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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

AYUNTAMIENTO DE MARRATXÍ

Núm. 4420
Aprobar definitivamente el proyecto de compensación de la UE 5.04

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Texto

Por el Ayuntamiento Pleno, en sesión celebrada 22 de marzo de 2016, entre otros, adopta el siguiente acuerdo.

PRIMER.- Aprobar definitivamente el proyecto de compensación de la UE 5.04 presentado por el Sr. Peter Trouiller como  propietario único, de acuerdo con la redacción del documento presentado el pasado 24 de setiembre de 2015 y habiendo de cumplir las determinaciones de los informes técnicos y jurídicos obrantes en el expediente.

SEGUNDO.- Proceder a la publicación del acuerdo de aprobación definitiva al BOIB y al punto de acceso electrónico municipal, donde se inserirá el contenido íntegro del proyecto aprobado definitivamente; y comunicar el mismo a los interesados.

TERCERO.- Que se expida certificación del acuerdo una vez adquirido firmeza en vía administrativa y que por el promotor se proceda a llevar a termino los tramites oportunos para concluir el procedimiento de inscripción del proyecto de equidistribución al Registre nº 5 de Palma de Mallorca en los términos del RD 1093/1997 y concerniente a la finca nº 4132, inscrita al folio 13 del tomo 6038 del archivo, libro 600 de Marratxí.

El expediente original se encuentra en las dependencias municipales de Urbanismo para su consulta, de 8,15 a 14 de lunes a viernes, c/. Major nº 2 de Pòrtol.

Contra este acuerdo, que pone fin a la vía administrativa,  podrá ser recurrida potestativamente en reposición ante el Alcalde. El plazo para interponer el recurso de reposición será de un mes, contado desde la fecha de notificación de la presente resolución, y significándole que si interpone el recurso de reposición, no podrá interponer recurso contencioso administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación presunta por silencio.

Transcurrido un mes desde la interposición del recurso de reposición sin que se notifique  su resolución, se entenderá desestimado por silencio administrativo y quedara expedita la vía contenciosa administrativa, y podrá interponer recurso contencioso administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso Administrativo de Palma de Mallorca en el plazo de seis meses contados des del día siguiente a aquel en que se produzca el acto presunto.

b) Contra la resolución del recurso de reposición, podrá interponer recurso ante el Juzgado de lo Contencioso Administrativo de Palma de Mallorca en el plazo de dos meses contados des del día siguiente  a aquel en que se notifique la resolución expresa del recurso potestativo de reposición.

El recurso contencioso administrativo podrá ser interpuesto directamente ante el Juzgado de lo Contencioso Administrativo de Palma de Mallorca, en el plazo de DOS MESOS contados des del siguiente día al de la notificación de la presente  resolución.

No obstante, podrá utilizar cualquier otro recurso, si lo cree conveniente

 

Marratxí, 11 de abril de 2016

El  alcalde

Joan Francesc Canyelles Garau

Documentos adjuntos