Torna

BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección V. Anuncios

Subsección segunda. Otros anuncios oficiales

AYUNTAMIENTO DE SÓLLER

Núm. 6136
Aprobación inicial de la modificación de la Ordenanza reguladora de la tasa por puestos, barracas, casetas de venta, espectáculos o atracciones situados en terreno de uso público

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

El Ayuntamiento en Pleno, en sesión extraordinaria de 17 de mayo de 2016, adoptó, entre otros, el siguiente acuerdo:

“Aprobación inicial de la modificación de la Ordenanza reguladora de la tasa por puestos, barracas, casetas de venta, espectáculos o atracciones situados en terreno de uso público”.

Visto el expediente 2/2016 de Propuesta de modificación de la Ordenanza reguladora de la tasa por puestos, barracas, casetas de venta, espectáculos o atracciones situados en terreno de uso público.,de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 105 y 106 de la Ley 7/1985 de 2 de abril Reguladora de las Bases de régimen local, y de conformidad con los artículos 56 en adelante del Real Decreto Legislativo 2/2004 de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.

Vistos los informes que figuran al expediente de la Intervención y de la Asesoría Jurídica, la Corporación,por mayoría absoluta, y en votación ordinaria ACUERDA:

Primer.- Aprobar provisionalmente la Ordenanza Fiscal reguladora de la tasa para puestos, barracas, casetas de venta, espectáculos o atracciones situados en terrenos de uso público, vista la modificación de la tarifa segunda que se relaciona en el anexo adjunto.

Segundo.- Proceder al trámite de información pública y audiencia a los interesados por un periodo de 30 días para la presentación de reclamaciones, mediante la publicación de un extracto de la misma en el Boletín Oficial de las Islas Baleares, en el tablón de anuncios del Ayuntamiento y en un periódico de máxima difusión de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares.

Tercero.- Finalizado el periodo de exposición pública y en el caso de que no existan reclamaciones, se entenderá definitivamente aprobado el acuerdo provisional.

Cuarto.- Una vez aprobado definitivamente, se procederá a la publicación íntegra del texto de la Ordenanza en el BOIB, requisito necesario para su entrada en vigor.

Quinto.- Comunicar el presente acuerdo a los negociados afectados.

 

Sóller, 23 de mayo de 2016

 

El Alcalde,

Jaume Servera Servera

   

14-T

ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA TASA POR PUESTOS, BARRACAS, CASETAS DE VENTA, ESPECTÀCULOS O ATRACCIONES SITUADOS EN TERRENO DE USO PÚBLICO.

TARIFA SEGUNDA: MERCADOS OCASIONALES

1.- Licencia anual para la ocupación de terrenos con puestos de venta/casetas/paradas de cualquier clase de productos (puestos de utensilios, baratijas, vestidos, animales, frutos secos, dulces...etc.).

Para cada metro cuadrado o fracción al año:

   

CATEGORÍAS DE CALLES

TARIFA

CALLES DE CATEGORÍA ESPECIAL (Avenida Jeroni Estades, Plaza del Mercat, Avenida Cristòfol Colom, Plaza Constitució y Plaza Espanya)

65,52€ por metro cuadrado al año

CALLES DE CATEGORIA ESPECIAL (Calle Antoni Montis)

54,6€ por metro cuadrado al año

CALLES DE SEGUNDA CATEGORIA (Calle Palou, Calle Romaguera)

56,78€ por metro cuadrado al año

2.- La incorporación de nuevos mercados dentro del termino municipal se regirán por los siguientes parámetros:

VALOR BÁSICO POR USO DE SUELO PÚBLICO PERA EL EJERCICIO DE ACTIVIDADES COMERCIALES:

0,56 € el metro cuadrado y día

COEFICIENTES CORRECTORES DE CALLES:

Calle de categoría especial: 1,5

Calles de 1ª categoría: 1,4

Calles de 2ª categoría: 1,3

Calles de 3ª categoría: 1

FACTOR DE PONDERACIÓN SEGÚN EL TIPO DE APROVECHAMIENTO DEL SUELO PÚBLICO:

Actividad con ánimo de lucro, demanda extraordinaria: 1,5

Actividad con ánimo de lucro, demanda notable: 1,25

Actividad con ánimo de lucro, aprovechamiento comercial normal: 1

Actividad sin ánimo de lucro: 0,2

La cuota de la tasa a satisfacer por metro cuadrado y día sería el resultado del producto del valor básico por uso de suelo público por el coeficiente corrector de calles y por el factor de ponderación según el tipo de aprovechamiento de suelo público.

Nota: La tarifa por día se multiplicará por 52 (semanas al año) para determinar la licencia anual.