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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

AYUNTAMIENTO DE EIVISSA

Núm. 3899
Bases subvenciones del Patronato Municipal de Deportes para el año 2016

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

Extracto de la resolución del día 29 de marzo de 2016 de la Junta Rectora del Patronato Municipal de Deportes del Ayuntamiento de Eivissa, por la que se convocan subvenciones en materia de deportes para el año 2016.

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3 e)  de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/inex):

Primero.  Beneficiarios

Las personas físicas, jurídicas, públicas o privadas y sin ánimo de lucro, ya sean entidades deportivas, grupos asociativos deportivos u organismos deportivos legalmente constituidos y inscritos en el Registro Municipal de Asociaciones vecinales del Ayuntamiento de Eivissa con anterioridad a la finalización del plazo de presentación de instancias y que cumplen los requisitos de estas bases.

Segundo. Objeto

El objeto de estas bases específicas es  la regulación de la convocatoria pública municipal para la concesión de subvenciones en materia de deportes para el año 2016, orientada a los clubes, entidades deportivas y APIMA de deportes, para el fomento del deporte y de la actividad física en el municipio de Eivissa, dirigido a entidades sin ánimo de lucro.

2. Los clubs o entidades solicitantes deberán cumplir los siguientes requisitos:

a.- El mantenimiento ordinario de los equipos de los clubes , entidades deportivas y APIMA de deportes. Entidades  con deportes colectivos y individuales (de categoría benjamín hasta senior). Puntuación máxima 60 puntos.

b.- Los clubes que presenten la titulación federativa homologada de todos sus técnicos y entrenadores recibirán 2,5 puntos por técnico acreditado. Puntuación máxima 30 puntos.

c.- Por desplazamientos a competiciones federadas, autonómicas, nacionales o internacionales. Por desplazamientos no subvencionados por otras instituciones y por gastos de desplazamientos con autocar, vehículos, estancias y restaurantes, en competiciones federadas autonómicas, nacionales o internacionales (de categoría benjamín hasta senior). Puntuación máxima: 50 puntos

d.- Para clubes o entidades deportivas que estén integradas por al menos un 25% de deportistas y técnicos femeninas recibirán: 10 puntos. 

Tercero.  Bases reguladoras

BASES REGULADORAS DE LA CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES DEL PATRONATO MUNICIPAL DE DEPORTES AÑO 2016. EL OBJETO DE ESTAS BASES ESPECÍFICAS ES  LA REGULACIÓN DE LA CONVOCATORIA PÚBLICA MUNICIPAL PARA LA CONCESIÓN DE SUBVENCIONES EN MATERIA DE DEPORTES PARA EL AÑO 2016, ORIENTADA A LOS CLUBES, ENTIDADES DEPORTIVAS Y APIMA DE DEPORTES, PARA EL FOMENTO DEL DEPORTE Y DE LA ACTIVIDAD FÍSICA EN EL MUNICIPIO DE EIVISSA, DIRIGIDO A ENTIDADES SIN ÁNIMO DE LUCRO.

Publicadas en página Web municipal (http://www.eivissa.es) y sede electrónica (https://eivissa.sedelectronica.es)

Cuarto. Importe

El importe global del crédito disponible para distribuir entre las entidades beneficiarias de la subvención se determina sobre la base de la asignación, que a los presupuestos del Patronato Municipal de Deportes es la que contempla la presente convocatoria dentro de la aplicación presupuestaria 340 00 48900 ayudas a clubes deportivos con un total de 70.000 € (setenta mil euros) de subvención al ejercicio 2016.

La cuantía de la subvención se determinará de acuerdo a los siguientes criterios:

a) El importe máximo que podrá recibir un club o entidad será de 3.000,00€.

b) Ningún subvención podrá superar, en todo caso, el porcentaje máximo del 100% del gasto subvencionable.

Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.

El plazo de presentación de solicitudes será de 20 días naturales, contados a partir del día siguiente al de la publicación de la presente convocatoria en el BOIB. El plazo de presentación de solicitudes será improrrogable.

  

Eivissa 8 de abril de 2016

EL CONCEJAL DELEGADO
Agustin Perea Montiel