Sección V. Anuncios
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ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
FONDO DE GARANTÍA AGRARIA Y PESQUERA DE LAS ILLES BALEARS (FOGAIBA)
Núm. 5081
Extracto de la Resolución de 4 de mayo de 2016, del Presidente del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Illes Balears (FOGAIBA), por la que se convocan ayudas para las actuaciones llevadas a cabo en los años 2014 y 2015 por el sector agrario profesional de Mallorca
BDNS (Identif.): 305321
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index):
Primero. Beneficiarios:
Pueden ser beneficiarios:
1. Las federaciones de cooperativas agrarias o las uniones de cooperativas agrarias que tengan su domicilio social y el ámbito de actuación en las Illes Balears y que cumplan los siguientes requisitos:
- Estar debidamente registradas y cumplir las obligaciones formales de actualización y entrega de sus datos, de acuerdo a lo que se establece en la Ley 1/2003, de 20 de marzo.
- Tener más de cinco años de antigüedad.
- Estar integradas en una organización de ámbito nacional con una antigüedad de más de cinco años.
2. Las organizaciones y las entidades que tengan el domicilio social y el ámbito de actuación en la isla de Mallorca, cuyo funcionamiento interno sea real y efectivamente democrático y que, en el momento de la presentación de solicitudes, estén integradas en organizaciones profesionales agrarias de carácter nacional.
Segundo. Finalidad:
La finalidad de estas subvenciones es dar apoyo a las organizaciones profesionales agrarias de Mallorca y cooperativas agrarias de las Illes Balears para promover actuaciones en materia de representación e información.
Tercero. Bases reguladoras:
Orden de la Consejera de Agricultura y Pesca, de 10 de marzo de 2005, por la que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones a los sectores agrario y pesquero (BOIB nº 43, de 17 de marzo de 2005).
Cuarto. Crédito:
Para esta convocatoria se destina un crédito de cuatrocientos cinco mil euros (405.000,00 €), de los que 165.000,00€ se asignan a las actuaciones de las federaciones de cooperativas agrarias o las uniones de cooperativas agrarias y 240.000,00 € a las actuaciones de las organizaciones profesionales agrarias.
Quinto. Importe:
La cuantía de las ayudas será del 100% de los gastos subvencionables, con las limitaciones previstas en la convocatoria.
Sexto. Plazo de presentación de solicitudes:
El plazo de presentación de solicitudes será de un mes a contar desde el día siguiente a la publicación de este extracto en el BOIB.
Palma, 4 de mayo de 2016
El Presidente del FOGAIBA
Vicenç Vidal Matas