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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y UNIVERSIDAD

Núm. 4606
Resolución del consejero de Educación y Universidad de 21 de abril de 2016 por la que se convocan los Premios Extraordinarios de Bachillerato en las Islas Baleares correspondientes al curso 2015-2016

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

La Orden EDU/2058/2010, de 13 de julio, por la que se regulan los Premios Nacionales de Bachillerato establecidos por la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo de Educación, establece que las administraciones educativas, en el ámbito de sus competencias, pueden convocar y conceder Premios Extraordinarios de Bachillerato.

La Consejería de Educación y Universidad adopta medidas para favorecer el rendimiento académico y mejorar la preparación de los alumnos. La convocatoria anual de los Premios Extraordinarios de Bachillerato, como opción previa a la inscripción para concurrir a los Premios Nacionales de Bachillerato, representa un incentivo para todos aquellos alumnos que quieren confirmar su excelencia en la preparación académica. Igualmente, el reconocimiento del esfuerzo se convierte en un estímulo que propicia la motivación para los estudios y la formación personal.

Por todo ello, con el fin de potenciar la mejora de los resultados académicos y la valoración del rendimiento académico excelente, dicto la siguiente

RESOLUCION

Primero

Objeto de la convocatoria

Esta Resolución tiene como objeto convocar los Premios Extraordinarios de Bachillerato en las Islas Baleares correspondientes al curso 2015-2016.

Segundo

Requisitos de los aspirantes

Los alumnos que quieran optar a este premio deberán realizar la prueba indicada en esta Resolución. Solo pueden inscribirse los alumnos que cumplan los siguientes requisitos:

a) Haber cursado en centros docentes del ámbito territorial de las Islas Baleares primero y segundo de bachillerato en cualquiera de las modalidades.

b) Haber finalizado estos estudios en el curso académico 2015-2016.

c) Haber obtenido una nota media de bachillerato, sin computar la calificación de la materia de religión, igual o superior a 8,75.

Tercero

Número de premios

Se pueden conceder un máximo de seis premios. Para estos premios se dispone de una cantidad de 3.660 euros, con cargo a la partida presupuestaria 13501/421B01/48000/00 de los presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares vigentes para el año 2016.

Cuarto

Instrucción del procedimiento

El órgano instructor del procedimiento es el director general de Planificación, Ordenación y Centros.

Quinto

Tramitación y plazos

Los alumnos que cumplan los requisitos pueden formalizar la inscripción, para la realización de la prueba, en el centro en que han finalizado los estudios de bachillerato, siguiendo los trámites y plazos siguientes:

a) El plazo para entregar, a la secretaría del centro, la hoja de inscripción que se adjunta como anexo 1 de esta Resolución, finaliza día 6 de junio de 2016.

b) Los centros tienen hasta día 10 de junio de 2016 para remitir al Servicio de Ordenación Educativa, de la Dirección General de Planificación, Ordenación y Centros, por correo electrónico (ordenacio@dgoifp.caib.es) la relación de los alumnos inscritos, juntamente con la materia de modalidad de segundo curso de bachillerato elegida para realizar la prueba.

c) Los centros que no utilicen la Aplicación para la Gestión Educativa de las Islas Baleares (GESTIB), de la Consejería de Educación y Universidad, tienen hasta el día 9 de junio de 2016 para remitir al Servicio de Ordenación Educativa, de la Dirección General de Planificación, Ordenación y Centros, por correo postal (calle Alfons el Magnànim, núm. 29, 4 planta,, 07004 Palma) un certificado académico de los alumnos inscritos, firmado por el secretario y con el visto bueno del director, donde conste la nota media de bachillerato y el curso que ha finalizado los estudios.

Sexto

Personas convocadas

El día 13 de junio de 2016 el Servicio de Ordenación Educativa publicará en la página web de la Dirección general de Planificación, Ordenación y Centros (<http://dgoifp.caib.es>) la relación de personas convocadas a la prueba para optar al Premio Extraordinario de Bachillerato, a la que se pueden presentar reclamaciones por posibles errores hasta el día 16 de junio de 2016 en la dirección <ordenacio@dgoifp.caib.es>. El día 17 de junio de 2016 se publicará la lista definitiva de alumnos convocados en la misma página web.

Séptimo

Fecha y lugar de la prueba

1.  La fecha de la prueba es el día 21 de junio de 2016.

2.  Los alumnos inscritos quedan convocados, a las 8.45 horas del día de la prueba, en los siguientes lugares:

a) Los alumnos de Ibiza y Formentera: IES Sa Colomina (calle Vicent Serra Orvay, s/n, Ibiza).

b) Alumnos de Mallorca: Edificio Jovellanos de la Universidad de las Illes Balears.

c) Alumnos de Menorca: IES Joan Ramis y Ramis (Av. De Vives Llull, 15, Maó).

Octavo

Procedimiento y estructura de la prueba

1. La prueba consta de cuatro ejercicios:

a)  Un comentario de texto literario en lengua catalana o lengua castellana.

b)  Un comentario de texto de cariz histórico en lengua catalana o lengua castellana.

c)  Una materia de modalidad de segundo curso de bachillerato.

d)  Un análisis de texto en lengua extranjera.

Los alumnos no pueden elegir la misma lengua para realizar los ejercicios a) y b)

2. El contenido, la duración y la distribución temporal de cada uno de los cuatro ejercicios son los que se especifican en el anexo 2.

3. Los alumnos deben presentar el DNI, el NIE o el pasaporte antes del inicio de la prueba.

4. Una vez iniciado un ejercicio, no se permitirá que entre ningún alumno si algún examinante ya ha abandonado la prueba.

5. Los ejercicios se deben escribir con bolígrafo o pluma de color azul o negro. No se pueden utilizar elementos de consulta (libros, apuntes, diccionarios, móviles) en ninguno de los ejercicios, excepto el correspondiente a la materia de latín, en que se puede usar diccionario y la calculadora no programable en algún ejercicio si el tribunal lo permite.

Noveno

Criterios generales de evaluación

Los criterios generales de evaluación de los diferentes ejercicios son los siguientes:

a) En los comentarios de texto en lengua catalana, en lengua castellana y en el análisis del texto en lengua extranjera se valoran, fundamentalmente, la solidez de los conceptos y el dominio de las lenguas. En este sentido, se tiene en cuenta el grado de desarrollo de las capacidades lingüísticas de comprensión y de expresión, así como la creatividad y la capacidad crítica manifestada por los alumnos.

b) En relación al ejercicio correspondiente a la materia de modalidad, junto con el contenido de las respuestas a cuestiones sobre la materia, se valoran la claridad y la calidad de la exposición, la estructura del ejercicio y la adecuación y la especificidad del vocabulario utilizado.

c) En todos los ejercicios se valoran la sintaxis y la ortografía de las exposiciones.

Décimo

Criterios generales de calificación

La calificación final de la prueba se obtiene aplicando los criterios de calificación siguientes:

a) Cada ejercicio se calificará de 0 a 10 con dos cifras decimales como máximo. La calificación final de la prueba es el resultado de hacer la media ponderada que asigna un peso de 0,2 a los ejercicios a), b) y d) del primer apartado del punto 8 y un peso de 0,4 al ejercicio de materia de modalidad. Esta calificación se expresará de 0 a 10, redondeada a la centésima más próxima y, en caso de equidistancia, a la superior. Para obtener el Premio Extraordinario de Bachillerato los alumnos deben haber alcanzado en cada ejercicio un mínimo de 5 puntos y la calificación final debe ser igual o superior a 8 puntos.

b) Se otorgan los premios extraordinarios de bachillerato a los seis alumnos que tienen la calificación final más alta de acuerdo con los criterios expresados en el apartado anterior. En caso de empate, este se resolverá según los siguientes criterios, por orden de preferencia:

1. La nota media de bachillerato más alta.

2. La calificación más alta obtenida en el ejercicio de la materia de modalidad.

3. La media más alta de las calificaciones obtenidas en las materias de modalidad cursadas en los dos cursos de bachillerato.

Si aún persisten casos de empate entre algunos de los aspirantes, el tribunal resolverá de acuerdo con los criterios que establezca, por unanimidad de todos los miembros.

Undécimo

Tribunal

1. El director general de Planificación, Ordenación y Centros ha de nombrar el tribunal. Este estará constituido por funcionarios del cuerpo de de catedráticos o del cuerpo de profesores de enseñanza secundaria.

2. El tribunal está formado por un presidente y cuatro vocales, especialistas en las diversas materias que componen la prueba. Actúa de Secretario el vocal que se elija en el momento de la constitución del tribunal. El presidente, si así lo considera, puede proponer la incorporación al tribunal de asesores especialistas.

Duodécimo

Competencias y actuaciones del tribunal

Corresponden al tribunal las actuaciones y las competencias siguientes:

a) La elaboración, la corrección y la calificación de los ejercicios, la coordinación de los criterios de evaluación y la resolución de las reclamaciones que se puedan presentar.

b) El cálculo de la calificación final de la prueba y la elaboración de la propuesta de adjudicación de los Premios Extraordinarios de Bachillerato siguiendo los criterios establecidos en el apartado décimo de esta Resolución.

c) El envío de la propuesta de adjudicación, hasta el 30 de junio de 2016, a la Dirección General de Planificación, Ordenación i Centros, acompañada de las actas correspondientes.

Decimotercero

Garantía del anonimato

El presidente del tribunal es el responsable de garantizar el mantenimiento riguroso del anonimato de los ejercicios y adoptará las medidas oportunas para asegurar el correcto desarrollo de la prueba. Cualquier signo, marca o señal en las hojas en las que se hacen los ejercicios, que permita identificar al autor, implicará la exclusión de la prueba.

Decimocuarto

Lista provisional

La lista provisional de los alumnos que han obtenido Premio Extraordinario de Bachillerato con la calificación final obtenida se hará pública como máximo el día 4 de julio de 2016 en la página web de la Dirección General de Planificación, Ordenación y Centros (http://dgoifp.caib.es). No se harán públicas las calificaciones de los alumnos presentados que no hayan obtenido premio.

Decimoquinto

Reclamaciones

Los alumnos participantes en la prueba o sus padres o tutores legales podrán presentar reclamación por escrito mediante instancia dirigida al presidente del tribunal, en el plazo de dos días hábiles contados a partir del día siguiente de la publicación de los resultados. El tribunal revisará la calificación de los ejercicios y resolverá la reclamación en un plazo de diez días contados a partir de su recepción.

Decimosexto

Resolución de concesión

1. Una vez resueltas las posibles reclamaciones, el tribunal remitirá la propuesta de adjudicación de los Premios Extraordinarios de Bachillerato al director general de Planificación, Ordenación i Centros, y éste elevará la propuesta al consejero de Educación y Universidad.

2. El consejero de Educación y Universidad, atendiendo la propuesta del director general de Planificación, Ordenación y Centros, dispone de seis meses  para resolver, contados a partir del día siguiente de la finalización del plazo de presentación de solicitudes.

3. La resolución de concesión del premio se ha de publicar en el Boletín Oficial de las Islas Baleares, y en la página web de la Dirección General de Planificación, Ordenación y Centros (<http://dgoifp.caib.es>), y en la Web educativa de las Islas Baleares (WEIB) (<http://weib.caib.es>), y se ha de indicar la relación de personas a las que se ha concedido el premio y su importe.

4. La concesión del Premio Extraordinario de Bachillerato se ha de reflejar, mediante diligencia del secretario del centro, en el expediente académico y en el historial académico del alumno.

Decimoséptimo

Beneficios que se derivan

1. Los alumnos que consiguen Premio Extraordinario de Bachillerato gozan de exención total del pago de los precios públicos por servicios académicos en el primer curso de los estudios superiores en un centro público del ámbito territorial de las Islas Baleares.

2. Los alumnos premiados también reciben de la Consejería de Educación, y Universidad un importe de 610 €, con cargo a la partida presupuestaria 13501/421B01/48000/00 de los presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares del año 2016. Este premio es compatible con otros que se puedan obtener de la misma Administración o de otra entidad pública o privada.

3. Para tramitar el pago de este premio, los interesados tienen hasta el 15 de julio de 2016, para presentar, en la Dirección General de Planificación, Ordenación y Centros, junto a una solicitud según el modelo del anexo 3, una declaración responsable de veracidad de los datos bancarios aportados, mediante el modelo normalizado, que se puede encontrar en la web del Gobierno de las Islas Baleares http://www.caib.es/sacmicrofront/archivopub.do?ctrl=MCRST4786ZI161593&id=161593 y en las oficinas de registro. En el caso que el alumno sea menor de edad, como titular de la cuenta bancaria tiene que figurar, al menos, uno de sus padres o tutores legales.

4. La obtención del Premio Extraordinario de Bachillerato permite participar, después de una inscripción previa, en el Premio Nacional correspondiente.

Decimoctavo

Publicación

Esta Resolución se publicará en el Boletín Oficial de las Islas Baleares.

Contra esta Resolución, que agota la vía administrativa, se puede interponer recurso potestativo de reposición, ante el consejero de Educación y Universidad, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la fecha de su publicación, de acuerdo con el artículo 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, y el artículo 57 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares.

También se puede interponer directamente un recurso contencioso administrativo ante la Sala Contenciosa Administrativa del Tribunal Superior de Justicia de las Islas Baleares, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente a la fecha de su publicación, de acuerdo con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contenciosa administrativa

 

Palma, 21 de abril de 2016

 

El consejero de Educación y Universidad

Martí X. March Cerdà

 

ANNEX 1

Solicitud para participar en las pruebas de los Premios Extraordinarios de Bachillerato correspondientes al curso 2015-2016

Solicitud para participar en las pruebas de los premios extraordinarios de bachillerato correspondientes al curso 2015-2016

Solicitante

Nombre y apellidos

DNI/NIE:

Teléfonos:             /

Email:

Dirección de notificación:

Localidad:

Código postal:

Municipio:

Todos estos datos quedan protegidos en aplicación a la Ley orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de protección de datos de carácter personal, especialmente del artículo10.

Centro bachillerato:                                                                                                                             Código del centro:

Nota media de bachillerato:

Lengua extranjera elegida para el ejercicio d):   Inglés                        □Alemán                               □ Francés

Lengua del comentario literario, ejercicio a)□catalán          □castellano  

La lengua del comentario de cariz histórico, ejercicio b) es la no elegida aquí

Materia de modalidad elegida triada a para realizar el ejercicio c):

□Biología                                  □Geografía                                             □Latín II  

□Dibujo artístico II                   □Griego                                                  □Matemáticas II

□Dibujo técnico II                    □Historia del arte                                    □Matemáticas aplicadas a las ciencias sociales II

□Economía de la empresa         □Historia de la música y de la danza      □Tecnología Industrial II 

□Física                                      □Literatura universal                              □Química

EXPONE:

Que cumple los requisitos previstos en la Resolución de la consejera de Educación, Cultura y Universidades por la cual se convocan los Premios Extraordinarios de Bachillerato en las Islas Baleares correspondientes al curso 2015-2016.

SOLICITO:

Participar en les pruebas para obtener este premio.

.............................................., ........ d.................................. de 2016

[Firma]

DIRECCION GENERAL DE PLANIFIACIÓN,ORDENACIÓN Y CENTROS. SERVICIO DE ORDENACION EDUCATIVA

CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y UNIVERSIDAD

 

ANEXO 2

Horario y contenido de la prueba

Hora

Contenido de cada ejercicio

Duración

9.10 h

Desarrollo de un tema y respuesta a cuestiones y/o ejercicios prácticos de la materia de modalidad de segundo curso especificada en la hoja de inscripción.

90 minutos

10.40 h

Descanso

30 minutos

11.10 h

Comentario de un texto de cariz histórico en lengua catalana o lengua castellana y respuesta a cuestiones relacionadas con este. Habrá textos diferentes dependiendo de la lengua.

60 minutos

12.10 h

Descanso

15 minutos

12.25 h

Comentario de un texto literario en lengua catalana o lengua castellana y respuesta a cuestiones relacionadas con este. Habrá textos diferentes dependiendo de la lengua.

60 minutos

13.25 h

Descanso

15 minutos

13.40 h

Análisis de un texto en la lengua extranjera elegida por el alumno y respuesta a cuestiones de carácter cultural, literario o gramatical

60 minutos

 

ANEXO 3

Solicitud para tramitar el pago del premio

Solicitud para tramitar el pago del premio

Solicitante

Nombre y apellidos:

DNI/NIE:

Teléfono:

Email:

Dirección de notificación:

Localidad:

Código postal:

Municipio:

Todos estos datos quedan protegidos en aplicación a la Ley orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de protección de datos de carácter personal, especialmente del artículo10.

EXPONGO:

1. Que este curso académico 2015-2016 he finalizado los estudios de bachillerato, modalidad   .............................., en el centro......................................……………..., con una nota media de…………...

2. Que he obtenido el Premio Extraordinario de Bachillerato en las pruebas realizadas el día 21 de junio de 2016 correspondientes a la convocatoria de este curso.

3. Que, de acuerdo con la Resolución del consejero de Educación y Universidad, debo presentar una declaración responsable de la veracidad de los datos bancarios aportados, de acuerdo con el modelo normalizado, para que puedan abonarme el premio de 610 euros.

SOLICITO:

Que se incorpore al expediente la declaración responsable de veracidad de los datos bancarios aportados que se adjunta.

.............................................., ........ d.................................. de 2016

[Firma]

DIRECCION GENERAL DE PLANIFICACIÓN, ORDENACIÓN Y CENTROS

SERVICIO DE ORDENACION EDUCATIVA

CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y UNIVERSIDAD