Sección V. Anuncios
Subsección segunda. Otros anuncios oficiales
ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
CONSEJERÍA DE SERVICIOS SOCIALES Y COOPERACIÓN
Núm. 4174
Resolución de la consejera de Servicios Sociales y Cooperación por la cual se somete al trámite de información pública el Proyecto de Decreto de despliegue de la Ley 1/2014, de 21 de febrero, de perros de asistencia
Hechos
1. El 7 de abril de 2016, el director general de Planificación y Servicios Sociales emitió una memoria justificativa que establecía la necesidad de iniciar el procedimiento de elaboración del Decreto de despliegue de la Ley 1/2014, de 21 de febrero, de perros de asistencia.
2. El mismo día, la consejera de Servicios Sociales y Cooperación dictó la Resolución por la cual se inicia el procedimiento de elaboración del Decreto de despliegue de la Ley 1/2014, de 21 de febrero, de perros de asistencia.
3. Una vez elaborado el Proyecto de Decreto, de acuerdo con los artículos 43, 44 y 45 de la Ley 4/2001, se tiene que someter al trámite de audiencia de las entidades interesadas y al trámite de información pública.
Fundamentos jurídicos
Los artículos 43, 44 y 45 de la Ley 4/2001, de 14 de marzo, del Gobierno de las Illes Balears.
Por todo ello, dicto la siguiente
Resolución
1. Someter a la audiencia de la ciudadanía el borrador del Proyecto de Decreto de despliegue de la Ley 1/2014, de 21 de febrero, de perros de asistencia, y ponerlo a disposición de las personas interesadas en la Dirección General de Planificación y Servicios Sociales (plaza de la Drassana, 4, de Palma), y en la página web de participación ciudadana (http://participaciociutadana.caib.es) del Gobierno de las Illes Balears.
2. Fijar el plazo de información pública en quince días hábiles desde el día siguiente de haberse publicado esta Resolución en el Boletín Oficial de las Illes Balears. Las alegaciones se tienen que presentar en la sede de la Dirección General de Planificación y Servicios Sociales (plaza de la Drassana, 4, de Palma), o en cualquiera de los lugares que determina el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y el Procedimiento Administrativo Común.
3. Habilitar la posibilidad de presentar alegaciones por medios telemáticos mediante el apartado “Participación en la elaboración normativa” de la página web de participación ciudadana (http://participaciociutadana.caib.es) del Gobierno de las Illes Balears, dentro del plazo que se establece en el apartado anterior, de acuerdo con el artículo 34.2 f de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de Régimen Jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.
Siempre que las alegaciones presentadas mediante la web incluyan la identificación de la persona o la entidad que las hace, se incluirán en el expediente de elaboración normativa, aunque no consten en el registro de entrada electrónico de la Administración de la Comunidad Autónoma. A este efecto, el funcionario o funcionaria del órgano competente de la tramitación del procedimiento normativo que las reciba electrónicamente tiene que emitir una diligencia de las alegaciones presentadas.
4. Ordenar la publicación de esta Resolución en el Boletín Oficial de las Illes Balears.
Palma, 13 de abril de 2016
La consejera
Fina Santiago Rodríguez