Sección V. Anuncios
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ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, AGRICULTURA Y PESCA
Núm. 4414
Resolución del director general de Educación Ambiental, Calidad Ambiental y Residuos de la Consejería de Medio Ambiente, Agricultura y Pesca por la cual se somete a información pública el anteproyecto de Decreto por el cual se crea el Premio Centros Ecoambiantales Hacia la Sostenibilidad
Fets
1. En fecha 4 de febrero de 2016, se ordena el inicio del procedimiento y de la tramitación del Anteproyecto de Decreto por el cual se crea el Premio Centros Ecoambientales Hacia la Sostenibilidad se designó a la Dirección General de Educación Ambiental, Calidad Ambiental y Residuos órgano responsable de este procedimiento.
Fundamentos de derecho
1. La Ley 4/2001, de 14 de marzo, del Gobierno de les Illes Balears.
2. El Acuerdo de Consejo de Gobierno de 28 de diciembre de 2004 por el cual se aprueban las instrucciones sobre el procedimiento para el ejercicio de la iniciativa del Gobierno.
3. La Ley 4/2001, de 31 de marzo, de la buena administración y del buen gobierno de les Illes Balears.
Por todo ello, dicto la siguiente
Resolución
1. Someter el anteproyecto de Decreto por el cual se crea el Premio Centros Ecoambientales Hacia a la Sostenibilidad al trámite de información pública.
El borrador de Decreto está a disposición de las personas interesadas en la Consejería de Medio Ambiente, Agricultura y Pesca (c/ del Gremi de Corredors, 10, 07009 Palma) y en la página web del Gobierno de les Illes Balears
(http://www.caib.es/govern/sac/fitxaRedirect.do?codi=2590626&lang=ca).
2. Fijar un plazo de quince días hábiles desde el día siguiente de haberse publicado esta Resolución en el Butlletí Oficial de les Illes Balears. Las alegaciones se han de presentar en la sede de la Consejería de Medio Ambiente, Agricultura y Pesca (c/ del Gremi de Corredors, 10, 07009 Palma) o en cualquiera de los lugares que determina el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común.
3. Habilitar la posibilidad de presentar alegaciones por medios telemáticos mediante el apartado “participación en la elaboración de normativa” de la página web Participación Ciudadana del Gobierno de les Illes Balears (<http://participaciociutadana.caib.es>), en el plazo que establece el apartado anterior, de acuerdo con el artículo 34.2 f de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de les Illes Balears.
4. Siempre que las alegaciones presentadas mediante la web incluyan la identificación de la persona o entidad que hace las alegaciones se han de incluir en el expediente de elaboración normativa, aunque no consten el registro de entrada electrónico de la Administración de la Comunidad Autónoma. A esto efectos, el funcionario o funcionaria del órgano competente de la tramitación del procedimiento normativo que las reciba electrónicamente emitirá una diligencia de las alegaciones presentadas.
5. Ordenar la publicación de esta Resolución en el Butlletí Oficial de les Illes Balears.
Palma, 19 de abril de 2016
El director general
Sebastià Sansó i Jaume