Sección I. Disposiciones generales
AYUNTAMIENTO DE MARRATXÍ
Núm. 4039
Modificación de la ordenanza reguladora del precio público del SAD
El Pleno del Ayuntamiento de Marratxí, en sesión ordinaria de día 23 de febrero de 2016, aprobó inicialmente la modificación de la Ordenanza reguladora del precio público por la prestació del servicio de ayuda a domicilio.
Finalizado el plazo de información pública sin que se haya presentado ninguna reclamación o sugerencia, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 49 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local, el Acuerdo inicial mencionado se entiende definitivamente adoptado.
De acuerdo con lo establecido en el artículo 70.2 de la Ley 7/1985, a continuación se publica el texto íntegro de las modificaciones de la Ordenanza.
Modificación de la Ordenanza reguladora del precio público por la prestación del servicio de ayuda a domicilio
Se modifican los artículos 1, 2, 3 y 5, que quedan redactados de la siguiente forma:
Art.1.- Según lo previsto en el artículo 127, en relación con el artículo 41, ambos del RD Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, que autoritza a establecer y exigir precios públicos por la prestación de servicios o realización de actividades de competencia municipal, según las normas contenidas en el capítulo VI del Títol I de la misma Ley, el Ayuntamiento de Marratxí establece el Precio Público por la prestación de los servicios públicos de Ayuda a Domicilio (SAD) y de comida a domicilio.
Art.2.- Será objeto de este precio público el mantenimiento de los Servicios de Ayuda a Domicilio y de comida a domicilio propios y/o concertados con empresa/s que el Ayuntamiento de Marratxí ponga a disposición de las personas mayores y/o con discapacidad o personas que por su situación lo requieran.
Art.3.- Estan obligados a contribuir mediante el pago del precio público regulado en esta ordenanza, quienes soliciten y se beneficien del Servicio de Ayuda a Domicilio y/o de comida a domicilio prestado por el Ayuntamiento de Marratxí con servicio propio o concertado con empresa/s.
Art.5.- Normas de gestión
La cuota tributaria regulada en esta ordenanza por la prestación del servicio de ayuda a domicilio será 10,00 €/hora. El servicio que se devengará será como mínimo de 30 minutos y el resto de la prestación se liquidará por fracciones de 15 minutos.
El precio del servicio de comida a domicilio será el que se establezca en el contrato de servicio en vigor.
El Ayuntamiento expedirá una liquidación de la prestación del servicio de forma mensual que se cobrará al sujeto pasivo mediante domiciliación bancaria.
(...)
Marratxí, 11 de abril de 2016
El Alcalde
Joan Francesc Canyelles Garau