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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

AYUNTAMIENTO DE ES MERCADAL

Núm. 5749
Convocatoria y bases de dos plazas en el espacio Coworking de Es Mercadal del 2016

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

Desde la Alcaldía del Ayuntamiento de Es Mercadal, día 11 de mayo de 2016 se ha dictado la siguiente resolución:

“En fecha 6 de mayo de 2016, la Concejalía de Innovación presenta una propuesta para la convocatoria de dos plazas de Coworking de Es Mercadal del 2016.

A causa que el Ayuntamiento de Es Mercadal hace unos años que abrió un espacio para acoger emprendedores en régimen de coworking i que la Fundación La Caixa ha aportado la cantidad necesaria para dotar de forma gratuita dos plazas en este espacio.

De acuerdo con las anteriores consideraciones, haciendo uso de las atribuciones que me han sido conferidas,

RESUELVO:

1º.-  Aprobar las bases que regulan las condiciones que tendrán que cumplir las personas que  quieran acceder a las plazas gratuitas de Coworking del Ayuntamiento des Mercadal, según las bases que se transcriben en el punto siguiente.

1. Plazo de presentación de solicitudes: hasta el día 6 de junio de 2016.

2. Lugar de presentación de solicitudes: Registro General del Ayuntamiento de Es Mercadal.

 

CONVOCATORIA DE DOS PLAZAS PARA ESPACIO DE COWORKING DE ES MERCADAL  AÑO 2016.


BASES

1. Pueden solicitar una plaza gratuita en el espacio de Coworking de Es Mercadal las personas con una actividad económica iniciada o con un proyecto empresarial, así como los estudiantes que estén preparando un proyecto de fin de carrera o quieran realizar estudios de investigación empresarial.

2. La presente convocatoria incluye dos plazas gratuitas en el espacio de Coworking de Es Mercadal durante un plazo de un año. Los dos candidatos admitidos estarán exentos del pago de las tasas del espacio.

3. Para acceder en estas dos plazas del espacio de Coworking las personas solicitantes tendrán que presentar una solicitud acompañada de la siguiente documentación:

  • Copia DNI/NIE de la persona solicitante.

  • Copia de la escritura de constitución de la empresa, si existe.

  • Declaración expresa responsable de no encontrarse comprendido en ninguna de las causas de incapacidad e incompatibilidad del arte. 60 LCSP.

  • Certificado de encontrarse al corriente de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.

  • Alta de IAE o compromiso de darse de alta si tiene el proyecto de formar una empresa.

  • Los ciudadanos extracomunitarios tienen que presentar copia cotejada del permiso que acredite la permanencia legal en España.

  • Memoria donde se describa las características de la actividad empresarial desarrollada, del proyecto empresarial o plan de estudios a realizar.

  • Copia cotejada de la titulación académica o los estudios realizados.

  • Carta de maestro artesano, si tiene.

  • Justificación de haber realizado actividades al municipio des Mercadal, si ha hecho.

  • Compromiso de realizar actividades gratuitas, charlas, ponencias etc. y especificación de cuáles son (voluntario).

  • Certificado de empadronamiento al municipio de Es Mercadal, si vive.

4. Las solicitudes serán valoradas por la Comisión de valoración que propondrá los candidatos admitidos, según los siguientes criterios:

  • Calidad técnica de la Memoria y en especial la coherencia técnica del proyecto, la    competencia y formación del solicitante, el grado de innovación y mejora para el entorno local.

  • Disponibilidad de la Carta de maestro artesano.

  • Realización de actividades al municipio de Es Mercadal.

  • Compromiso de realizar actividades gratuitas (ponencias, charlas, etc.).

  • Pertenencia a grupos con dificultades de inserción al mercado laboral: jóvenes menores de 30 años, mujeres, mayores de 45 años y parados de larga duración.

  • Tiempo empadronamiento en el municipio de Es Mercadal.

5. La Comisión de valoración será la que determina el Reglamento de Funcionamiento del “Coworking de Es Mercadal”.

6. El Alcalde, de acuerdo con la propuesta de la Comisión de valoración, acordará por Decreto los candidatos admitidos.

7. El hecho de presentarse a la convocatoria conlleva la aceptación de la totalidad de las prescripciones de estas bases.

2.º.-  Ordenar la publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial de las Illes Balears”.

 

Es Mercadal, 18 de mayo de 2016

El Alcalde
Francesc Ametller Pons