Sección IV. Procedimientos judiciales
JUZGADOS DE MANACOR
JUZGADO DE INSTRUCCIÓN NÚM. 3 DE MANACOR
Núm. 4261
Juicio sobre delitos leves nº 239/2015
Que en virtud de lo acordado en los autos de referencia, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 156.4 y 164 de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil, por el presente se notifica a RAFAEL HEREDIA CORTES, RAMON AMAYA AMAYA y a MARIA AMAYA DIAZ el Fallo:
Que debo absolver y ABSUELVO a D. Rafael Heredia Cortes y D. Ramón Amaya Amaya, del delito leve de usurpación, por el que venían siendo acusados en el presente procedimiento, declarando de oficio las costas procesales causadas.
Notifíquese la presente sentencia a las partes personadas, haciéndoles saber que la misma no es firme, y que pueden interponer recurso de apelación, ante la Audiencia Provincial de Palma, pudiendo interponerse el plazo de cinco días a partir del siguiente al de su notificación ante este mismo Juzgado.
Así por esta mi sentencia, la pronuncio, mando y firmo.
En MANACOR a 6 de Abril de 2016.
EL/LA LETRADO DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA