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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección IV. Procedimientos judiciales

JUZGADOS DE EIVISSA

JUZGADO DE 1A. INSTANCIA NÚM. 1 DE EIVISSA

Núm. 646
Juicio verbal 1219/2014 sobre otras materias

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Texto

Doña AMANDA PONS BOIX, letrada de la Admón. de Justicia, del JUZGADO PRIMERA INSTANCIA N. UNO de IBIZA/EIVISSA, por el presente,

ANUNCIO:

En el presente procedimiento seguido a instancia de don DAVID BOFILL CARDONA frente al demandado don RUBEN ALBERTO MONTAGANO se ha dictado sentencia, cuyo encabezamiento y parte dispositiva es tenor literal es el siguiente:

SENTENCIA NUM:312/2015

En Ibiza, a 15 de diciembre de 2015.

JUEZ Dña MAY EL-YOUSSEF LIMA,

Vistos por mí, Dña. MAY EL-YOUSSEF LIMA, Juez de Adscripción Territorial del Juzgado de Primera Instancia número 1 de esta ciudad y su partido judicial, los autos de juicio verbal, registrados con el número 1219/14, promovidos por Don DAVID BOFILL CARDONA, mayor de edad, representado por el Procurador de los Tribunales Don JOSE LUIS MARI ABELLÁN contra Don RUBEN ALBERTO MONTAGANO sobre reclamación de cantidad.

FALLO

ESTIMO LA DEMANDA interpuesta por Don DAVID BOFILL CARDONA, mayor de edad, representado por el Procurador de los Tribunales Don JOSE LUIS MARI ABELLÁN contra Don RUBEN ALBERTO MONTAGANO, condeno a éste último al abono de la cantidad de 1.029 euros, así como al abono de los intereses legales devengados desde la fecha de interposición de la demanda 18 de diciembre de 2.014.”

Todo ello con expresa condena en costas a la parte demandada.

Notifíquese esta resolución a las partes con indicación de que la misma es firme y contra ella no cabe recurso alguno.

Así por esta mi sentencia, juzgado en mi primera instancia, la pronuncio, mando y firmo. “

Y encontrándose dicho demandado, don RUBEN ALBERTO MONTAGANO, en paradero desconocido, se expide el presente a fin de que sirva de notificación en forma al mismo, facultando a la representación procesal del demandante para su diligenciamiento.

IBIZA/EIVISSA a dieciocho de diciembre de dos mil quince.

LA SECRETARIO/A JUDICIAL,