Sección IV. Procedimientos judiciales
JUZGADOS DE PALMA DE MALLORCA
JUZGADO DE INSTRUCCIÓN NÚM. 8 DE PALMA DE MALLORCA
Núm. 4511
Juicio sobre delitos leves 21/2015
D/DÑA. MARIA NIEVES AFAN DE RIVERA JIMENEZ, Secretario/a del JDO. INSTRUCCION N. 8 de PALMA DE MALLORCA.
DOY FE Y TESTIMONIO: Que con fecha en las presentes actuaciones que se siguen en este Órgano judicialcomo LEV 21/15 ha recaído Sentencia del siguiente tenor literal:
"S E N T E N C I A 408/2015
En PALMA DE MALLORCA a cinco de Noviembre de dos mil quince.
D. ANTONI ROTGER CIFRE, MAGISTRADO-JUEZ de Instrucción, habiendo visto y oído en Juicio Oral y Público la presente causa JUICIO SOBRE DELITOS LEVES 21/2015, seguida por una FALTA DE HURTO contra MARIA TERESA CANO SANCHEZ, habiendo sido parte en la misma el Ministerio Fiscal representado por Dª Beatriz Isabel Domínguez, ejercitando la acción pública, y
F A L L O
DEBO CONDENAR Y CONDENO a MARIA TERESA CANO SANCHEZ, como autora responsable de un delito leve de HURTO a la pena de CINCUENTA DIAS MULTA A RAZON DE OCHO EUROS DIARIOS; y al pago de las costas.
En caso de impago de la multa la misma quedan sujetos a una responsabilidad personal subsidiaria de un día de privación de libertad por cada dos cuotas diarias no satisfechas.
Notifíquese esta sentencia a las partes y a los ofendidos y perjudicados, aunque no se hayan mostrado parte en el procedimiento.
La presente resolución no es firme y contra la misma cabe interponer recurso de apelación en este Juzgado para ante la Ilma. Audiencia Provincial de ILLES BALEARS en el plazo de CINCO DIAS desde su notificación.
Así por ésta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo."
Concuerda bien y fielmente con su original al que me remito y para que así conste,Y SIRVA DE NOTIFICACION A DÑA. MARIA TERESA CANOSANCHEZ extiendo y firmo la presente en PALMA DE MALLORCA, a 15 de ABRIL 2016.
EL/LA SECRETARIO/A JUDICIAL