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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección II. Autoridades y personal

Subsección primera. Nombramientos, situaciones e incidencias

AYUNTAMIENTO DE PALMA DE MALLORCA

Núm. 6270
Departamento de Personal. Servicio de Selección i Provisión. Nombramiento directora general de Comercio

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Texto

Mediante acuerdo de la Junta de Gobierno de fecha 18 de mayo de 2016 se acordó lo siguiente:

PRIMERO.- Por Acuerdo de Junta de Gobierno de 24 de junio de 2015, se procedió a la creación de los puestos de trabajo de órganos directivos, Coordinadores/as generales y Directores/as generales de cada Área o Regiduría, entre ellos se encontraba el de puesto de director/a general de Turismo y Comercio. Vista la petición efectuada por la coordinación general de Alcaldía mediante la cual se solicita la modificación de la denominación de dicho puesto, se procederá a la misma, pasando a denominarse director/a de Comercio.

 SEGUNDO.- Nombrar a la Sra. Josefa Peláez Gallego, directora general de Comercio.

 TERCERO.- La jornada laboral será de 40 horas semanales y las retribuciones a percibir son las determinadas en el vigente Presupuesto de Gastos para los Directores y Coordinadores generales.

CUARTO.- Para garantizar el funcionamiento de la Administración Municipal, todos los Coordinadores/as y Directores/as Generales nombrados por parte de la Junta de Gobierno continuarán en su puesto de trabajo a pesar de haber expirado el mandato de la Corporación, no produciéndose su cese de forma automática, sin perjuicio de la decisión que pueda tomar con posterioridad la nueva Junta de Gobierno.

QUINTO.- Notificar el presente acuerdo al órgano directivo municipal relacionado anteriormente, así como a la concejalía del Área y publicar el presente Acuerdo en el Boletín Oficial de las Islas Baleares.

SEXTO.- El presente nombramiento será efectivo una vez la persona interesada haya tomado posesión del cargo ante la regidora de Función Pública y haya presentado la declaración responsable de idoneidad ante el Servicio de selección y provisión, así como la declaración responsable de bienes y actividades ante la Secretaría general del Pleno.

Contra este acuerdo, que agota la vía administrativa, se podrá interponer por parte de les personas interesadas recurso de reposición en el plazo de un mes ante el mismo órgano que lo ha dictado, de acuerdo con el artículo 116 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común. En caso de no interponer el recurso potestativo de reposición se podrá interponer directamente recurso contencioso administrativo, según el artículo antes mencionado y los 45 y siguientes de la Ley 29/98, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contenciosa administrativa, ante el Juzgado Contencioso Administrativo, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente de la publicación en el Boletín Oficial de les Illes Balears.

  

Palma, 30 de mayo de 2016

 

El jefe del Departamento de Personal

p.d. Decreto de alcaldía núm. 1629, de 04/02/2016 (BOIB núm. 18 de 06/02/2016)

Joan Miquel Escales Vidal