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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección V. Anuncios

Subsección segunda. Otros anuncios oficiales

AYUNTAMIENTO DE ES CASTELL

Núm. 6679
Anuncio Resoluciones imponiendo sanción y emisión de liquidación denuncias de circulación

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

Primero.- En cumplimiento de lo previsto en el art. 77.3 de la Ley de Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial (LSV) se hace pública la resolución imponiendo sanción y emisión de liquidación de los expedientes sancionadores que se indican, a las personas o entidades que a continuación se relacionan, ya que, la notificación a pesar de su intento, no se ha podido llevar a cabo en su domicilio. Este edicto se mantendrá expuesto en el tablón de anuncios de este Ayuntamiento durante 15 días a partir del día siguiente al de su publicación. Una vez transcurrido este período, las resoluciones se entenderán notificadas.

Segundo.- Contra la presente resolución los interesados podrán interponer recurso potestativo de reposición en el plazo de 1 mes, contado a partir del día siguiente de la finalización del plazo de publicación de este edicto, o bien recurso Contencioso Administrativo ante el correspondiente juzgado Contencioso Administrativo en el plazo de 2 meses siguientes a esta publicación. En el caso de interponer recurso de reposición, no se podrá interponer el recurso Contencioso Administrativo hasta que sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del recurso de reposición interpuesto.

Tercero: liquidación:

Lugar para efectuar el pago: Oficina de Recaudación, Pl. Mercat s/n 07720 Es Castell, o mediante ingreso en el Banco Mare Nostrum, SA - BMN, núm. de cuenta IBAN:ES83-0487-2048-03-2000003361 indicando el numero de expediente que figura en la presente notificación., y nombre de la persona denunciada o matricula del vehículo.

Pago en periodo voluntario: (Art. 62 Ley General Tributaria de 17/12/2003:

- Si la notificación. de la liquidación se realiza entre los das 1 y 15 de cada mes, desde la fecha de recepción de la notificación. hasta el da 20 del mes posterior o, si este no fuese hábil, hasta el inmediato hábil siguiente.

- Si la notificación. de la liquidación se realiza entre los das 16 y último de cada mes, desde la fecha de recepción de la notificación. hasta el da 5 del segundo mes posterior o, si este no fuese hábil hasta el inmediato hábil siguiente.

Periodo ejecutivo y recargos: (Arts. 161 y 28 de la Ley General Tributaria de 17/12/2003): En el caso de las deudas liquidadas por la Administración tributaria, el período ejecutivo se inicia cuando finalizados los plazos señalados anteriormente no se hubiese satisfecho la deuda. El recargo del período ejecutivo ser el establecido en el art. 28 de la Ley General Tributaria.

Intereses de demora: (Art. 72 del Reglamento General de Recaudación): El vencimiento del plazo de ingreso en periodo voluntario, determinar el coste de intereses de demora, hasta la fecha de ingreso de la deuda tributaria, sin perjuicio de lo establecido en el apartado 5 del art. 28 de la Ley General Tributaria.

Devoluciones en caso de autoliquidaciones: Para proceder a la devolución de las cantidades ingresadas indebidamente como consecuencia de la autoliquidación, el interesado deber de presentar en la oficina liquidadora del impuesto, el original de la carta de pago. Una vez cumplimentado dicho requisito recibir aviso de la Tesorera Municipal para el cobro de la cantidad objeto de devolución.

Cuarto.- Informando igualmente al/la interesado/a de su derecho a acogerse de forma voluntaria a la sustitución del pago de la multa mediante la realización de servicios en beneficio de la comunidad, siempre que reúna los requisitos establecidos en el articulo 3 de la Ordenanza Municipal de sustitución de sanciones económicas por la realización de servicios en beneficio de la comunidad y lo solicite, en todo caso, dentro del plazo de 15 días hábiles a contar desde el día siguiente al de la notificación de este edicto.

Expediente

DNI

Matrícula

Fecha de

Resolució

Articulo

Infringido

Sanción

302/15

(datos personales ocultos)

(datos personales ocultos)

10/03/2016

ART.94 RD 1428/2003

200,00 €

305/15

(datos personales ocultos)

(datos personales ocultos)

10/03/2016

ART.91 RD 1428/2003

200,00 €

316/15

(datos personales ocultos)

(datos personales ocultos)

10/03/2016

ART.94 RD 1428/2003

200,00 €

325/15

(datos personales ocultos)

(datos personales ocultos)

10/03/2016

ART.129 RD 1428/2003

200,00 €

328/15

(datos personales ocultos)

(datos personales ocultos)

10/03/16

ART.171 RD 1428/2003

80,00€

333/15

(datos personales ocultos)

(datos personales ocultos)

10/03/2016

ART.171 RD 1428/2003

80,00 €

344/15

(datos personales ocultos)

(datos personales ocultos)

10/03/2016

ART.94 RD 1428/2003

80,00 €

347/15

(datos personales ocultos)

(datos personales ocultos)

10/03/2016

ART.154 RD

1428/2003

200,00 €

348/15

(datos personales ocultos)

(datos personales ocultos)

10/03/2016

ART.121 RD

1428/2003

80,00 €

349/15

(datos personales ocultos)

(datos personales ocultos)

10/03/2016

ART.94 RD

1428/2003

200,00 €

350/15

(datos personales ocultos)

(datos personales ocultos)

10/03/2016

ART.121 RD

1428/2003

80,00 €

353/15

(datos personales ocultos)

(datos personales ocultos)

10/03/2016

ART.94 RD

1428/2003

200,00 €

364/15

(datos personales ocultos)

(datos personales ocultos)

10/03/2016

ART.94 RD

1428/2003

200,00 €

Los expedientes se encuentran a disposición de los interesados en el departamento de multas del Ayuntamiento des Castell, Plaça esplanada, 5 y pueden ser consultados en horario de 8:30 a 14 horas de lunes a viernes en días laborables.

 

Es Castell, 2 de juny de 2016

El alcalde
José Luis Camps Pons.