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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección V. Anuncios

Subsección segunda. Otros anuncios oficiales

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

CONSEJERÍA DE SERVICIOS SOCIALES Y COOPERACIÓN

Núm. 5745
Extracto de la resolución de la consejera de Servicios Sociales y Cooperación, de 13 de mayo de 2016 por la que se aprueba la convocatoria de subvenciones para programas de atención social específica de personas implicadas en un procedimiento judicial penal o civil, con independencia de la situación jurídica en que se encuentran, realizados por entidades sociales sin ánimo de lucro, para el año 2016 y 2017

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Texto

 Identificador BDNS: 306502

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3 b y 20.8 a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria. El texto completo se puede consultar en la Base de Datos Nacional de Subvenciones <http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index>.

Primero. Personas beneficiarias

Pueden solicitar las ayudas que se establecen en esta convocatoria aquellas entidades que cumplan los requisitos siguientes:

a) Estar legalmente constituidas e inscritas en el Registro Unificado de Servicios Sociales de la Consejería de Servicios Sociales y Cooperación, regulado en el capítulo II del Decreto 10/2013, de 28 de febrero, por la que se fijan los principios generales del Registro Unificado de servicios sociales de las Islas Baleares y de los procedimientos para la autorización y acreditación de servicios sociales, regula la sección supra insular del registro, y los procedimientos para autorizar y acreditar servicios sociales de ámbito supra insular.

b) No tener ánimo de lucro.

c) Tener un ámbito de actuación supra insular.

d) Tener como objeto principal en sus estatutos actividades en materia de servicios sociales.

e) Disponer de sede o delegación permanente y activa en las Islas Baleares.

f) Estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y de la Seguridad Social.

g) Haber justificado las ayudas o subvenciones que hayan recibido anteriormente de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares.

h) No incurrir en ninguna de las prohibiciones establecidas en el artículo 10 del Decreto Legislativo 2/2005 para ser beneficiario de subvenciones.

e) Acreditar, mediante escrito de sus titulares, que los Juzgados donde se quiere desarrollar el proyecto se comprometen a ceder los espacios necesarios para realizar las actividades y aceptan la intervención de apoyo social.

j) Estar desarrollando el proyecto presentado desde día 1 de enero de 2016.

Segundo. Objeto

El objeto de esta convocatoria es dar atención social específica a personas implicadas en un procedimiento judicial penal o civil, con independencia de la situación jurídica en la que se encuentren (acusados, víctimas, denunciantes, demandantes, testigos, etc.) mediante subvenciones destinadas a financiar programas de atención social que se ejecuten en los juzgados de la demarcación territorial de las Islas Baleares.

 

Tercero. Bases reguladoras

Esta convocatoria se rige por la Orden de la consejera de Salud, Familia y Bienestar Social de 24 de mayo de 2012 por la que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones en materia de servicios sociales, de personas en situación especial, de menores y familia, y de planificación y formación de servicios sociales, publicada en el Boletín Oficial de las Islas Baleares núm. 76, de 29 de mayo de 2012.

Cuarto. Cuantía

El importe máximo que se destina a esta convocatoria es de doscientos sesenta mil euros (260.000,00 €), con cargo a las partidas presupuestarias de los presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares:

Año

Cuantía

Partida presupuestaria

2016

104.000,00 €

17401.313I01.48000.00

2017

104.000,00 €

17401.313I01.48000.00

2018

52.000,00 €

17401.313I01.48000.00

Quinto. Plazo de presentación

El plazo para presentar las solicitudes es de quince días naturales contados desde el día siguiente a la publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial de las Islas Baleares.

 

Palma, 13 de mayo de 2016

La consejera de Servicios Sociales y Cooperación
Fina Santiago Rodríguez