Sección IV. Procedimientos judiciales
JUZGADOS DE MANACOR
JUZGADO DE INSTRUCCIÓN NÚM. 2 DE MANACOR
Núm. 5979
Familia guarda custodia alimentos hijos menores no matrimonio no consensuado 39/2015
En el presente procedimiento seguido a instancia de DENNISS JOHANA MEDRANO VELASCO frente a MIGUEL NAVARRO PEREZ se ha dictado sentencia, cuyo tenor literal es el siguiente:
SENTENCIA: 00005/2016
En Manacor, a 5 de abril de 2016.
Vistos por Dña. Clara Rodríguez Nieto, Magistrado del Juzgado de Instrucción nº 2 de Manacor, los presentes autos seguidos en este juzgado con el número 39/16, relativos a guarda, custodia y alimentos, en el que ha sido parte demandante DÑA. DENNISS JOHANA MEDRANO VELASCO, representada por la Procuradora Dña. Francisca Riera y asistida por el Letrado D. Javier Vidal Jordi; y parte demandada D. MIGUEL ÁNGEL NAVARRO PÉREZ, procedo a dictar, en nombre de S. M. El Rey, la siguiente sentencia.
FALLO
Que, con ESTIMACIÓN ÍNTEGRA de la demanda promovida por la Procuradora de los Tribunales Dña. Francisca Riera, en nombre y representación de Dña. Denniss Johana Medrano Velasco, contra D. Miguel Ángel Navarro Pérez, he de acordar y acuerdo las siguientes medidas:
1.- Atribución de la guarda y custodia de Adrián David a Dña. Denniss Johana Medrano Velasco, manteniendo la patria potestad compartida.
2.- Establecimiento de un régimen de visitas a favor del progenitor no custodio, consistente en que D. Miguel Ángel tenga a su hijo Adrián David en su compañía los sábados y domingos alternos, desde las 10.00 horas a las 20.00 horas, sin pernoctas.
3.- Fijación de una pensión de alimentos a cargo de D. Miguel Ángel Navarro Pérez y a favor del menor Adrián David, de 150 euros al mes, cantidad periódicamente actualizable según los incrementos que experimente el IPC publicado por el INE u organismo que lo sustituya, a pagar por D. Miguel Ángel en los primeros cinco días del mes, en la cuenta que designe Dña. Denniss a tal efecto.
Respecto a los gastos extraordinarios del menor, deberán ser abonados al cincuenta por ciento por ambos progenitores.
No procede expresa imposición de costas.
Notifíquese esta resolución a las partes y al Ministerio Fiscal, haciéndoseles saber que frente a la misma puede interponer recurso de APELACIÓN en el plazo de 20 DÍAS desde su notificación.
Así lo acuerda, manda y firma, Dña. Clara Rodríguez Nieto, Magistrado del Juzgado de Instrucción nº 2 de Manacor, doy fe.
FIRMA MAGISTRADO FIRMA LETRADO DE LA ADMON DE JUSTICIA
Y encontrándose dicho demandado, MIGUEL NAVARRO PEREZ, en paradero desconocido, se expide el presente a fin de que sirva de notificación en forma al mismo.
MANACOR a dieciocho de Mayo de dos mil dieciséis.
EL LETRADO DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA