Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
CONSEJO DE GOBIERNO
Núm. 4108
Acuerdo del Consejo de Gobierno de 15 de abril de 2016 de nombramiento de representantes en la Comisión de Programación, Seguimiento y Control prevista en el convenio suscrito con el Consejo Insular de Mallorca en materia de actuaciones para el desarrollo de las inversiones del Estado en las Illes Balears
El 11 de marzo de 2011 la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears y el Consejo Insular de Mallorca firmaron un convenio para establecer el marco de colaboración para ejecutar las inversiones previstas en el convenio suscrito con el Estado, en relación a la disposición transitoria novena del Estatuto de Autonomía, y que se concretan en las obras y actuaciones que se relacionan en su anexo.
La cláusula séptima del convenio prevé la constitución de una comisión de programación, seguimiento y control, la cual está formada por tres representantes de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears y tres representantes del Consejo Insular de Mallorca.
Mediante el Acuerdo del Consejo de Gobierno de 7 de junio de 2013 (publicado en el BOIB núm. 84, de 13 de junio de 2013) se nombraron los representantes de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears en la Comisión de Programación, Seguimiento y Control.
Una vez iniciadas las tareas del Gobierno, dada la nueva estructura orgánica básica de las consejerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears establecida en el Decreto 24/2015, de 7 de agosto, de la presidenta de las Illes Balears, se ha detectado la necesidad de reestructurar la representación de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears en la Comisión de Programación, Seguimiento y Control.
Por todo ello, el Consejo de Gobierno, a propuesta de la consejera de Presidencia, en la sesión de día 15 de abril de 2016, adoptó, entre otros, el siguiente Acuerdo:
“Primero. Nombrar, en representación de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, para formar parte de la Comisión mencionada en el punto anterior, a las siguientes personas:
Suplente: la persona titular de la dirección general competente en materia de turismo.
Suplente: la persona titular de la dirección general competente en materia de relaciones institucionales y acción exterior.
Suplente: la persona titular de la dirección general competente en materia de política financiera.
Segundo. Disponer que los representantes de la Comisión mencionada en el punto primero se nombren en virtud del cargo que ocupan; por tanto, el cambio de la titularidad del cargo supondrá también el correspondiente en la Comisión de Programación, Seguimiento y Control.
Tercero. Dejar sin efecto el Acuerdo del Consejo de Gobierno de 7 de junio de 2013 de nombramiento de representantes en la Comisión Mixta de Seguimiento prevista en el convenio suscrito con el Consejo Insular de Mallorca en materia de actuaciones para el desarrollo de las inversiones del Estado en las Illes Balears.
Cuarto. Publicar este acuerdo en el Boletín Oficial de las Illes Balears.
Quinto. Notificar este acuerdo al Consejo Insular de Mallorca y a las personas interesadas.”
Palma, 15 de abril de 2016
La secretaria del Consejo de Gobierno
Pilar Costa i Serra