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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

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ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

CONSEJERÍA DE INNOVACIÓN, INVESTIGACIÓN Y TURISMO

Núm. 4444
Notificación de la Resolución del recurso extraordinario de revisión del expediente núm. 175/2014 instruido por la Conselleria d'Innovació, Recerca i Turisme

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Texto

No habiendo sido posible la notificación de la Resolución del recurso extraordinario de revisión interpuesto por el Sr. Jan Andreas Wingren, con domicilo en C/ Sant Lluc, 20, 1º-14 de Llucmajor, actuando como titular del establecimiento llamado restaurante Zum Pfannenstiel/Route 66, ubicado en C/ Trasimeno, 41 de el Arenal, Llucmajor, contra la resolución del Secretario General de la Consejería de Turismo, por delegación del Conseller de Turismo (Resolución de 24.01.2014; BOIB núm. 15 de 30.01.14) de fecha 7 de enero de 2015, recaída en el expediente sancionador núm. 175/2014, por infracción a la vigente legislación, ya que el servicio de Correos la ha devuelto y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 59.5 de la Ley 30/92 de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo Común, se le notifica, que en fecha 5 de enero de 2016, El Secretario General de la Conselleria d'Innovació, Recerca i Turisme, por delegación del Conseller d'Innovació, Recerca i Turisme, (Resolució de 28.07.2015; BOIB núm. 118 de 06.08.15) Resolvió: Estimar el Recurso Extraordinario de revisión, interpuesto por el Sr. Jan Andreas Wingren, en fecha 21 de octubre de 2015 en el sentido de revocar la sanción impuesta en el expediente TU 175/14 y dejar sin efecto la resolución recurrida.

También se le notifica que contra la presente resolución, podrá interponerse Recurso Contencioso-Administrativo ante los juzgados de lo Contencioso-Administrativo de las Illes Balears, en el plazo de 2 meses a contar desde el día siguiente al de la notificación de la presente resolución, de acuerdo con los artículos 8 y 46 de la ley 29/1998 de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Sin perjuicio, en su caso, de la procedencia del recurso extraordinario de revisión.

 

Palma, 14 de abril de 2016

El secretari general
Per delegació del conseller d'innovació, Recerca i Turisme
Resolució de 28-07-15; BOIB núm. 118 de 06.08.15)
Josep Mallol Vicens