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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

CONSEJERÍA DE HACIENDA Y ADMINISTRACIONES PÚBLICAS

Núm. 5363
Resolución del Director General del Tesoro, Política Financiera y Patrimonio de 11 de mayo de 2016 de anotación en el Inventario General de Bienes y Derechos de la CAIB, de la prórroga tácita del contrato de arrendamiento del inmueble situado en la calle Rubén Darío, 12, 2ºpiso, de Palma de Mallorca (PRO02 641 / 2016- DGTPFP SP188 / 2015)

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Texto

Hechos

 1. El 1 de noviembre de 2005 el Consejero de Economía, Hacienda e Innovación, en representación de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares, y el señor Rafael Llabrés Juan, en nombre y representación de la entidad INTOSO SA, propietaria del inmueble, firmaron un contrato de arrendamiento del inmueble situado en la calle Rubén Darío, 12, 2ºpiso, de Palma de Mallorca, por un plazo de cinco años desde el 1 de noviembre de 2005 hasta el 31 de octubre de 2010. En el año 2010 se produjo una prórroga tácita hasta el 31 de octubre de 2015. 

2. Las referencias del Registro de la Propiedad y del catastro de este local son las siguientes: 

- Finca Registral núm. 8058 inscrita en el Registro de la Propiedad núm8 de Palma de Mallorca,  tomo 5202, libro 200, folio 190.

- Referencia catastral: 9609511DD6890H0006TH 

3. El número de activo en el Inventario General de Bienes y Derechos de la CAIB es el 100000001773. 

4. El 10 de febrero de 2016 el Jefe de Departamento Jurídico de la Consejería de Hacienda y Administraciones Públicas en respuesta a una consulta realizada por el Consejo Consultivo, relativa a quién era el órgano competente para aprobar el arrendamiento, concluyó que la competencia para la tramitación y aprobación de arrendamientos y prórrogas en los términos establecidos en el artículo 87i, de la Ley 6/2001 del Patrimonio de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares, no corresponde a ningún órgano propio del Consejo Consultivo, si no a la actual Consejera de Hacienda y Administraciones Públicas. 

5. En la actualidad ninguna de las dos partes ha denunciado el contrato y, por lo tanto, el contrato se encuentra vigente mediante la aplicación del instituto jurídico de la tácita reconducción.

6 .El 14 de marzo de 2016 tuvo entrada en esta Dirección General un oficio del Presidente del Consejo Consultivo de las Islas Baleares, con la documentación relativa a la prórroga tácita del arrendamiento del referido inmueble, por el período comprendido entre el 1 de noviembre de 2015 y el 31 de octubre de 2019, que es, entre otras, la siguiente: 

  • La Orden de inicio del expediente, de 25 de febrero de 2016, del Presidente del Consejo Consultivo de las Islas Baleares.
  • La Propuesta de Resolución de Autorización y Disposición del correspondiente crédito presupuestario, firmada por la Consejera Secretaria del Consejo Consultivo, el 4 de marzo de 2016. El gasto total previsto es de 55.660€ y correrá a cargo de la partida presupuestaria 04101.111C01 .20200.00.
  • Memoria justificativa del Presidente del Consejo Consultivo de las Islas Baleares, justificativa de la necesidad de prorrogar el arrendamiento del inmueble mencionado.
  • El certificado de la responsable de UGE del Consejo Consultivo, de 25 de febrero de 2016, relativo a la existencia de crédito presupuestario suficiente para poder financiar la obligación económica derivada de este expediente. 

7. Teniendo en cuenta la cantidad mencionada, este expediente requiere la fiscalización previa por parte de la Intervención General. 

8. Acuerdo del Consejo de Gobierno, en su sesión de 6 de mayo de 2016, por el que se convalida, a pesar de la falta de fiscalización previa limitada, la continuación de la tramitación del expediente relativo a la segunda prórroga tácita del arrendamiento del local situado en el segundo piso izquierda del edificio de la calle Rubén Darío, 12 de Palma de Mallorca.

 Fundamentos de derecho 

1. El artículo 65 y siguientes de la Ley 6/2001, de 11 de abril, del patrimonio de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares (Boletín Oficial de las Islas Baleares núm. 49, de 24 de abril), el Reglamento que la desarrolla (BOIB núm. 192, de 24 de diciembre de 2005) y demás disposiciones aplicables. 

2. El Decreto 8/2015, de 2 de julio, de la Presidenta de las Islas Baleares, por el que se determina la composición del Gobierno y establece la estructura de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares (BOIB núm. 97, de 2 de julio). 

3. El Decreto 9/2015, de 2 de julio, de la Presidenta de las Islas Baleares, por el que se dispone el nombramiento de los miembros del Gobierno de las Islas Baleares (BOIB núm. 97, de 2 de julio).

4. El Decreto 24/2015, de 7 de agosto, de la Presidenta de las Islas Baleares, por el que se establecen las competencias y la estructura orgánica básica de las Consejerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares (BOIB núm. 120, de 8 de agosto). 

5. El Decreto 71/2015, de 17 de julio, por el que se nombra al Director General del Tesoro, Política Financiera y Patrimonio de la Consejería de Hacienda y Administraciones Públicas (BOIB núm. 108, de 17 de julio). 

6. El contrato principal de arrendamiento, suscrito el 1 de noviembre de 2005. 

Por ello, en virtud de las atribuciones que me confiere el artículo 88 de la Ley 6/2001, dicto la siguiente: 

Resolución 

1. Anotar en el Inventario General de Bienes y Derechos de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares la prórroga tácita del contrato de arrendamiento del inmueble ubicado en la calle Rubén Darío, 12, 2º piso izquierda, a contar desde el 1 de noviembre de 2015 hasta el 31 de octubre de 2019, por una renta mensual de 1,210€, incluido IVA, que harán un total de gasto de 55.660€, incluido IVA, que irán a cargo de la partida presupuestaria 04101.111C01.20200.00 , siempre que haya crédito adecuado y suficiente en los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma, con el objetivo de seguir siendo utilizado para ubicar servicios del Consejo Consultivo de las Islas Baleares. 

2. Notificar esta resolución al Consejo Consultivo de las Islas Baleares, sin perjuicio de que se tenga que tramitar el correspondiente procedimiento económico financiero y publicar en el Boletín Oficial de las Islas Baleares esta resolución. 

Palma de Mallorca, 11 de mayo de 2016

El Director General del Tesoro, Política Financiera y Patrimonio

Francesc Colom Coll