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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección IV. Procedimientos judiciales

JUZGADOS DE EIVISSA

JUZGADO DE 1A. INSTANCIA NÚM. 3 DE EIVISSA

Núm. 18260
Juicio verbal 460/2015 sobre otras materias

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Texto

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

En el procedimiento de referencia se ha dictado la resolución del tenor literal siguiente:

SENTENCIA: 00281/2015

En Ibiza a dieciocho de noviembre de dos mil quince.

Vistos por mí SERGIO GONZÁLEZ MALABIA, Magistrado Juez del Juzgado de Primera Instancia numero Tres de Ibiza, los presentes autos de Juicio Verbal 460/2.015, sobre reclamación de cantidad, seguidos a instancias de NORTHGATE ESPAÑA RENTING FLEXIBLE, SA, representada por el Procurador de los Tribunales Sra. Navarro Marí con asistencia Letrada a cargo de la Sra. Alicia Alcolea Rodríguez, contra GENERALI ESPAÑA, SA, representada por el Procurador de los Tribunales Sra. Roig Domínguez con asistencia Letrada a cargo del Sr. Pedro Antonio Coll Pons, y contra JOAQUIN PALOS IGLESIAS, declarado en situación procesal de rebeldía, vengo a resolver sobre la base de los siguientes:

FALLO

ESTIMO parcialmente la demanda interpuesta por el Procurador de los Tribunales Sra. Navarro Marí en nombre y representación de NORTHGATE ESPAÑA RENTING FLEXIBLE, SA, contra JOAQUIN PALOS IGLESIAS, y la DESESTIMO contra GENERALI ESPAÑA, SA y, en consecuencia, CONDENO a JOAQUIN PALOS IGLESIAS a abonar a la actora la cantidad de CUATROCIENTOS CUARENTA Y NUEVE EUROS (449 euros), más los intereses legales correspondientes, con condena en costas a la parte actora respecto de las ocasionadas a la codemandada GENERALI ESPAÑA, SA, sin imposición de costas a la parte codemandada condenada respecto de las ocasionadas a la parte actora.

Notifíquese la presente sentencia a las partes, contra la que no cabe formular recurso de apelación, conforme a lo previsto por el artículo 455 LEC.

Así por esta mi Sentencia lo pronuncio, mando y firmo.

Y como consecuencia del ignorado paradero de JOAQUIN PALOS IGLESIAS, se extiende la presente para que sirva de cédula de notificación.

En IBIZA/EIVISSA, a diez de Diciembre de dos mil quince.

LA SECRETARIA JUDICIAL