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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección V. Anuncios

Subsección segunda. Otros anuncios oficiales

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

FONDO DE GARANTÍA AGRARIA Y PESQUERA DE LAS ILLES BALEARS (FOGAIBA)

Núm. 5081
Extracto de la Resolución de 4 de mayo de 2016, del Presidente del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Illes Balears (FOGAIBA), por la que se convocan ayudas para las actuaciones llevadas a cabo en los años 2014 y 2015 por el sector agrario profesional de Mallorca

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

BDNS (Identif.): 305321

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index): 

Primero. Beneficiarios: 

Pueden ser beneficiarios:

1. Las federaciones de cooperativas agrarias o las uniones de cooperativas agrarias que tengan su domicilio social y el ámbito de actuación en las Illes Balears y que cumplan los siguientes requisitos:

- Estar debidamente registradas y cumplir las obligaciones formales de actualización y entrega de sus datos, de acuerdo a lo que se establece en la Ley 1/2003, de 20 de marzo.

- Tener más de cinco años de antigüedad.

- Estar integradas en una organización de ámbito nacional con una antigüedad de más de cinco años. 

2. Las organizaciones y las entidades que tengan el domicilio social y el ámbito de actuación en la isla de Mallorca, cuyo funcionamiento interno sea real y efectivamente democrático y que, en el momento de la presentación de solicitudes, estén integradas en organizaciones profesionales agrarias de carácter nacional. 

Segundo. Finalidad: 

La finalidad de estas subvenciones es dar apoyo a las organizaciones profesionales agrarias de Mallorca y cooperativas agrarias de las Illes Balears para promover actuaciones en materia de representación e información.  

Tercero. Bases reguladoras:

Orden de la Consejera de Agricultura y Pesca, de 10 de marzo de 2005, por la que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones a los sectores agrario y pesquero (BOIB nº 43, de 17 de marzo de 2005). 

Cuarto. Crédito:

Para esta convocatoria se destina un crédito de cuatrocientos cinco mil euros (405.000,00 €), de los que 165.000,00€ se asignan a las actuaciones de las federaciones de cooperativas agrarias o las uniones de cooperativas agrarias y 240.000,00 € a las actuaciones de las organizaciones profesionales agrarias.  

Quinto. Importe:

La cuantía de las ayudas será del 100% de los gastos  subvencionables, con las limitaciones previstas en la convocatoria. 

 

Sexto. Plazo de presentación de solicitudes:

El plazo de presentación de solicitudes será de un mes a contar desde el día siguiente a la publicación de este extracto en el BOIB.  

Palma, 4 de mayo de 2016

     

El Presidente del FOGAIBA

Vicenç Vidal Matas