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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección V. Anuncios

Subsección segunda. Otros anuncios oficiales

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y UNIVERSIDAD

Núm. 6388
Extracto de la resolución del consejero de Educación y Universidad de 28 de abril de 2016 por la cual se convocan ayudas individualizadas de comedor para los alumnos que cursan estudios en los centros docentes no universitarios durante el curso escolar 2016-2017

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

Código identificación BDNS

305160

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/20013, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos nacional de Subvenciones (http://pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index):

Primero. Beneficiarios.

Alumnos escolarizados en un centro docente público no universitario o en un centro privado concertado en el segundo ciclo de educación infantil, primaria o secundaria durante el curso escolar 2016-2017 y ser usuario del servicio de comedor o tener plaza reservada para el curso 2016-2017.

Estos alumnos deben cumplir los siguientes requisitos:

  1. Beneficiarios directos:
  • Alumnos en situación de acogida.
  • Alumnos víctimas de violencia de género.
  • Alumnos que tengan la condición de refugiados.
  1. Beneficiarios por baremo:
  • Alumnos con condiciones económicas o sociofamiliares desfavorables.
  • Alumnos en los que concurra una de las siguientes condiciones de desplazamiento:
    • Utilizar los servicios de transporte escolar de la Consejería.
    • Tener la residencia a más de tres kilómetros del centro escolar, siempre que se trate de centros con jornada partida.

Segundo. Objeto.

Financiar parte del coste del servicio de comedor escolar.

Tercero. Bases reguladoras.

Orden de la consejera de Educación y Cultura, de 1 de julio de 2009, por la cual se establecen las bases reguladoras de las subvenciones en materia de educación y cultura, publicada en el Boletín Oficial de las Illes Balears núm. 100, de 11 de julio de 2009.

Cuarto. Cuantía.

El importe máximo de la convocatoria es de 400.000 euros para el año 2016 y de 1.100.000,00 euros para el año 2017. La cuantía de la ayuda asignada a cada beneficiario dependerá del tipo de ayuda y puntuación obtenida en la valoración de solicitudes.

Las cuantías son las siguientes:

  1. Beneficiarios directos:
    • 70% del coste medio del comedor (740 euros)
  2. Por motivos socioeconómicos:
    • 70% del coste medio del comedor (740 euros)
    • 50% del coste medio del comedor (528 euros)
    • 30% del coste medio del comedor (317 euros)
  3. Por motivos de desplazamiento:
    • 50% del coste medio del comedor (528 euros)
    • 30% del coste medio del comedor (317 euros)

Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.

Entre el 9 y el 23 de mayo.

 

Palma, 28 de abril de 2016

El consejero de Educación y Universidad
Martí X. March Cerdà