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AYUNTAMIENTO DE ALAIOR
Núm. 5835
Extracto de la Resolución de concejalía de fecha 13 de mayo de 2016 por la que se modifican las Bases para la concesión de ayudas económicas individuales, temporales y de emergencia social para el año 2016 enmarcados en el convenio entre el Consejo Insular y los Ayuntamientos de Menorca
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3. y 20.8 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria, texto completo de la cual, se puede consultar en la base de datos nacional de subvenciones (http: // www .pap.minhap.gob.es / bdnstrans / index):
Primero. Objeto de la convocatoria: El objeto de estas ayudas es apoyar y respuesta a una situación de necesidad de un / a ciudadano / a o de una familia. La solicitud debe formar parte de un plan de intervención mediante el cual la ayuda pueda evitar un retroceso en los objetivos conseguidos o una pérdida grave de la calidad de vida de los miembros del núcleo familiar.
Segundo. Beneficiarios: Personas empadronadas en el municipio de Alaior, mayores de edad o bien menores con cargas familiares y que no dispongan de ingresos para atender la situación de necesidad o de emergencia. No podrán obtener la condición de beneficiarias si se encuentran en la situación prevista en el artículo 13.2 de la Ley 38/2003, del 17 de noviembre, General de Subvenciones.
Tercero. Bases reguladoras: Bases de la convocatoria de para la concesión de ayudas económicas individuales, temporales y de emergencia social para el año 2016 enmarcados en el convenio entre el Consejo Insular y los Ayuntamientos de Menorca.
http://alaior.sedelectronica.es/admissible/6fddbfa8-5f77-41c2-8ebe-c6a366e60372
Cuarto. Crédito: El crédito para esta convocatoria es de 23.837,64 euros.
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes: hasta el 31 de diciembre de 2016
Sexto. Cuantía: Dependiendo de las condiciones específicas según el tipo de ayuda.
Séptimo. solicitud
a) Solicitud debidamente cumplimentada y firmada.
b) DNI del solicitante o de su representante.
c) Justificación de los ingresos o las rentas de la unidad familiar del peticionario, o en su caso de su declaración de la renta.
d) Fotocopia libro de familia, en caso de unidades familiares de más de un miembro.
e) Certificado de la condición de discapacidad, en su caso, expedida por la Administración autonómica competente.
f) Cuando corresponda, declaración jurada de estar al corriente del pago de las obligaciones con la hacienda del Estado y con la CAIB y, en su caso, también con la Seguridad Social.
g) Hoja de datos bancarios.
h) Declaración responsable de no estar sometido a ninguna de las circunstancias que determinan la imposibilidad de obtener la condición de beneficiario recogidas en el artículo 13.2 de la Ley 38/2003, de 17de noviembre, general de subvenciones, publicada en el BOE Núm. 276 de 18 de noviembre de 2003.
i) Cualquier otra documentación que ayude a valorar la situación de la persona o la unidad familiar que solicita la ayuda.
Alaior 19 de mayo de 2016
La alcaldesa
Misericordia Sugrañes Barenys