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AYUNTAMIENTO DE PALMA DE MALLORCA
Núm. 4024
Departamento de planeamiento y gestión urbanística. GCI 15/03. Decreto de Alcaldía núm. AJT 201605819 de 11.04.2016 de someter a información pública por un plazo de un mes, el proyecto de reparcelación voluntaria para la ejecución de la unidad de actuación UA-17, prevista en el Plan de Reforma Integral de la Playa de Palma
El Ayuntamiento de Palma, acordó someter a información pública por un plazo de un mes, mediante el Boletín Oficial de las Islas Baleares, el proyecto de reparcelación voluntaria para la ejecución de la unidad de actuación UA-17, prevista en el Plan de Reforma Integral de la Playa de Palma mediante el siguiente Decreto de Alcaldía núm. AJT 201605819 de 11/04/2016:
DECRETO DE ALCALDIA
El 29/06/2015 Juan Tolo Seguí Gamundí, en calidad de arquitecto redactor del proyecto de compensación de la unidad de actuación UA-17, Camí de Ca Na Gabriela, dentro del ámbito de la Playa de Palma. Se pone de manifiesto que todos los terrenos pertenecen a la misma empresa, según documentación registral aportada, con lo cual es innecesaria la constitución de Junta de Compensación. El objeto de dicha UE, de conformidad con la ficha técnica del Plan General, consiste en la creación de un vial público entre una parcela de propiedad privada de uso hotelero y una de titularidad pública de uso equipamiento deportivo.
Consta informe del Jefe de Departamento de Planeamiento y Gestión de 15/01/2016 indicando que el expediente de compensación se puede tramitar como una reparcelación voluntaria, de acuerdo con el artículo 258 del Reglamento General de la Ley 2/2014, de 25 de marzo, de ordenación y uso del suelo. La norma prescribe que, para aprobar definitivamente el proyecto se tiene que someter la propuesta de reparcelación voluntaria, que se formulará mediante escritura pública, a exposición pública y audiencia a los interesados.
El 11/03/2016 se presenta proyecto de reparcelación voluntaria para la ejecución de la unidad de actuación UA-17 prevista en el Plan de Reforma Integral de la Playa de Palma (PRI). La documentación consta de memoria y documentación gráfica. Se adjuntan notas informativas registrales de las dos parcelas afectadas.
Se ha emitido informe favorable del Servicio de valoraciones y Proyectos el 21/03/2016.
Si bien, dicha unidad de ejecución se encuentra dentro del ámbito de actuación del Plan de Reconversión Integral de la Playa de Palma, aprobado definitivamente el 27/05/2015, y a pesar de que en aplicación del artículo 3 del PRI el órgano competente para la gestión y aprobación de los proyectos de compensación es el Consorcio de la Playa de Palma, se han emitido los informes oportunos siguiendo el mismo criterio en otros expedientes parecidos, de acuerdo con las instrucciones del Jefe de Departamento de Planeamiento y Gestión Urbanística.
Por lo tanto, se considera que se puede someter la propuesta de reparcelación voluntaria a información pública sin necesidad de aprobación inicial, de acuerdo con el artículo 258.2 del Reglamento General de la Ley 2/2014, de 25 de marzo, de ordenación y uso del suelo, en los términos que prevé la letra b) del apartado 5 del artículo 213 de este Reglamento.
No obstante, antes de la aprobación definitiva, se tendrá que protocolarizar ante notario la propuesta de reparcelación voluntaria.
Vistos los artículos 41.27, 172 y 175 del Reglamento de organización, funcionamiento y régimen jurídico de las entidades locales; el 127.1g de la Ley 7/85, de 2 de abril, reguladora de las bases de régimen local, modificada por la Ley 57/03, de 16 de diciembre, de medidas para la modernización del gobierno local; el 18 del Reglamento orgánico del gobierno y de la administración del Ayuntamiento de Palma; y el acuerdo de Junta de Gobierno de fecha 21/12/2011, de delegación de competencias en los regidores con responsabilidad de gobierno, modificado por acuerdo de la Junta de Gobierno de 1/02/2012, y Decreto 954, de 27/01/2014, de organización de los servicios administrativos al Ayuntamiento, el TAG jefe de sección que subscribe propone que El Teniente de Alcalde del Area Modelo de Ciutad, Urbanismo y Vivienda Digna dicte el siguiente
DECRETO
Someter a información pública por un plazo de un mes, mediante el Boletín Oficial de las Islas Baleares, el proyecto de reparcelación voluntaria para la ejecución de la unidad de actuación UA-17, prevista en el Plan de Reforma Integral de la Playa de Palma, presentado por Juan Tolo Seguí Gamundí, en calidad de arquitecto redactor del proyecto, visto el informe favorable emitido el 21/03/2016 por el Servicio de valoraciones y Proyectos, de conformidad con el que dispone el artículo 258.2 del Reglamento General de la Ley 2/2014, de 25 de marzo, de ordenación y uso del suelo, de las Islas Baleares. Así mismo se tendrá que publicar en la dirección o en el punto de acceso electrónico correspondiente, donde se insertará su contenido íntegro.
En cumplimiento del artículo 213.5 del Reglamento general de la Ley 2/2014, de 25 de marzo, de ordenación y uso del suelo, para la Isla de Mallorca (BOIB 66 DE 30-04-15), se publica juntamente con la documentación técnica aprobada que pueden consultar en la Sección de Información Urbanística del Area de Modelo de Ciudad, Urbanismo y Vivienda Digna (Av. Gabriel Alomar, núm 18, bxos, Edificio Municipal de las Avenidas) i/o en la sede electrónica en la dirección http://urbanisme.palmademallorca.es/IMI/URBANISME/PRD/Planejament_urbanistic_pdf/Images%20Arxiu/GCI-Compensacions/GCI-201500030000/GCI-20150003_PORTADA.pdf
Palma, 11/04/2016
EL CAP DE DEPARTAMENT
p.d. Decret de Batlia núm 10434, de 8 de juny de 2012
publicat al BOIB 85 de 14-06-2012
Jaume Horrach Font