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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección I. Disposiciones generales

AYUNTAMIENTO DE BINISSALEM

Núm. 4870
Aprobación definitiva de la modificación de la ordenanza fiscal reguladora de la tasa por recogida, tractamiento y eliminación de basura

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

Transcurrido el plazo de treinta días de exposición pública de la modificación de la ordenanza fiscal reguladora de la tasa para recogida, tratamiento y eliminación de basura, sin que se haya presentado ninguna reclamación, el acuerdo de aprobación inicial se ha transformado en definitivo, de conformidad con lo que establece el art. 17.3 del RDL 2/2004, Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.

Se transcribe a continuación el texto íntegro de la mencionada modificación de la ordenanza fiscal, de conformidad con el artículo 17.4 del referido Cuerpo Legal:

 

ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA TASA PARA RECOGIDA, TRATAMIENTO Y ELIMINACIÓN DE BASURA

El artículo 6, Parte variable de la tasa, punto 1, tendrá, en adelante, la siguiente redacción:

“...”

1.- Recogida por bolsa estandarizada

Precio de la bolsa estandarizada para residuos no reciclables.

  • Bolsa grande (35 litros): 5,00€ cada una (peso máximo por bolsa, 25 kg).
  • Bolsa pequeña (10 litros): 1,00€ cada una (peso máximo por bolsa, 5 kg)

Cada actividad podrá pedir gratuitamente un total de seis bolsas de 25 l, y cada vivienda ocupada por una o dos personas que pague recibo podrán pedir un total de 9 bolsas de 10 litros gratuitas al año. Cada vivienda ocupada por tres o más personas podrán pedir un total de 12 bolsas gratuitas al año. No podrán pedir estas bolsas gratuitas las viviendas desocupadas o de zona rústica sujetas a tarifa reducida.

“...”

Lo que se hace público para general conocimiento.

     

Binissalem, 29 de abril de 2016

      

El Alcalde- acctal

Andreu Villalonga Simonet