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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección I. Disposiciones generales

AYUNTAMIENTO DE POLLENÇA

Núm. 5989
Aprobación definitiva de la ordenanza reguladora del precio público para la asistencia a las actuaciones del Festival de Pollensa

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Texto

A efectos de lo dispuesto en el artículo 70 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, se publica el texto íntegro de la Ordenanza reguladora del precio público para la asistencia a las actuaciones del Festival de Pollença, aprobada en sesión plenaria de 31 de marzo de 2016.

Artículo 1.- Establecimiento

El Ayuntamiento de Pollença, haciendo uso de las facultades que a este efecto le confiere el RDL 2/2004 que aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales (TRLRHL), y de conformidad con lo estipulado en el art. 41 y siguientes del TRLRHL, establece un precio público para la asistencia a las actuaciones que se lleven a cabo con motivo de la celebración del Festival de Pollença en el Claustro de Santo Domingo o en otros recintos si razones climatológicas lo aconsejan. 

Artículo 2.- Obligación de pago

1. – La obligación de pago de este precio público nace con la adquisición o reserva de las localidades para asistir a los conciertos y actuaciones incluidos en el programa del Festival de Pollença. 

2. - Están obligadas a efectuar este pago las personas físicas que accedan a los conciertos y espectáculos antes mencionados. 

Artículo 3.- Devolución

1. El importe pagado por las entradas únicamente podrá ser objeto de devolución en el caso de que no se lleven a cabo los conciertos programados por causas únicamente imputables a la administración. 

2. Se entenderá causa imputable al Ayuntamiento la originada exclusivamente por voluntad municipal que no venga motivada, promovida, ocasionada o provocada por actuaciones, hechos, obras, conductas o comportamientos de los interesados. 

3. - Igualmente las personas obligadas al pago tendrán derecho a la devolución del importe del precio público cuando la prestación del servicio no se haya podido celebrar por causas climatológicas. 

Artículo 4.- Tarifas

El precio público que regula esta ordenanza se aplicará de conformidad a las tarifas siguientes:

TARIFAS ZONA A

TARIFAS ZONA B

TARIFAS ZONA C

CONCIERTOS CATEGORÍA 1

35€

30€

24€

CONCIERTOS CATEGORÍA 2

30€

25€

20€

CONCIERTOS CATEGORÍA 3

25€

20€

16€

Los importes señalados son con IVA incluido. 

Artículo 5.-Reducciones

A) Se aplicarán las siguientes reducciones de las tarifas: 

  • Titulares del Carnet Joven...............................................................25%
  • Menores de 14 años..........................................................................50%
  • Residentes en el municipio de Pollença...........................................25%
  • Personas en situación de desempleo de larga duración....................25%
  • Alumnos y profesores de la Escuela de Música de Pollença y los integrantes de la Banda de Música.......................25%

Los beneficiarios deberán presentar el correspondiente documento acreditativo. Las personas en situación de desempleo presentarán la tarjeta o un certificado del SOIB o del organismo equivalente que acredite su condición. 

B) El Ayuntamiento de Pollença pondrá a la venta ABONOS para la asistencia a los conciertos del Festival de Pollença; el importe del abono resultará de aplicar las reducciones siguientes a los precios de los conciertos:

- Abonos de 2 a 3 conciertos............... reducción del 15%

- Abonos de 4 a 5 conciertos…........... reducción del 20%

- Abonos de 6 o más conciertos…....... reducción del 30% 

Las reducciones no son acumulables.

Artículo 6.-

De conformidad con lo previsto en el artículo 47.1 TRLRHL, en relación con el artículo 23.2.b) de la Ley 7/1985 Reguladora de las Bases de Régimen Local, se delega a la Junta de Gobierno la fijación o modificación de la cuantía de los precios públicos. 

Disposición final. Aprobación y vigencia

La presente ordenanza entrará en vigor después de su aprobación definitiva y una vez se haya publicado su texto íntegro en el Boletín Oficial de las Illes Balears, de acuerdo con lo establecido en el artículo 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, y se mantendrá vigente hasta su modificación o derogación expresa.

Disposición derogatoria

Queda derogada la Ordenanza reguladora del precio público para a la asistencia a las actuaciones del Festival de Pollença publicada en el BOIB núm. 90 de 3 de julio de 2014.

   

Pollença, a 20 de mayo de 2016 

El Alcalde
Miquel Àngel March Cerdà