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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección IV. Procedimientos judiciales

JUZGADOS DE EIVISSA

JUZGADO DE LO SOCIAL NÚM. 1 DE EIVISSA

Núm. 4614
Ejecución de Títulos Judiciales 52/2016

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

Dª  MARIA ALZIRA ABAD ROLLAND, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Social nº1 de EIVISSA, HAGO SABER: 

Que en el procedimiento EJECUCION DE TITULOS JUDICIALES 52/2016 de este Juzgado de lo Social, seguidos a instancia de Dª Mª ROCIO CALA PACHECO contra la empresa TOT BE CONSTUCCION 2020, SL, sobre ORDINARIO, se ha dictado la siguiente resolución, cuya parte dispositiva se adjunta:

AUTO 18/04/16

 Dispongo: Despachar orden general de ejecución  a favor de la parte ejecutante, Mª ROCIO CALA PACHECO, frente a TOT BE CONSTUCCION 2020, SL, parte ejecutada, por importe de 5101,40 euros en concepto de principal, más otros 1020,28 euros que se fijan provisionalmente en concepto de intereses que, en su caso, puedan devengarse durante la ejecución y las costas de ésta, sin perjuicio de su posterior liquidación.

DECRETO 18/04/16

En orden a dar efectividad a las medidas concretas solicitadas, acuerdo:

- Proceder al embargo de bienes y a las medidas de localización y averiguación de los bienes del ejecutado que procedan, conforme a lo previsto en los arts. 589 y 590 LEC.

- El embargo de los saldos acreedores y devoluciones de la Agencia Tributaria para asegurar la responsabilidad de  TOT BE CONSTUCCION 2020, SL hasta librándose al efecto los despachos necesarios para su efectividad.

- Consultar las aplicaciones informáticas del Órgano judicial para la averiguación de bienes del ejecutado.

Y para que sirva de notificación en legal forma a TOT BÉ CONSTRUCCIÓN 2020, SLU, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Provincia de ILLES BALEARS.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la Oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.

En IBIZA/EIVISSA, a dieciocho de Abril de dos mil dieciséis.

EL/LA LETRADO DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA