Sección IV. Procedimientos judiciales
JUZGADOS DE PALMA DE MALLORCA
JUZGADO DE LO SOCIAL NÚM.2 DE PALMA DE MALLORCA
Núm. 3306
Procedimiento Ordinario 1370/2014
D/Dª MARIA ADELAIDA GARCIA GARCIA, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Social nº 002 de PALMA DE MALLORCA, HAGO SABER:
Que en el PROCEDIMIENTO ORDINARIO 0001370/2014 de este Juzgado de lo Social, seguidos a instancia de D/Dª GUILLERMO MOREY CALDENTEY contra la empresa ESPECIAL SON SL, FELIX BARRAGAN RUIZ , DOMINGO BARRAGAN RUIZ , sobre ORDINARIO, se ha dictado la siguiente resolución, cuya parte dispositiva se adjunta:
ESTIMO PARCIALMENTE la demanda interpuesta por la letrada María Beltrán en nombre y representación de GUILLERMO MOREY CALDENTEY, y por ello:
1º) CONDENO a la demandada SPECIAL SON SL a abonar a la parte actora la cantidad de 3.851,61 euros por los conceptos indicados en el Hecho Probado Segundo, los cuales devengarán los intereses del Art. 576 de la LEC desde la fecha de esta sentencia.
2º) ABSUELVO a FÉLIX BARRAGÁN RUIZ y DOMINGO BARRAGÁN RUIZ de las reclamaciones contra ellos formuladas.
Notifíquese esta resolución a las partes en la forma que previene la Ley, haciéndoles saber que contra la misma cabe interponer Recurso de Suplicación ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de las Islas Baleares, anunciándolo ante este Juzgado por comparecencia o por escrito en el plazo de los cinco días hábiles siguientes a la notificación del presente fallo, siendo indispensable que al tiempo de anunciarlo acredite la parte que no ostente el carácter de trabajador y no goce del beneficio de justicia gratuita, haber consignado el importe íntegro de la condena en el banco BANESTO, en la cuenta de este Juzgado o presentar aval solidario de Entidad Financiera por el mismo importe. Asimismo deberá constituir otro depósito por importe de 300 € en el referido banco, presentando el resguardo correspondiente a este último depósito en la Secretaria del Juzgado al tiempo de interponer el Recurso y el del primer depósito al momento de anunciarlo, sin cuyos requisitos no podrá ser admitido.
De no anunciarse el recurso contra la presente, firme que sea, procédase al archivo de las actuaciones, previa baja en el libro correspondiente.
Y para que sirva de notificación en legal forma a ESPECIAL SON SL, FELIX BARRAGAN RUIZ, DOMINGO BARRAGAN RUIZ, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Provincia de les Illes Balears.
Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la Oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.
En PALMA DE MALLORCA, a diecisiete de Marzo de dos mil dieciséis.
EL/LA LETRADO DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA