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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección IV. Procedimientos judiciales

JUZGADOS DE PALMA DE MALLORCA

JUZGADO DE LO SOCIAL NÚM.4 DE PALMA DE MALLORCA

Núm. 4850
Despido/ceses en general 1020/2015

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

D/Dª  FRANCISCA MARIA REUS BARCELO, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Social nº 004 de PALMA DE MALLORCA, HAGO SABER:

Que en el procedimiento DESPIDO/CESES EN GENERAL 0001020 /2015 de este Juzgado de lo Social, seguidos a instancia de D/Dª ROSA LILA GARRAMUÑO LOPEZ contra la empresa  VEGA Y SOLAZ SL, sobre ORDINARIO, se ha dictado la siguiente resolución, cuya parte dispositiva se adjunta:

FALLO

QUE ESTIMANDO PARCIALMENTE LA DEMANDA  interpuesta por  DOÑA ROSA LILA GARRAMUÑO LÓPEZ contra la empresa VEGA Y SOLAZ S.L. debo declarar y declaro la improcedencia del despido efectuado con efectos de 6 de octubre de 2015 por parte de la empresa demandada y siendo imposible la readmisión, debo declarar y declaro la extinción de la relación laboral entre ambos a fecha de 15 de abril de 2016, y debo condenar y condeno a la empresa demandada a abonarle a la actora una indemnización calculada conforme a lo recogido en el fundamento jurídico segundo  de 1.270,89 euros; y debo condenar y condeno a la empresa demandada a abonar a la actora la cantidad de 2.933,71 euros, en concepto de liquidación de contrato, cantidades todas ellas que devengarán los intereses del ARt. 576 de la LEC desde la fecha de la presente resolución y hasta su efectivo pago, y todo ello con absolución del FOGASA, sin perjuicio de sus responsabilidades legales.

Y para que sirva de notificación en legal forma a  VEGA Y SOLAZ SL, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Provincia de ILLES BALEARS.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la Oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.

En PALMA DE MALLORCA, a quince de Abril de dos mil dieciséis.

EL/LA LETRADO DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA