE LA ENTIDAD BENEFICIARIA DE UN PREMIO PARA QUE EL CONSEJO INSULAR DE MALLORCA, MEDIANTE EL DEPARTAMENTO DE ECONOMÍA Y HACIENDA PUEDA SOLICITAR LA TESORERÍA DE LA SEGURIDAD SOCIAL EL CERTIFICADO ADECUADO DE ESTAR AL CORRIENTE DE LAS OBLIGACIONES CON LA SEGURIDAD SOCIAL.
(Este anexo es voluntario, la autorización es revocable y sólo hace referencia al premio de la convocatoria que recoge)
DATOS DE LA PERSONA SOLICITANTE
Nombre y Apellidos / Nombre o razón social:
DNI / CIF:
Domicilio (a efectos de notificaciones):
Calle o plaza: Nº: Piso:
Localidad: CP:
Teléfono de persona de contacto: Fax:
Correo electrónico:
DATOS DEL REPRESENTANTE LEGAL / PERSONA AUTORIZADA (SI PROCEDE)
Nombre y apellidos:
DNI / NIE:
Teléfono:
Represento la entidad solicitante en calidad de:
AUTORIZO:
Si la entidad mencionada debe ser beneficiaria de un Premio en el seno de la V edición de los Premios de Artesanía de Mallorca para el año 2016; que el Consejo Insular de Mallorca, mediante el Departamento de Economía y Hacienda, solicite a la tesorería de la Tesorería General de la Seguridad Social los certificados adecuados sobre el cumplimiento, por parte de esta entidad, de las obligaciones que le corresponden.
Esta autorización se otorga a los efectos de obtener la condición de beneficiario de una subvención (artículo 14.1e) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, BOE núm.276, de 18/11/2003 ) y de recibir, en su caso, el pago de la subvención correspondiente (artículo 34.5 del mismo texto legal), de acuerdo con lo establecido en la normativa vigente, que permite, previa autorización de la persona física o jurídica interesada, la cesión de las datos que necesiten las administraciones públicas para llevar a cabo el desarrollo de sus funciones.
(Nota: Esta autorización que otorga la persona firmante se puede revocar en cualquier momento, mediante escrito dirigido al Departamento de Economía y Hacienda (Servicio Jurídico Administrativo) de la persona que ocupa la presidencia de la entidad o de la persona autorizada.)
(Firma)
________________________, _______ de ____________________ de 2016
DEPARTAMENTO DE ECONOMÍA Y HACIENDA