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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

AYUNTAMIENTO DE SANT JOSEP DE SA TALAIA

Núm. 4032
Convocatoria de subvenciones para la organizació de fiestas, año 2016

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Texto

La Junta de Gobierno Local, en sesión ordinaria celebrada el día 31 de marzo de 2016, aprobó las bases que se transcriben a continuación:

“Convocatoria de subvenciones para las asociaciones de vecinos, comisiones de fiestas, grupos folclóricos y asociaciones culturales, sin ánimo de lucro, del municipio de Sant Josep de sa Talaia, para la realización de las siguientes actuaciones que se celebren dentro del año 2016 en el municipio de Sant Josep de sa Talaia:

A- organización de fiestas patronales, de Navidad o festividad de la barriada y fiestas populares.

B- realización de actuaciones, iniciativas y proyectos de carácter folclórico o relacionados directamente con la cultura tradicional de las Pitiusas.

La Concejalía de Fiestas del Ayuntamiento de Sant Josep de sa Talaia pretende impulsar las actividades culturales y tradicionales, como son las fiestas patronales, facilitar el mantenimiento de las asociaciones de vecinos, comisiones de fiestas, agrupaciones folclóricas y asociaciones culturales sin ánimo de lucro que las organizan y facilitar, igualmente, a los ciudadanos la participación en estas actividades que tanto de arraigo tienen en la sociedad ibicenca.

Pretende, también, impulsar las actuaciones, iniciativas y proyectos de cariz cultural y tradicional que organicen los grupos, entidades y asociaciones folclóricas o culturales, sin ánimo de lucro, del municipio de Sant Josep de sa Talaia, la función de las cuales sea promover el folclore tradicional pitiuso, dado que estas iniciativas son decisivas para la promoción de la cultura pitiusa.

Por otro lado, también se tiene en cuenta que el asociacionismo es decisivo para la defensa y crecimiento de la sociedad y la cultura pitiusas, y es necesario considerar la acción dinamizadora y la capacidad emprendedora de este tipo de asociaciones.

Esta convocatoria se ciñe a las asociaciones del municipio de Sant Josep de sa Talaia según las siguientes:

BASES

1. OBJETO DE LA CONVOCATORIA

1.1. La presente convocatoria se somete a la Ordenanza general de subvenciones del Ayuntamiento de Sant Josep de sa Talaia, (BOIB núm. 87, de 10-06-2010), así como a la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones.

1.2 Estas bases se expondrán al tablón de anuncios del Ayuntamiento y serán publicadas en el BOIB.

1.3. El objetivo de esta convocatoria es apoyar, mediante una subvención económica, a las asociaciones de vecinos, comisiones de fiestas, grupos folclóricos y asociaciones culturales, sin ánimo de lucro, del municipio de Sant Josep de sa Talaia para la realización de las siguientes actuaciones que se celebren dentro del año 2016 en el municipio de Sant Josep de sa Talaia:

A- organización de fiestas patronales, de Navidad o festividad de la barriada y fiestas populares.

B - realización de actuaciones, iniciativas y proyectos de carácter folclórico o relacionados directamente con la cultura tradicional de las Pitiusas.

1.4. Las subvenciones podrán financiar gastos que se realicen durante el ejercicio del 2016, por los siguientes conceptos:

-Gastos que se deriven de las actividades propias de la organización de fiestas patronales, de Navidad o de festividad de barriada y fiestas populares, organizadas por asociaciones de vecinos, entidades culturales, comisiones de fiestas, grupos folclóricos, etc., del municipio de Sant Josep de sa Talaia.

- Gastos que se deriven de las actuaciones, las iniciativas y los proyectos de las entidades, grupos y asociaciones folclóricas o culturales sin ánimo de lucro del municipio de Sant Josep de sa Talaia, la función de las cuales sea promover el folclore tradicional pitiuso a través de las manifestaciones folclóricas, cursos y talleres para recuperar actividades tradicionales, edición de material bibliográfico o realización de exposiciones, etc., de cariz cultural y tradicional, relacionadas con las costumbres, la historia y el patrimonio cultural local durante el año 2016.

Se consideran gastos subvencionables, a los efectos de esta convocatoria, aquellos que respondan a la naturaleza de la actividad subvencionada, y que se realicen en el plazo establecido entre el 1 de enero de 2016 y el 30 de noviembre de 2016.

En ningún caso será subvencionable el pago de tributos ni aquellos gastos en adquisición de productos, de cuya venta se haya sacado un rendimiento económico.

2. CONSIGNACIÓN PRESUPUESTARIA Y CUANTÍA

La cuantía máxima de las subvenciones que se podrán conceder en esta convocatoria es de:

148.000,00 €, con cargo a la partida 338 48 019

3. ENTIDADES SOLICITANTES

3.1. Podrán acogerse a esta convocatoria las siguientes entidades:

- Asociaciones de vecinos, comisiones de fiestas, grupos folclóricos y asociaciones culturales sin ánimo de lucro del municipio de Sant Josep de sa Talaia para la realización de fiestas patronales, de Navidad, de festividad de la barriada y fiestas populares, que se celebren durante el año 2016 en el municipio de Sant Josep de sa Talaia.

- Aquellas entidades, grupos y asociaciones folclóricas o culturales sin ánimo de lucro que se encuentren en situación legal, radicadas y que tengan  el ámbito de actuación en el término municipal de Sant Josep de sa Talaia, cuya función sea promover el folclore tradicional pitiuso a través de las manifestaciones folclóricas, cursos y talleres para recuperar actividades tradicionales, edición de material bibliográfico o realización de exposiciones, etc., de cariz cultural y tradicional, relacionadas con las costumbres, la historia y el patrimonio cultural local durante el año 2016.

Las entidades que se acojan a esta convocatoria tendrán que estar inscritas en el Registro Municipal de Asociaciones del Ayuntamiento de Sant Josep de sa Talaia.

4. RÉGIMEN DE LAS AYUDAS

4.1. La concesión de la subvención se llevará a cabo mediante el régimen de concurrencia competitiva. Sólo podrán obtener subvención aquellas entidades que, reuniendo los requisitos exigidos, lleguen al mínimo de puntos señalados en la base 6.

4.2. Las ayudas no podrán ser superiores al 80% de los gastos originados por la actividad objeto de esta convocatoria. Todo ello sin perjuicio de las limitaciones presupuestarias.

4.3. Las ayudas objeto de esta convocatoria son compatibles con otras ayudas efectuadas por cualquier otra administración pública o institución privada. En ningún caso, la suma total de las ayudas percibidas podrá ser superior al coste total de la actividad subvencionada.

4.4. Se establece, basándose en el artículo 59.6 de la Ley 30/92 de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, como único medio de notificación de todos los actos de trámite del presente procedimiento, el tablón de anuncios del Ayuntamiento y de las oficinas municipales de Sant Jordi y Cala de Bou y la página Web del Ayuntamiento (www.santjosep.org).

4.5.Finalizado el plazo de presentación de solicitudes y una vez revisadas estas por la Comisión de Evaluación, se expondrá, según se establece en la base 4.4, la lista provisional de admitidos para participar en el procedimiento así como las solicitudes que tengan algún defecto o tengan que enmendarse.

Si la solicitud y/o documentación presentada tiene ningún defecto, falta documentación o se quieren hacer alegaciones, la persona interesada dispondrá de un plazo de 10 días naturales, contados a partir del día siguiente de la publicación de la lista provisional, para hacer las enmiendas que correspondan. Transcurrido este plazo sin haber efectuado las enmiendas o haber adjuntado la documentación requerida, se considerará que desiste de su petición, de acuerdo con lo que dispone el artículo 71.1 de la LRJ-PAC. 

Una vez pasado el plazo para la enmienda de documentación o presentación de las alegaciones y una vez resueltas estas, la Comisión de Evaluación publicará la lista definitiva de admitidos y excluidos para participar en el procedimiento.

5. SOLICITUD, PLAZO DE PRESENTACIÓN Y DOCUMENTACIÓN

5.1. Las instancias se dirigirán a la Alcaldía del Ayuntamiento de Sant Josep y se presentarán en el Registro General del Ayuntamiento de Sant Josep de sa Talaia o en las dependencias municipales de Cala de Bou y Sant Jordi o en la forma establecida en el art. 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común (LRJ-PEC).

5.2. Los solicitantes de la subvención tendrán que adjuntar a la solicitud la siguiente documentación (originales o fotocopias compulsadas):

a) Solicitud para participar en el procedimiento de concesión de subvenciones (anexo I)

b) Documento que acredite que la asociación está dada de alta en el Registro de Asociaciones y Fundaciones de la Consejería de Presidencia del Gobierno de las Islas Baleares.

c) Estatutos o reglamentos inscritos en el Registro de Asociaciones y Fundaciones de la Consejería de Presidencia del Gobierno de las Islas Baleares y adaptados a la Ley.

d) DNI del representante de la entidad.

e) CIF/NIF de la entidad.

f) Memoria descriptiva de la trayectoria de la asociación y de las actividades a realizar dentro del año 2016, con presupuesto.

g) Declaración del representante legal de la entidad de no estar inhabilitado para contratar con las administraciones públicas o para obtener la subvención, de estar facultado para actuar en nombre de la entidad y de no concurrir en la misma ninguna de las causas del artículo 13 de la Ley 38/2003 general de subvenciones (anexo II).

h) Datos bancarios para la transferencia del importe de la subvención, en caso de no haberlo presentado en otras ocasiones (anexo III).

i) Declaración de las subvenciones obtenidas para la misma finalidad y compromiso de comunicar a la entidad local, las que se obtengan en el futuro (anexo IV).

j) Autorización para obtener información sobre el cumplimiento de las obligaciones tributarias (anexo VI).

Nota. A efectos de esta convocatoria y de acuerdo con el art. 35 de la LRJ-PAC, las asociaciones que ya presentaron la documentación en otras convocatorias, en el supuesto de que esta documentación no haya sufrido ningún tipo de variación, no será necesario que lo aporten nuevamente.

Nota. En la propuesta de resolución provisional , el Ayuntamiento de Sant Josep requerirá a sus beneficiarios que acrediten estar al corriente de sus obligaciones tributarias —hecho que constatará de oficio el Ayuntamiento previa presentación de la autorización para obtener información sobre el cumplimiento de las obligaciones tributarias (anexo VI)— y ante la Seguridad Social. En caso de no poderlo acreditar, esto será motivo de exclusión de la subvención y de nueva propuesta motivada con posible prorrateo del restante.

5.3. Plazo de presentación

El plazo de presentación de solicitudes será de 30 días naturales, contados desde el día siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el BOIB.

6. CRITERIOS DE VALORACIÓN

El baremo de criterios para la valoración de las solicitudes será el siguiente:

a) Por las características de la actividad, hasta un máximo de 250 puntos.

Se valorará el tipo de actividad, su complejidad, el número de participantes, etc.

-Actividades con valores culturales tradicionales integradores y didácticos hasta un máximo de 50 puntos.

-Trascendencia y proyección que puede tener la actividad más allá del municipio, hasta un máximo de 50 puntos.

- Aspectos formativos, hasta un máximo de 50 puntos.

- Por la proyección exterior de la asociación, hasta un máximo de 50 puntos. Se valorará a razón de 10 puntos por cada actividad realizada fuera de Ibiza.

-Actividades de recuperación de valores culturales tradicionales: hasta un máximo de 50 puntos.

b) Por otras circunstancias de carácter técnico y/o cultural acreditadas por las entidades solicitantes, no incluidas a los apartados anteriores, que puedan ser consideradas motivadamente por la comisión evaluadora, hasta un máximo de 100 puntos.

c) Por la diversificación de las actividades de la programación presentada, hasta un máximo de 50 puntos.

d) Por participación y colaboración en actividades de carácter general organizadas desde el Ayuntamiento hasta un máximo de 50 puntos.

Sólo podrán obtener subvención aquellas asociaciones que obtengan un mínimo de cien (100) puntos.

La correlación de puntuación obtenida y gasto subvencionado será la siguiente:

De 100 a 149 puntos: se subvencionará el 60% del coste subvencionable de la cantidad solicitada.

De 150 a 199 puntos: se subvencionará el 70% del coste subvencionable de la cantidad solicitada.

De 200 a 249 puntos: se subvencionará el 75% del coste subvencionable de la cantidad solicitada.

A partir de 250 puntos: se subvencionará el 80% del coste subvencionable de la cantidad solicitada.

En ningún caso se superará el 80 % del importe solicitado. En caso de que el resultado de la valoración supere la consignación presupuestaria, se reducirán proporcionalmente las cantidades concedidas.

7. COMISIÓN DE EVALUACIÓN

7.1. La comisión de evaluación realizará la valoración técnica de las solicitudes.

Esta comisión es el órgano colegiado que elaborará un informe en que evaluará la documentación aportada, el cual se elevará al órgano instructor.

7.2. Estará formada por los siguientes miembros:

Presidencia: la concejala coordinadora del área de Administración y Gestión o persona en quien delegue

Vocales:

- la concejala de Educación, Juventud, TIC o persona en quien delegue

- uno/a técnico/a de la Concejalía de Educación

- uno/a técnico de Administración General o, si no, personal administrativo del Departamento de Educación y Cultura del Ayuntamiento de Sant Josep.

Secretario/aria: la de la corporación o persona en quien delegue.

7.3. La comisión de evaluación tiene atribuidas las siguientes funciones:

a) Examinar las solicitudes y la documentación presentada y comprobar los datos en virtud de las cuales se tendrá que adoptar la resolución.

b) Analizar y valorar las solicitudes de acuerdo con el baremo establecido en la base 6 de esta convocatoria.

c) Requerir a los solicitantes la corrección o mejora de sus solicitudes.

d) Formular el informe de evaluación y elevarlo al órgano instructor.

e) Resolver cualquier duda que se presente en la interpretación y aplicación de esta convocatoria.

8. INSTRUCCIÓN Y RESOLUCIÓN

8.1. El órgano instructor del procedimiento será el concejal de Fiestas, que tiene atribuidas las funciones establecidas en el artículo 24 de la Ley general de subvenciones.

El órgano instructor, a la vista del expediente y el informe del órgano colegiado, formulará la propuesta de resolución provisional debidamente motivada, que tendrá que notificarse a los interesados, concediéndolos un plazo de 10 días para formular alegaciones. Dentro de este mismo plazo, si procede, las asociaciones beneficiarias tendrán que aportar los correspondientes certificados de estar al corriente de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.

Examinadas las alegaciones que, si es el caso, hubieran presentado los interesados, el órgano instructor con el informe previo de la Comisión de Evaluación formulará la propuesta de resolución definitiva que dirigirá al órgano competente para resolver, el cual dictará propuesta definitiva con la relación de solicitantes, la cuantía, la evaluación realizada y los criterios que se han tenido en cuenta.

La propuesta de resolución provisional y definitiva no crean ningún derecho a favor del beneficiario ante la Administración, mientras no se le haya notificado la resolución de la concesión.

8.2. El órgano competente para resolver las convocatorias de subvenciones es el alcalde de Sant Josep de sa Talaia, sin perjuicio de que pueda ser asistida por la Junta de Gobierno Local, según las atribuciones que le confiere el artículo 23.2.a) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las bases de régimen local y en relación con el artículo 10.4 de la Ley 38/2003 general de subvenciones.

El órgano competente para resolver, a propuesta del instructor, resolverá el procedimiento de concesión de subvenciones según el artículo 89 de la Ley 30/1992 de régimen jurídico de las administraciones públicas y procedimiento administrativo común, en un plazo máximo de tres meses desde la finalización del plazo para la presentación de las solicitudes a que se refiere esta convocatoria.

La resolución será pública en conformidad con el que prevé el artículo 18.2 de la Ley 38/2003 general de subvenciones.

9. PUBLICIDAD DE LOS PROYECTOS SUBVENCIONADOS

Cada asociación beneficiaria de una subvención reflejará en las actividades que realice la colaboración de la corporación y se expresará que ha sido subvencionada por la Concejalía de Fiestas del Ayuntamiento de Sant Josep de sa Talaia, por lo cual tendrá que aparecer el escudo del Ayuntamiento.

Así mismo, previamente a la realización de la actividad, cada asociación tendrá que hacer llegar a la Concejalía de Fiestas el material publicitario e informativo de la actividad (cartel, dípticos, folletines...) a efectos de supervisar el contenido del mismo y que efectivamente sale en el mismo el escudo del Ayuntamiento.

10. VARIACIÓN DE LAS ACTIVIDADES SUBVENCIONADAS

Las entidades subvencionadas quedan obligadas a comunicar al Ayuntamiento cualquier eventualidad que altere o dificulte el desarrollo de la actividad subvencionada, a fin de que se pueda proceder, si se consideran de suficiente importancia, a modificar tanto el contenido y la cuantía de la actividad subvencionada como la forma y los plazos de ejecución y justificación de los correspondientes gastos.

11. PAGO Y JUSTIFICACIÓN DE LOS GASTOS

11.1. El pago de la subvención se hará de forma anticipada en un 50% una vez concedida la subvención. El 50% restante será abonado después de la justificación de las cantidades totales concedidas, mediante la presentación de las facturas originales o fotocopias compulsadas, sin el perjuicio de otra documentación complementaria que pueda resultar procedente. Junto con las facturas se presentará una memoria justificativa de las actividades realizadas, con las facturas que se vinculan a las mismas y liquidación final de ingresos y gastos de cada actividad de acuerdo con el anexo V.

El plazo máximo de justificación de las actuaciones subvencionables no podrá exceder del día 1 de diciembre de 2016.

11.2. Si los gastos efectivamente realizados por la entidad beneficiaria resultan inferiores a la cantidad otorgada se procederá a reducir proporcionalmente la cuantía de la ayuda.

12. RÉGIMEN DE RECURSOS

Contra la resolución que recaiga en este procedimiento, la cual pondrá fin a la vía administrativa, se podrán interponer, alternativamente, los recursos siguientes:

- El recurso potestativo de reposición ante el órgano que dictará la resolución, en el plazo de un mes, que se ha de contar a partir del día siguiente de la notificación de esta resolución. Contra la desestimación expresa del recurso de reposición, se podrá interponer el recurso contencioso administrativo, en el plazo de dos meses, que se contarán a partir del día siguiente de la notificación de la desestimación del recurso de reposición. Contra la desestimación por silencio del recurso de reposición, se podrá interponer el recurso contencioso administrativo, en el plazo de seis meses, que se contarán a partir del día siguiente a la desestimación presunta.

- O, directamente, el recurso contencioso administrativo ante la jurisdicción contenciosa administrativa, en el plazo de dos meses, a contar a partir del día siguiente de la notificación del acuerdo.”

 

 

ANEXO I

SOLICITUD DE SUBVENCIÓN PARA LA ORGANIZACIÓN DE FIESTAS Y/O ACTIVIDADES DE CARÁCTER FOLCLÓRICO PARA LAS ASOCIACIONES Y AGRUPACIONES FOLCLÓRICAS DEL MUNICIPIO DE SANT JOSEP PARA El AÑO 2016.

Entidad/asociación/ __________________________________ con NIF/CIF: _______________ representada por: ________________________ cargo: ___________________ y dirección a efectos de notificaciones: _____________________

código postal: _______ teléfono: ____________________ fax: _______________correo electrónico: : _______________

EXPONGO:

Que enterado/da de la convocatoria pública del Ayuntamiento de Sant Josep de sa Talaia para la organización de fiestas y/o actividades de carácter folclórico para las asociaciones y agrupaciones folclóricas del municipio de Sant Josep para el año 2016, y dado que la Asociación que represento está inscrita en el Registro Municipal de Asociaciones del Ayuntamiento, de acuerdo con el que se prevé en las bases,

SOLICITO:

Una subvención económica por la cantidad d _______________________ euros

para las actividades/proyectas que se detallan a la memoria adjunta.

Así mismo, adjunto:

(   ) CIF/NIF de la entidad

(   )  DNI del representante de la entidad

(   )  Documentación que acredite que la asociación está dada de alta en el Registro de Asociaciones y Fundaciones de la Consejería de Presidencia del Gobierno de las Islas Baleares

(   )  Estatutos o reglamentos inscritos en el Registro de Asociaciones y Fundaciones de la Consejería de Presidencia del Gobierno de las Islas Baleares y adaptados a la Ley

(   )  Declaración del representante legal de la entidad de no estar inhabilitado para contratar con las administraciones públicas o para obtener la subvención, de estar facultado para actuar en nombre de la entidad y de no concurrir en la misma ninguna de las causas del artículo 13 de la Ley 38/2003 general de subvenciones

(   )  Datos bancarios para la transferencia del importe de la subvención (en caso de no haberlo presentado en otras ocasiones)

(   )  Declaración de las subvenciones obtenidas para la misma finalidad y compromiso de comunicar a la entidad local las que se obtengan en el futuro

(   ) Autorización para obtener información sobre el cumplimiento de las obligaciones tributarias

Y para que así conste, firmo la presente solicitud.

Sant Josep de sa Talaia... d..............de 2016

(Firma)

 

 

ANEXO II

DECLARACIÓN DEL REPRESENTANTE DE LA ENTIDAD SOLICITANTE PARA LA SOLICITUD DE SUBVENCIÓN PARA LA ORGANIZACIÓN DE FIESTAS Y/O ACTIVIDADES DE CARÁCTER FOLCLÓRICO PARA LAS ASOCIACIONES Y AGRUPACIONES FOLCLÓRICAS DEL MUNICIPIO DE SANT JOSEP PARA El AÑO 2016

El/la Sr/a _______________________ con DNI ____________________

con el cargo de ____________________

DECLARO:

Que la asociación que represento no está inhabilitada para contratar con las administraciones públicas ni tampoco para obtener subvenciones.

Que estoy autorizado para realizar solicitudes y tramitar subvenciones.

Que no concurre en la misma ninguna de las causas del artículo 13 de la Ley 38/2003 general de subvenciones. Entre otras:

- No encontrarse al corriente de pago de obligaciones por reintegro de subvenciones.

- No haber sido sancionado mediante resolución firme con la pérdida de la posibilidad de obtener subvenciones.

- No haber solicitado la declaración de concurso en los términos de la Ley 22/2003 concursal.

- No haber dado lugar, por causa de la que hubiesen sido declarados culpables, a la resolución firme de cualquier contrato celebrado con la Administración.

- No estar sometida la representación legal de la persona jurídica, en alguno de los supuestos de incompatibilidades, en los términos que establece la normativa reguladora.

Especialmente:

- No encontrarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias o ante la Seguridad Social.

Y para que así conste, firmo la presente declaración.

Sant Josep de sa Talaia,… de……… de 2016

(Firma)

 

ANEXO III. HOJA TRANSFERENCIA BANCARIA

(Ver al finas del documento)

 

ANEXO IV

Declaración de las subvenciones obtenidas para la misma finalidad y compromiso de comunicar a la entidad local, las que se obtengan en el futuro.

Yo...................................................................................................con DNI núm..........................................................................en representación de la entidad................................................................................. con NIF núm. ........................................................,

DECLARO:

que hasta la fecha NO he obtenido subvención de otra entidad para la misma finalidad y que, en caso de recibir alguna en el futuro, me compromete a comunicarlo a este Ayuntamiento.

Sant Josep de sa Talaia,… de………… 2016

(Firma)

 

ANEXO V

MEMORIA JUSTIFICATIVA DE LAS ACTIVIDADES REALIZADAS CON LIQUIDACIÓN DE INGRESOS Y GASTOS.

Sr./Sra................................................................................, con DNI núm. .............................representante legal de la entidad............................................................................, con CIF  núm. ..............................

COMUNICA LAS SIGUIENTES ACTIVIDADES REALIZADAS:

ACTIVIDAD 1:........................................

EXPLICACIÓN RESUMIDA DE LA ACTIVIDAD:

.........................................................................

..........................................................................

.........................................................................

RELACIÓN DE GASTOS VINCULADOS A ESTA ACTIVIDAD:

Núm. doc

Núm.

fact.

Fecha

fact.

Proveedor

Concept gasto

Motivo gasto

Base imponible

IVA

TOTAL

                                                                                                                           TOTAL COSTE:

RELACIÓN DE INGRESOS VINCULADOS A ESTA ACTIVIDAD:

CONCEPTO

TOTAL

ACTIVIDAT 2:........................................

EXPLICACIÓN RESUMIDA DE LA ACTIVITAD:

..........................................................................

.........................................................................

RELACIÓN DE GASTOS VINCULADOS A ESTA ACTIVIDAD:

Núm. doc

Núm.

fact.

Fecha

fact

Proveedor

Concepto gasto

Motivo gasto

Base imponible

IVA

TOTAL

                                                                                                                           TOTAL COSTE:

RELACIÓN   DE INGRESOS VINCULADOS A ESTA ACTIVITAD:

CONCEPTO

TOTAL

(...)                                                                                                                         

Lugar i fecha,                                                                             Lo que  CERTIFICO como secretario/aria de la entidad:

Firma del solicitante/representante legal                                Nombre, DNI i fecha................................................

 

ANEXO VI

AUTORIZACIÓN PARA OBTENER INFORMACIÓN SOBRE EL CUMPLIMIENTO DE LAS OBLIGACIONES TRIBUTARIAS

SOLICITANTE:

CIF:

REPRESENTADO POR:

NIF:

DIRECCIÓN:

POBLACIÓN:

TELÉFONO:

AUTORIZO expressament al Ayuntamiento de Sant Josep de sa Talaia para que pueda solicitar por medios telemáticos a la Agencia Estatal de la Administración Tributaria información relativa al cumplimiento de las obligaciones tributarias de la persona o entidad solicitante.

Sant Josep de sa Talaia,   de            de 2016

(firma)

Para que la transmisión de datos se pueda hacer por medios telemáticos, se tiene que presentar el consentiment expreso de la persona interessada, de acuerdo con el articulo  6.2.b de la Ley 1/2007, de 22 de junio, de acceso electrónico de los ciudadanos a los servicios públicos (BOE núm. 150, de 23 de junio)”

 Lo que se hace público para general conocimiento. 

Sant Josep de sa Talaia, 6 de abril de 2016

EL ALCALDE

Josep Marí Ribas

Documentos adjuntos