Torna

BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

CONSEJERÍA DE TRANSPARENCIA, CULTURA Y DEPORTES

Núm. 6412
Resolución de denegación de subvenciones 6/2016 al amparo de la Resolución de la Consejera de Participación, Transparencia y Cultura de 17 de noviembre de 2015 por la cual se convocan ayudas a los deportistas y a los clubes deportivos de las Islas Baleares para facilitar el transporte del material deportivo entre las islas de la comunidad autónoma, a la península, las Islas Canarias, Ceuta y Melilla para asistir a las competiciones oficiales de los diferentes calendarios federativos del año 2016 (BOIB núm. 188, de 29 de diciembre de 2015)

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

Hechos

1. Las persones y las entidades que figuran en el anexo 1 de esta Resolución han presentado a la Consejería de Transparencia, Cultura y Deportes una solicitud de subvención para facilitarles el transporte del material deportivo entre las islas de la comunidad autónoma, a la Península, las Islas Canarias, Ceuta y Melilla para asistir a las competiciones oficiales de los diferentes calendarios federativos del año 2016.

2. El Servicio de Administración Deportiva de la Dirección General de Deportes y Juventud ha examinado las solicitudes y no está conforme  la concesión de la subvención, por los motivos que se especifican en el anexo 1 de esta Resolución. 

Fundamentos de derecho

1. El artículo 21.4 del Decreto Legislativo 2/2005, de 28 de diciembre, por el cual se aprueba el texto refundido de la Ley de subvenciones (BOIB núm. 196, de 31 de diciembre de 2005), dispone que la resolución, que finaliza el procedimiento de concesión de subvenciones, se ha de notificar individualmente o mediante publicación en el BOIB, de acuerdo con lo que se dispone en la convocatoria.

2. La Orden del Consejero de Turismo y Deportes de 18 de diciembre de 2012 por la cual se establecen las bases reguladoras para conceder subvenciones en materia de deportes (BOIB núm. 2, de 3 de enero de 2013). 

3. El apartado 6.5 de la Resolución de la Consejera de Participación, Turismo y Cultura de 17 de noviembre de 2015 (BOIB núm. 188, de 29 de diciembre de 2015) dispone que la resolución expresa de la Consejera de Participación, Transparencia y Cultura finaliza el procedimiento de concesión de subvención. La resolución colectiva se publicará en el Boletín Oficial de las Islas Baleares en el plazo de seis meses desde la finalización del período de presentación de solicitudes.

4. La propuesta de resolución de denegación de ayudas de la Dirección General de   Deportes y Juventud de 4 de mayo de 2016.  

Por todo lo expuesto, dicto la siguiente

Resolución

1. Denegar la concesión de una subvención, para facilitar el desplazamiento de material deportivo entre las islas de la comunidad autónoma, a la península, las Islas Canarias, Ceuta y Melilla para poder asistir a las competiciones oficiales de los diferentes calendarios federativos, a las personas o entidades que figuran en el anexo 1 de esta Resolución (con los nº de expediente 51/2016/ME, 59/2016/ME y 63/2016/ME ), por los motivos que igualmente figuran en el anexo 1.

2. Ordenar la publicación de esta Resolución en el BOIB.  

Interposición de recursos

Contra esta Resolución – que pone fin a la vía administrativa – se puede interponer un recurso potestativo de reposición ante la Consejera de Transparencia, Cultura y Deportes en el plazo de un mes a partir del día siguiente de su publicación, de acuerdo con el artículo 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, y con el artículo 57 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares.

También se puede interponer directamente un recurso contencioso administrativo ante la Sala Contenciosa Administrativa del Tribunal Superior de Justicia de las Islas Baleares en el plazo de dos meses desde el día siguiente a la publicación de esta Resolución, de acuerdo con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contenciosa administrativa.

 

Palma, 27 de mayo de 2016

El secretario general

Xavier-Lluís Bacigalupe i Blanco

Resolución de la consejera de Transparencia, Cultura y Deportes

de delegación de competencias y firma

(BOIB núm. 55, de 03.05.2016)

  

 

ANEXO 1 

EXPEDIENTES DENEGADOS

Nº Exp

Sol·licitant

Esport

Competició

Fecha  inicio competición

Fecha fin  competición

Importe  solicitado

Motivo

51/2016/ME

Ignasi Borrás Tudurí

Hípica

Campionat Reunió Premium Premi Vincennes Trot - Palma

17/02/2016

17/02/2016

270,44 €

No presentar la documentación requerida en el plazo establecido

59/2016/ME

Gerard Fernández Moll

Ciclismo

XXI BTT Puig d'Inca - Inca

12/03/2016

12/03/2016

36,30 €

No presentar la documentación requerida en el plazo establecido

63/2016/ME

Gerard Fernández Moll

Ciclismo

Campionat de Menorca de Muntanya - Ciutadella

19/02/2016

29/032016

36,30 €

No presentar la documentación requerida en el plazo establecido