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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección II. Autoridades y personal

Subsección segunda. Oposiciones y concursos

AYUNTAMIENTO DE CALVIÀ

Núm. 4255
Convocatoria para proveer, mediante el sistema de comisión de servicios ordinaria voluntaria, diez puestos de trabajo de Policía Local

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Texto

DECRETO DE ALCALDÍA

Atendidas las necesidades organizativas de esta Corporación, se han de proveer diez puestos de Policía Local, mediante el sistema de comisión de servicios ordinaria voluntaria, por lo cual esta Tenencia de Alcaldía, en virtud de la facultad que le confiere el artículo 21.1.h) de la Ley 7/85 de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local,

RESUELVE

Primero.- Aprobar las bases de la convocatoria para proveer, mediante el sistema de comisión de servicios ordinaria voluntaria, diez puestos de trabajo de POLICÍA LOCAL adscritos al área de Seguridad.

BASES

1. Objeto

Provisión de 10 puestos de trabajo de POLICÍA LOCAL mediante comisión de servicios ordinaria voluntaria.

DENOMINACIÓ DEL LLOC/
DENOMINACIÓN DEL PUESTO

V.J.

ESC

GP

NIV

C.ESP 10

F.P.

AD AD

JOR

Requisits/Requisitos

Requeriments/
Requerimientos

Niv Cat

Policia/Policía

F

E SE PL EB P

C1

18

12.881,48

C

A1

Amp

Curs de Policia de l'Escola de Policia Local. Carnets de conduir A i BTP.Socorrista aquàtic/
Curso de Policía de la Escuela de Policía Local. Carnets de conducir A y BTP. Socorrista acuático

Torns Dll a Dmg/
Turnos Lun a Domin

B2

2.    Duración

La duración de la comisión de servicios será de un año.

Esta convocatoria se publicará en el BOIB.

3.  Requisitos de los aspirantes

Se puede presentar el personal funcionario de carrera que ocupe plaza de Policía Local en las Illes Balears, que se encuentre en la situación administrativa de servicio activo, que cumpla los requisitos establecidos en el punto 1 de estas bases y los que prevé  el artículo 162 del Decreto 28/2015, de 30 de abril, por el cual se aprueba el Reglamento marco de coordinación de las policías locales de las Illes Balears.

4.   Solicitudes y plazo de presentación

Las solicitudes de participación en la convocatoria, junto con la documentación que corresponda, se han de presentar en el registro general de entrada, o en cualquiera de las formas previstas en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

El plazo de presentación de solicitudes es de siete días hábiles y comienza a transcurrir a partir del día siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el BOIB. Las siguientes notificaciones se publicarán en el tablón de anuncios y en la web municipal (www.calvia.com).

Baremo de méritos

La propuesta de nombramiento se hará a favor de las diez personas aspirantes que tengan más puntuación, según el baremo que prevé  el anexo  6 del Decreto 28/2015, de 30 de abril, por el cual se aprueba el Reglamento marco de coordinación de las policías locales de las Illes Balears, habiéndose de valorar los siguientes méritos:

1. Antigüedad

Se ha de valorar la antigüedad que se tenga reconocida como personal funcionario, en cualquier categoría de un cuerpo de policía local, como policía en un ayuntamiento que no haya constituido cuerpo de policía local o como policía auxiliar.

2. Cursos y acciones formativas

Se han de valorar los cursos y las acciones formativas siguientes:

Los diplomas o los certificados de cursos y actividades formativas impartidos por las escuelas de formación de las policías locales, los cursos impartidos por la Escuela Balear de Administración Pública o que tengan la condición de concertados u homologados por la EBAP, los cursos de interés policial manifiesto superados en universidades en el ámbito de la Unión Europea o en otras administraciones públicas del estado español con centros de formación acreditados y los planes de formación continua, con un certificado que acredite que se han superado con aprovechamiento o, si procede, con certificado de asistencia, que estén directamente relacionados con las funciones del puesto de trabajo que haya de cubrir. A tal efecto, se consideran directamente relacionado con las funciones de cualquier puesto de trabajo los cursos referidos a les áreas profesionales de policia, seguridad, emergencias, salvamento, ciencias forenses, criminología, violencia de género y formación sanitaria relacionada con la profesión de policía local.

Los cursos o las acciones formativas de contenido idéntico sólo se pueden valorar una vez. En este caso, se ha de valorar la acción formativa con más horas de duración.

No han de ser objeto de valoración los cursos que se exijan como requisito específico del puesto de trabajo convocado.

3. Estudios académicos oficiales

Se han de valorar los estudios o titulaciones oficiales con validez en todo el territorio nacional que sean de nivel superior a la titulación exigida para ingresar en la categoría del puesto de trabajo.

En caso de presentación de títulos de estudios hechos en el extranjero, se habrá de acreditar la homologación concedida por el  Ministerio de Educación.

La valoración de una titulación implica que no se valore la de nivel inferior o de primer o segundo ciclo que sea necesaria para obtenerla.

- Conocimientos de catalán

Se valoran los certificados expedidos por la Escuela Balear de Administración Pública (EBAP), expedidos u homologados por el órgano competente de la Consejería de Educación, Cultura y Universidades o reconocidos de acuerdo con la normativa autonómica vigente.

- Conocimientos de otras lenguas

Se valoran los certificados acreditativos de los conocimientos de cualquier lengua oficial de las otras comunidades autónomas o de una lengua extranjera expedidos por las escuelas oficiales de idiomas (EOI), las universidades, EBAP, otras escuelas de administración pública y otras entidades, y que sean equivalentes a los niveles que establece el Marco común europeo.

5. Comisión Técnica de Valoración

La Comisión Técnica de Valoración estará compuesta por los siguientes miembros:

Presidente:  Sr. Antonio Roig Cirer, en sustitución Sr. Francisco Darder Kittila

Vocales:

- Sr. José López López, en sustitución Sr. Antonio Figuerola Rivadeneira

- Sr. Miguel Calle Bover, en sustitución Sr. Andrés Fornés Quetglas

Una persona designada por la representación de los trabajadores.

6. Resolución de adjudicación

La Tenencia de Alcaldía de Servicios Generales y Seguridad es el órgano competente para resolver los procedimientos de comisión de servicios de carácter voluntario, de acuerdo con la delegación de competencias vigente.

7. Convocatoria desierta

En caso de que la convocatoria se haya de declarar desierta porque no se presenten solicitudes para participar dentro del plazo establecido o porque las personas que se presenten no cumplan los requisitos para que le pueda ser adjudicada, La Tenencia de Alcaldía de Servicios Generales y Seguridad publicará la resolución correspondiente en el tablón de anuncios y en la web municipal, y se especificarán los recursos que las personas interesadas pueden interponer.

8. Interposición de recursos

Contra esta resolución -que agota la vía administrativa- se puede interponer un recurso potestativo de reposición ante la Alcaldía-Presidencia en el plazo de un mes contado desde el día siguiente de haberse publicado, de acuerdo con los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, y del artículo 57 de la Ley 3/2007, de 26 de marzo, de Régimen Jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears. También se puede interponer directamente recurso contencioso administrativo ante el Juzgado Contencioso Administrativo de Palma en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente de haberse publicado la resolución, de acuerdo con los artículos 8.2 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contenciosa administrativa.

        

Calvià, a 6 de abril de 2016

       

El Teniente de Alcalde delegado de Servicios Generales y Seguridad

Andrés Serra Martínez

(Delegación por resolución de Alcaldía de fecha 1/12/2015)