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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección IV. Procedimientos judiciales

JUZGADOS DE PALMA DE MALLORCA

JUZGADO DE LO SOCIAL NÚM.1 DE PALMA DE MALLORCA

Núm. 4082
Procedimiento Ordinario 649/2014

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

D/Dª BEGOÑA MARÍ RUIZ, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Social nº 001 de PALMA DE MALLORCA, HAGO SABER:

Que en el PROCEDIMIENTO ORDINARIO 0000649/2014 de este Juzgado de lo Social, seguidos a instancia de D/Dª MANUEL ESPINOLA SERRANO contra la empresa DISTRIBUIDORA ATLAS SA TORRE SLU y ALIMENTOS REFRIGERADOS DE DISTRIBUCION MALLORCA SLL, sobre ORDINARIO, se ha dictado la siguiente resolución, cuya parte dispositiva se adjunta:

FALLO

Que tengo por desistido a DON MANUEL ESPINOLA SERRANO de la demanda presentada frente a la empresa Alimentos Refrigerados de Distribución Mallorca SL.

Que estimando parcialmente la demanda interpuesta por DON MANUEL ESPINOLA SERRANO frente DISTRIBUIDORA ATLAS SA TORRE SLU a debo condenar y condeno a la demandada DISTRIBUIDORA ATLAS SA TORRE SLU a pagar al actor la cantidad de 5.092,04 euros conforme al fundamento jurídico segundo de esta resolución, cantidad ésta que se incrementará en un diez por ciento de interés por mora.

Notifíquese esta  resolución  a las partes en la forma que previene la Ley, haciéndoles saber que contra la misma cabe interponer Recurso de Suplicación ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de las Islas Baleares, anunciándolo ante este Juzgado por comparecencia o por escrito en el plazo de los cinco días hábiles siguientes a la notificación del presente fallo, siendo indispensable que al tiempo de anunciarlo acredite la parte que no ostente el carácter de trabajador y no goce del beneficio de justicia gratuita, haber consignado el importe íntegro de la condena en el banco BANESTO, en la cuenta de este Juzgado o presentar aval solidario de Entidad Financiera por el mismo importe. Así mismo deberá constituir otro depósito por importe de 300 € en el referido banco, presentando el resguardo correspondiente a éste último depósito en la Secretaria del Juzgado al tiempo de interponer el Recurso y  el del primer depósito al momento de anunciarlo, sin cuyos  requisitos no podrá ser admitido.

Y para que sirva de notificación en legal forma a ALIMENTOS REFRIGERADOS DE DISTRIBUCION MALLORCA SLL, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la Oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.

En PALMA DE MALLORCA, a ocho de Abril de dos mil dieciséis.

EL/LA LETRADO DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA