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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, AGRICULTURA Y PESCA

Núm. 6124
Anuncio del Acuerdo del Pleno de la Comisión de Medio Ambiente de las Illes Balears sobre el proyecto de construcción de camping en la finca Son Aparets Vives, Ciutadella, promovido por Finca Son Aparets SRM. (30514/12)

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Texto

En relación con el asunto de referencia, y de acuerdo con el artículo 37 de la Ley 11/2006, de 14 de septiembre, de evaluación de impacto ambiental y evaluación ambiental estratégica, se publica el Acuerdo del Pleno de la CMAIB, en sesión de 5 de mayo de 2016,

"CONSIDERANDO

1. Que se trata de la construcción de instalaciones de un nuevo camping y actividades complementarias en la finca rústica Son Aparets de 37,9 ha de superficie, situada cerca de la urbanización de Son Xoriguer al sur del término municipal de Ciutadella. La capacidad máxima prevista es de 1.500 plazas.

2. Que el proyecto prevé la construcción de zonas de acceso y de aparcamiento, de edificios y exteriores (recepción, vestuarios, restaurantes, de mantenimiento de las instalaciones, etc.), de zona deportiva (piscina, pistas de tenis y de paddle, etc.), de zona de acampada libre, de zona de tiendas de campaña y de "mobile hombres", de zona verde e instalaciones auxiliares agrícolas y de ocio. La superficie total de ocupación será de unos 230.000 m2.

3. Que según el PTI de Menorca el proyecto se desarrolla en suelo rústico común clasificado como AIA. La zona presenta vulnerabilidad a la contaminación de acuíferos alta y se encuentra en su totalidad en dos perímetros de restricciones moderadas y parcialmente afectada por dos perímetros de restricciones máximas de dos pozos de abastecimiento urbano. Además la finca se localiza en una masa de agua subterránea declarada como vulnerable a la contaminación por nitratos de origen agrario mediante Decreto 116/2010, de 19 de noviembre, de determinación y delimitación de zonas vulnerables por contaminación de nitratos procedentes de fuentes agrarias y su programa de seguimiento y control de dominio público hidráulico.

4. Que se ha pedido consulta a las administraciones públicas presumiblemente afectadas por el proyecto y se han recibido los siguientes informes: el Servicio de Estudios y Planificación de la Dirección General de Recursos Hídricos, el Ayuntamiento de Ciutadella, la Dirección Insular de Economía, Medio Ambiente y Caza del CIMe, la Dirección Insular de Turismo del CIMe y el Departamento de Patrimonio Histórico del CIMe.

5. Que el informe de la Dirección Insular de Turismo indica que la Ley 8/2012, de 19 de julio, del turismo de las Illes Balears establece que sólo se permiten mantener los campings existentes y no se permite inscribir la actividad de camping como actividad de alojamiento turístico ni sus nuevas plazas.

6. Que el informe de la Dirección Insular de Economía, Medio Ambiente y Caza indica que se trata de una zona de potencial agrícola, y que en todo caso, más que una zona en proceso de abandono, se trata de una zona donde existe la voluntad de no continuar explotando.

7. Que se ha realizado la información pública del proyecto y se han recibido tres alegaciones donde incide entre otros aspectos en las grandes dimensiones del proyecto, que la instalación supone la creación de un nuevo núcleo de población en Menorca, el consumo de agua y electricidad y la gestión de las aguas residuales.

8. El proyecto supondrá el aumento de la presión turística y poblacional de la zona durante la temporada alta en 1.500 habitantes lo que implicará un impacto significativo en el consumo energético y de agua y en la gestión de residuos sólidos y de aguas residuales.

9. Que el proyecto implicará un fuerte impacto paisajístico y de ocupación del territorio ya que supone la alteración de más de 23 hectáreas de suelo actualmente rústico para otros usos como el turístico, el deportivo o el de aparcamiento.

10. Que la finca de Son Aparets Vives está situada en una zona arqueológica con elementos del patrimonio histórico y cultural, destacando la presencia de un talayot y un asentamiento talayótico catalogados como Bienes de interés cultural (BIC).

11. Que las actuaciones que se llevarán a cabo pueden afectar el suministro de agua de la zona ya que se encuentra en zona de vulnerabilidad a la contaminación de acuíferos alta y en dos perímetros de restricciones moderadas y parcialmente afectada por dos perímetros de restricciones máximas de pozos de abastecimiento urbano. Además la finca se localiza en una masa de agua subterránea declarada como vulnerable a la contaminación por nitratos de origen agrario.

12. Que la gestión de las aguas residuales supone la creación de una red de alcantarillado en suelo rústico implicando una afección complementaria al proyecto de unos 1.420 metros lineales por el hecho de tener que conectar las instalaciones al alcantarillado de la urbanización de Son Xoriguer.

13. Que no existen garantías de la capacidad de la EDAR de Ciutadella Sur para gestionar el volumen de aguas residuales que generará el proyecto en las épocas de máxima ocupación.

14. Que el proyecto incorpora una gran zona de estacionamiento en suelo rústico para 150 vehículos, que, a pesar de que su uso principal es el de dar cabida a los usuarios de la instalación, puede suponer un aumento de la presión turística en la zona del Arenal de Son Saura, clasificada como Red Natura 2000 y ANEI.

ACUERDA

informar desfavorablemente desde el punto de vista ambiental el Proyecto camping en la finca de Son Aparets, TM Ciutadella. "

 

Palma, 13 de mayo de 2016

 

El presidente de la CMAIB

Antoni Alorda Vilarrubias