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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección II. Autoridades y personal

Subsección segunda. Oposiciones y concursos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

SERVICIO DE SALUD DE LAS ILLES BALEARS

Núm. 3919
Resolución de la directora gerente del Hospital Comarcal de Inca por la que se convoca, por el procedimiento de libre designación, el puesto de Supervisor / a de Unidad de Rehabilitación del Hospital Comarcal de Inca

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Texto

De conformidad con el Real Decreto Ley 1/1999, de 8 de enero, sobre selección de personal estatutario y provisión de plazas en las Instituciones Sanitarias de la Seguridad Social; con la Resolución de 16 de noviembre de 2001 de la Dirección General del INSALUD, sobre provisión de puestos de supervisión de área funcional o de unidad y de acuerdo con la resolución de la consejera de Salud de 13 de enero de 2016, de delegación de competencias en materia de personal estatutario en los órganos del Servicio de Salud de las Islas Baleares (BOIB núm. 10 de 01/21/2016), dicto la siguiente,

Resolución,

Acordar la convocatoria pública de un puesto de Supervisor / a de Unidad de Rehabilitación del Hospital Comarcal de Inca de acuerdo con las siguientes especificaciones:

1) Lugar objeto de la convocatoria

La denominación de puesto a cubrir es: Supervisor / a de la Unidad de Rehabilitación, y tendrá las responsabilidades previstas en el artículo 26 del Real Decreto 521/1987, de 15 de abril.

2) Requisitos

Tener la condición de personal estatutario fijo sanitario, correspondientes al subgrupo A2, y estar en las situaciones de servicio activo en centros e Instituciones sanitarias de los Servicios de Salud o en centros y servicios sanitarios de la Administración General del Estado. Este requisito se debe cumplir en la fecha de publicación de la convocatoria.

3) Características del puesto convocado

El régimen jurídico del puesto objeto de la convocatoria es el establecido en el Estatuto Marco del personal estatutario de los Servicios de Salud, aprobado por la Ley 55/2003, de 16 de diciembre, y demás disposiciones aplicables.

4) Solicitud.

La solicitud para participar en el proceso selectivo debe presentarse en el plazo de veinte días naturales contados a partir del día siguiente de la fecha de publicación de esta resolución de convocatoria en los tablones de anuncios, en la página web del hospital de Inca (sector tramontana) y en el BOIB, dirigida al órgano convocante, y se formalizará en el registro de la gerencia o por medio de alguna de las vías que establece el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común.

5) Documentación a aportar con la solicitud.

Los aspirantes deben presentar con la solicitud la documentación que se relaciona a continuación:

a) Documento nacional de identidad o N.I.E.

b) Nombramiento estatutario fijo de la categoría que se exige en la convocatoria.

c) Currículum vitae.

d) Proyecto de gestión de la Unidad

La acreditación de los méritos debe efectuarse mediante documentación original o fotocopia compulsada.

 

6) Nombramientos.

La persona designada obtendrá un nombramiento para ocupar la supervisión convocada. La situación de quien resulte nombrado será la siguiente:

a) Si tiene la plaza estatutaria Fija el mismo centro, seguirá ocupando la plaza como personal estatutario fijo de su categoría en el propio centro.

b) Si tiene la plaza estatutaria fija en otro centro del IbSalut, podrá pasar a ocupar el lugar previa comisión de servicios en una plaza de su categoría en el centro de destino. La plaza del centro de origen le será reservada y podrá ser sustituida.

c) Si tiene la plaza estatutaria fija en otro servicio de salud o administración sanitaria, podrá pasar a ocupar el lugar previa comisión de servicios en una plaza de su categoría en el centro de destino, con la conformidad expresa de la Administración de origen, quedando en la misma en la situación administrativa que corresponda.

Interposición de recurso

Contra esta resolución que agota la vía administrativa, podrá interponerse recurso potestativo de reposición en el plazo de un mes, ante el órgano que lo dicta, de acuerdo con los artículos 116 y 117 de la ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y procedimiento administrativo común, en relación con el artículo 57 de la ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares.

También si puede interponer directamente recurso contencioso administrativo ante el Juzgado Contencioso Administrativo, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de su notificación, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 8 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contenciosa administrativa, en relación con el artículo 46 de la misma ley. Todo ello, sin perjuicio de cualquier otro recurso que se estime procedente interponer para mejor defensa de sus intereses.

 

Inca, 21 de marzo de 2016

La directora gerente del Hospital Comarcal de Inca
(BOIB núm.148/2015 i 10/2016)
Soledad Gallardo Bonet