Sección IV. Procedimientos judiciales
JUZGADOS DE PALMA DE MALLORCA
JUZGADO DE LO SOCIAL NÚM.4 DE PALMA DE MALLORCA
Núm. 4097
Seguridad Social 333/2013
D/Dª PAULA MATEO ERROZ, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Social nº 004 de PALMA DE MALLORCA, HAGO SABER:
Que en el procedimiento SEGURIDAD SOCIAL 0000333/2013 de este Juzgado de lo Social, seguidos a instancia de D/Dª AICHA EL AYACHI contra la empresa SERVICIO PUBLICO EMPLEO ESTATAL, sobre ORDINARIO, se ha dictado la siguiente resolución, cuya parte dispositiva se adjunta:
A U T O
Magistrado/a-Juez
Sr/Sra. D/D.ª HELENA ANIORTE CONESA
En PALMA DE MALLORCA, a siete de Marzo de dos mil dieciséis.
ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO.- Por AICHA EL AYACHI se presentó demanda contra SERVICIO PUBLICO EMPLEO ESTATAL que ha sido turnada a este órgano judicial y registrada como SEGURIDAD SOCIAL 0000333/2013.
SEGUNDO.- Por resolución de fecha 20/04/2015 se mandó advertir a la demandante de los defectos u omisiones apreciados, concediendo, como dispone el artículo 81.1, el plazo de cuatro días para la subsanación de aquellos.
PARTE DISPOSITIVA
Dispongo: No admitir a trámite la demanda presentada por AICHA EL AYACHI contra SERVICIO PUBLICO EMPLEO ESTATAL por no haber sido subsanada la demanda dentro del plazo legal establecido POR NO HABER PODIDO NOTIFICAR DICHO REQUERIMIENTO, y en consecuencia procédase a su archivo.
Incorpórese el original al Libro de su razon, dejando certificación del mismo en el procedimiento de su razón.
Notifíquese a las partes, haciéndoles saber que en aplicación del mandato contenido en el artículo 53.2 de la LJS, en el primer escrito o comparecencia ante el órgano judicial, las partes o interesados, y en su caso los profesionales designados, señalarán un domicilio y datos completos para la práctica de actos de comunicación. El domicilio y los datos de localización facilitados con tal fin, surtirán plenos efectos y las notificaciones en ellos intentadas sin efecto serán válidas hasta tanto no sean facilitados otros datos alternativos, siendo carga procesal de las partes y de sus representantes mantenerlos actualizados. Asimismo deberán comunicar los cambios relativos a su número de teléfono, fax, dirección electrónica o similares, siempre que estos últimos estén siendo utilizados como instrumentos de comunicación con el Tribunal.
MODO DE IMPUGNACIÓN: Contra la presente resolución cabe interponer recurso de reposición, en el plazo de TRES DÍAS siguientes a su notificación con expresión de la infracción que a juicio del recurrente hubiere incurrido la resolución impugnada, sin que la interposición del recurso tenga efectos suspensivos (art. 186 y 187 de la LJS).
Así lo acuerda y firma SSª. Doy fe.
Y para que sirva de notificación en legal forma a AICHA EL AYACHI, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Provincia de ILLES BALEARS.
Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la Oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.
En PALMA DE MALLORCA, a seis de Abril de dos mil dieciséis.
EL/LA LETRADO DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA