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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección V. Anuncios

Subsección segunda. Otros anuncios oficiales

AYUNTAMIENTO DE SANT JOAN DE LABRITJA

Núm. 5325
Aprobación provisional de la Modificación de Créditos Nº 1/2016

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

El Pleno del Ayuntamiento de Sant Joan de Labritja, en sesión ordinaria celebrada el día 5 de mayo de 2016, acordó la aprobación inicial del expediente de modificación de créditos Nº 01/2016, del Presupuesto en vigor, en la modalidad de crédito extraordinario para la aplicación del superávit presupuestario con cargo al remanente de tesorería para gastos generales, cuyo detalle es el siguiente:

Modificación del presupuesto de gastos

Aplicación Presupuestaria

Descripción

Euros

1720

60900

Protección y mejora del medio ambiente / Bombas playa y mejora emisario Portinatx.

200.000,00 €

1720 

60901

Protección y mejora del medio ambiente / Recarga vehículos eléctricos.

50.000,00 €

1720 

62900

Protección y mejora del medio ambiente / Franjas protección contra incendios forestales

50.000,00 €

1530

61900

Vías públicas / Mejora red viaria

300.000,00 €

1530

61901

Vías públicas / Infraestructuras urbanas

100.000,00 €

9330

60000

Gestión del patrimonio / Adquisición de terrenos

200.000,00 €

9330

62900

Gestión del patrimonio / Inversión en infraestructuras municipales

25.000,00 €

TOTAL  CRÉDITOS EXTRAORDINARIOS

925.000,00 €

Modificación del presupuesto de ingresos

87000 Remanente de Tesorería para gastos generales                   925.000,00 €

TOTAL DE LAS MODIFICACIONES DE INGRESOS       925.000,00 €

Y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 169.1 por remisión del 177.2 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto 2/2004, de 5 de marzo, se somete el expediente a exposición pública por el plazo de quince días a contar desde el día siguiente de la inserción de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia, para que los interesados puedan examinar el expediente y presentar las reclamaciones que estimen oportunas.

Si transcurrido dicho plazo no se hubiesen presentado alegaciones, se considerará aprobado definitivamente dicho Acuerdo.

  

Sant Joan de Labritja,

Antoni Marí Marí