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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección II. Autoridades y personal

Subsección segunda. Oposiciones y concursos

AYUNTAMIENTO DE SANT JOAN DE LABRITJA

Núm. 4053
Revocación del Acuerdo de Aprobación de "Bases del Proceso selectivo para cubrir una plaza de Policía Local de la Plantilla de Personal Funcionario de Carrera del Ayuntamiento de Sant Joan de Labritja" y del plazo para la presentación de Instancias

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Texto

Se hace público el acuerdo de Junta de Gobierno Local de fecha 8 de abril de 2016, por el que se acuerda revocar las Bases del Proceso selectivo para cubrir una plaza de Policía Local de la plantilla de personal funcionario de carrera del Ayuntamiento de Sant Joan de Labritja así como, en consecuencia, revocar el plazo establecido en las mismas para la presentación de instancias y solicitudes, en el sentido siguiente:

Visto el acuerdo adoptado por JGL de fecha 17 de marzo de 2016, aprobando las bases del proceso selectivo para cubrir una plaza de policía local de la plantilla de personal de este Ayuntamiento.

Considerando que constituye requisito esencial para tramitar el expediente de aprobación de Bases de dicho proceso selectivo, tener acordado previamente la Oferta de Empleo Público correspondiente que legitime el inicio del proceso selectivo.

La Junta de Gobierno Local, por unanimidad acuerda de sus miembros acuerda:

PRIMERO.- Revocar el acuerdo de aprobación de las bases determinadas en los antecedentes de este acuerdo, dejando sin efecto las mismas.

SEGUNDO.- En consecuencia, revocar y dejar sin efecto el plazo para la presentación de instancias determinado en dichas bases.

TERCERO.-  Remitir anuncio del presente acuerdo al Boletín Oficial de las Illes Balears (BOIB), Tablón de anuncios del Ayuntamiento y Página Web municipal www.santjoandelabritja.com, para conocimiento general de los interesados.

La anterior resolución pone fin a la vía administrativa, contra la cual se puede interponer recurso potestativo de reposición ante la Alcaldía de este Ayuntamiento durante el plazo de un mes contado desde el día siguiente a la notificación del presente acuerdo; o bien, directamente recurso contencioso administrativo ante el Juzgado Contencioso Administrativo de Palma de Mallorca dentro del plazo de dos meses, contados desde el día siguiente a aquel en que tenga lugar la notificación del presente acuerdo.

Sant Joan de Labritja,

EL ALCALDE